REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 4 de noviembre de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2009-006468
ASUNTO : BP01-P-2009-006468
Visto el escrito presentado por el Abogado JOSE LUIS AZUAJE, actuando en su condición de Fiscal Décimo Noveno del Ministerio Público de este Estado, mediante el cual solicita sea DECRETADA ORDEN DE APREHENSION, al ciudadano: FRANKLIN RAFAEL MILLAN, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14-617.107, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO, POR HABERLO COMETIDO POR MOTIVOS INNOBLES EN GRADO DE AUTOR MATERIAL, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1ero del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de TEGUEZ PEÑA DEIVI, HOMICIDIO CALIFICADO, POR HABERLO COMETIDO POR MOTIVOS INNOBLES EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1ero, en relación con el artículo 83, ambos del Código Penal, en perjuicio de NELSON MAITA MATA MARTINEZ y FELIX CELESTINO ROMERO GUAIPO, USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 281 del Código Penal y SIMULACION DE HECHO PUNIBLE, previsto y sancionado en el articulo 239 del Código Penal, en consecuencia, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, por encontrarse de guardia, a los fines de decidir sobre dicha solicitud observa:
LOS HECHOS
“….El día 30 de Julio de 2004, siendo las 5:15 horas de la tarde, los funcionarios; Cabo 1ero PETRA RAMONA ORTIZ YAGUARACUTO, se encontraba en compañía de los funcionarios; Cabo 2do DOMINGO GÓMEZ, y Agente FRANKLIN MILLÁN, todos funcionarios activos de la Policía del Estado Anzoátegui, adscritos a la Zona N° 01 ubicada en Guamachito, a bordo de la Unidad N° P-183, efectuando labores patrullaje por la Carretera Sur de Mesones-Cruz Verde, Barcelona y cuando se desplazaban a la altura del aserradero del Sector Cruz Verde, cuando observan a NELSON MAITA MATA MARTÍNEZ, quien se encontraba en compañía de; TEGUEZ PEÑA DEIVI, y FÉLIX CELESTINO ROMERO GUAIPO, ampliamente identificados en autos, quienes se encontraban reunido en ese sector donde vivían, sin embargo, los funcionarios sin ningún motivo para la marcha de éstos y los conminan a montarse en la Unidad Radio Patrullera UP-183, llevándoselos a la calle Principal de Mesones, cerca de la Camburera, sacaron a las victimas de la Unidad y los introducen en el referido galpón, una vez en ese sitio los funcionarios proceden a esgrimir sus armas de reglamento y la accionan en contra de la humanidad de los muchachos objeto de la acción policial, ocasionándoles a; DEIVI TEGUES PEÑA, una herida en forma circular región pectoral izquierda y una herida circular en la región hemitorax, una herida en forma circular en el hipocondrio derecho, una herida en el antebrazo izquierdo, una herida de forma circular en la región infraescapular izquierdo, una herida de forma circular en la región izquierdo y dorsal derecho, a la victima; NELSON ANTONIO MATA MARTÍNEZ, le ocasionan una herida de forma circular en la región pectoral derecho, una herida en el epigástrico cara exterior y una herida en escapular izquierdo, una herida cara posterior axilar y cara exterior, y una herida escapular derecha, y al ciudadanos; FÉLIX CELESTINO ROMERO GUAIPO, le producen heridas en la región acronial izquierda, uno en la región cara anterior, una herida en el pectoral derecho, una herida en la región axilar posterior derecha una herida en la región ínter escapular izquierda y supra escapular cara posterior. Posteriormente a estos hechos proceden los cuestionados funcionarios policiales, a pedir refuerzo policial a fin de llevar a las victimas al Hospital Luís Razetti de Barcelona, no sin antes salir uno de ellos y para tratar de intimidar a los testigos del suceso sale disparando al aire su arma de reglamento para dispensar a dicho moradores. Una vez culminada estas acciones se retiran al Comando Policial de la Zona N° 01 ubicado en Guamachito, sonde redactan y suscriben un acta policial, simulando un enfrentamiento armando con las victimas.
