REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Violencia Contra la Mujer en Función de Control, Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui- Barcelona

Barcelona, 19 de Mayo de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2009-000335
ASUNTO : BP01-S-2009-000335

Visto el escrito presentado por el Ciudadano LUIS RAFAEL ESCOBAR UGAS, en su condición de imputado, titular de la cédula de identidad Nº 10.378.356, mediante el cual solicita a este Tribunal, se acuerde a su favor las presentaciones ante este Despacho cada CUARENTA Y CINCO (45) días, en lugar de cada Siete (07) días como se le impuso previamente. Esto en virtud de presentar constancia de trabajo, alegando con ello que se le dificulta cumplir con el régimen impuesto en virtud de ser funcionario publico y como Presidente de la Fundación para las Garantías, Prevención y Defensa de la Violación de los Derechos Humanos, se ve en la imperiosa necesidad de viajar constantemente a la Ciudad de Caracas, por lo que con el régimen impuesto causa un perjuicio a su persona.
Considerando lo precitado, este Tribunal Segundo de Control, Audiencia y Medidas en Materia de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, declara CON LUGAR la solicitud de revisión de periodicidad de la medida cautelar de presentación que viene cumpliendo, en razón de las labores alegadas, razón por la cual deberá presentarse cada CUARENTA Y CINCO (45) días. Notifíquese. Cúmplase.

El Juez


Dr. GUSTAVO ADOLFO SANTELIZ FURZÁN

La Secretaria



Abog. YULIMAR JIMENEZ