Ahora bien, de los elementos de convicción, correspondientes a las diligencias de investigación practicadas por el órgano policial con relación al presente caso, se aprecia lo siguiente:
TRANSCRIPCIÓN DE NOVEDAD: de fecha 30 de Julio de 2004, de la Subdelegación Barcelona del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas; mediante la cual el Jefe de Guardia de ese Delegación deja constancia al numeral 54, siendo las 18:10 horas, se recibe llamada telefónica del Centralista de Guardia de la Policía del Estado, informando que el sector del Barrio Cruz Verde de esta Ciudad, funcionarios de ese Despacho sostuvieron un enfrentamiento armado con tres personas aun por identificar, quienes resultaron heridos, desconociéndose más datos al respecto.-
ORDEN DE INICIO A LA INVESTIGACIÓN, de fecha 31/07/2004, dictado por la Fiscalía Segunda del Ministerio Publico, de conformidad con lo previsto en los artículo 283 y 300 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación a los hechos suscitado en el sector del Barrio Cruz Verde de esta Ciudad, funcionarios de ese Despacho sostuvieron un enfrentamiento armado con tres personas aun por identificar.-
COMUNICACIÓN 2065, de fecha 01/07/2004, para la Fiscalía Decima Novena del Ministerio Publico, emanado de la Zona Policial Nº 01 adscrita a la Policía del Estado Anzoátegui, la cual se transcribe parcialmente a continuación; “….Tengo el agrado de dirigirme a Usted, en "la oportunidad de notificarle de conformidad con lo establecido en el Articulo 27 de la Ley de los Órganos de Investigaciones Científicas, y Criminalisticas, que con fecha 30/07/2.004, funcionarios adscritos al Distrito 17 de esta Zona Policial sostuvieron un intercambio de disparos con tres sujetos desconocidos en una construcción abandonada de la antigua Granja de la empresa PACA, Sector Cruz Verde, Barcelona, en el cual uno de los sujetos resultó herido cayendo al suelo en la habitación que está ubicada a la entrada de la construcción y cerca de él quedo el arma de fuego que utilizo contra la comisión Policial, Los otros dos sujetos corrieron hacia diferentes habitaciones de la construcción a la cual con la cautela del caso los funcionarios penetraron pero fueron recibidos a tiros suscitándose un nuevo intercambio de disparos en el cual resultaron heridos los dos sujetos quienes cayeron al suelo y cerca de ellos quedaron las armas de fuego con las cuales atacaron a la comisión Policial, luego se le prestaron los primeros auxilios a los heridos, pero uno de los sujetos que se había ocultado en una de las habitaciones ya no presentaba signos vitales; por lo cual solo dos de los heridos fueron" trasladados al Hospital Dr. Luís Razetti de esta ciudad en la unidad P-150. al mando del SARGENTO/MAYOR, DOMINGO BAZAN. Cuando los heridos ingresaron al Hospital Dr. Luís Razetti solo uno de ellos pudo ser identificado corno: DEIBI TEQUEZ, de 18 años de edad, indocumentado, de residencia desconocida y el otro se encontraba totalmente indocumentado; ambos fallecieron minutos después de su ingreso a consecuencia de haber presentado según diagnostico médico el primero arriba mencionado- «CUATRO (04) HERIDAS POR ARMA DE FUEGO DISTRIBUIDAS DE LA SIGUIENTE MANERA: DOS (02) EN HEMITORAX DERECHO CON SALIDA, UNA {01} EN HIPOGASTRIO IZQUIERDO CON SALIDA Y UNA (01) EN CARA POSTERIOR DEL ANTEBRAZO IZQUIERDO CON SALIDA" y el segundo presentó según diagnostico médico: "CINCO (05) HERIDAS POR ARMA DE FUEGO DISTRIBUIDA DE LA SIGUIENTE MANERA UNA (01) EN TÓRAX DERECHO SIN SALIDA, (01) EN TÓRAX LATERAL DERECHO SIN SALIDA, UNA (01) EN HIPOCONDRIO IZQUIERDO, UNA (01) EN LÍNEA AXILAR IZQUIERDA Y UNA (01) EN LÍNEA AXILAR DERECHA"'. En el sitio del suceso se presentó comisión del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Sub Delegación Barcelona, en la unidad Furgoneta P-054, al mando del INSPECTOR JEFE. FRANKLIN MORALES, quien procedió al levantamiento del cadáver del tercer sujeto y colecto las siguientes evidencias: "EN EL SITIO DONDE CAYO EL PRIMER SUJETO HERIDO FUE COLECTADA UN DE FUEGO, SMITH WESSON 38 M.M., CAÑÓN LARGO CON LOS SERIALES LIMADOS CONTENTIVO EN SU TAMBOR DE SEIS (06)….”.-
ACTA POLICIAL, de fecha 30/07/2004, emanada de la Zona Policial Nº 01, en fecha 30 de julio de 2004, relacionada con los hecho que se investigan y la cual se transcribe a continuación; “….CON ESTA MISMA FECHA Y SIENDO LAS 08:00 HORAS DE LA NOCHE, YO: CABO/10 (IAPANZ)PETRA ORTIZ, ADSCRITA AL DISTRITO N° 17 DE LA ZONA POLICIAL N° 01, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 112 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL Y EL ARTICULO 14 DE LA LEY DE ÓRGANOS DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALISTICA, DEJO CONSTANCIA DE LA SIGUIENTE DILIGENCIA POLICIAL EFECTUADA EN LA PRESENTE AVERIGUACIÓN Y EN CONSECUENCIA EXPONGO: Con esta misma fecha y siendo aproximadamente las 05:15 horas de la tarde, me encontraba en la unidad P-183 en compañía del Cabo/2º DOMINGO GÓMEZ y el Agente. FRANKLIN MILLAN efectuando labores patrullaje por la Carretera Sur de Mesones-Cruz Verde, Barcelona y cuando nos desplazábamos a la altura del aserradero del Sector Cruz Verde observamos a tres sujetos que portando armas de fuego intentaban interceptar una unidad de transporte público la cual no se detuvo y prosiguió su marcha; por tal motivo aceleramos la marcha y cuando nos encontrábamos a escasos metros de los sujetos les dimos la voz de alto pero estos al darse cuenta de la presencia policial hicieron caso omiso a la advertencia efectuando varios disparos y corrían hacia una construcción abandonada de la antigua Granja de la empresa PACA dándose a la fuga; inmediatamente efectúe llamada de radio a la central de la Zona Policial N° 01 solicitando apoyo de otras unidades en el lugar y abandonamos la unidad e iniciamos la persecución a pie de los sujetos quienes se apertrecharon en el interior de la construcción efectuándonos nuevos disparos motivo por el cual nos vimos en el estado de necesidad de hacer uso de nuestras armas de reglamento para repeler el ataque y proteger nuestras vidas e integridad física de conformidad con lo establecido en el Ordinal 2° del Artículo 117 del Código Orgánico Procesal Penal, suscitándose un intercambio de disparos en el cual uno de los sujetos resultó herido cayendo al suelo en la habitación que está ubicada a la entrada de la construcción y cerca de él quedó el arma de fuego que utilizó para atacarnos. Los otros dos sujetos corrieron hacia diferentes habitaciones de la construcción a la cual con la cautela del caso penetramos pero fuimos recibidos a tiros suscitándose un nuevo intercambio de disparos en el cual resultaron heridos los dos sujetos quienes cayeron al suelo y cerca de ellos quedaron las armas de fuego con las cuales nos atacaron; en ese mismo instante se presentó en el lugar en apoyo la unidad P-150 al mando del Sargento/Mayor, DOMINGO BAZAN y con la urgencia del caso procedimos a prestarle los primeros auxilios a los heridos, pero uno de los sujetos que se había ocultado en una de las habitaciones ya no presentaba signos vitales; por lo cual solo dos de los heridos fueron trasladados al Hospital Dr. Luís Razetti de esta ciudad en la Unidad P-150 al mando del Sargento/Mayor, DOMINGO BAZAN; mientras en resguardo del sitio del suceso quede yo con la unidad P-183 de conformidad con lo establecido en los Ordinales 1° y 2° del Artículo 15 de la Ley de Los Órganos de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas.
Cuando los heridos ingresaron al Hospital Dr. Luís Razetti solo uno de ellos pudo ser identificado como DEIBI TEQUEZ, de 18 años de edad, indocumentado, de residencia desconocida y el otro se encontraba totalmente indocumentado; ambos fallecieron minutos después de su ingreso a consecuencia de haber presentado según diagnostico medico el primero arriba mencionado Cuatro(04)HERIDAS POR ARMA DE FUEGO DE LA SIGUIENTE MANERA: DOS(02)EN HEMITORAX DERECHO CON SALIDA, (01) EN HIPOGASTRIO IZQUIERDO CON SALIDA Y UNA (01) EN CARA POSTERIOR DEL ANTEBRAZO IZQUIERDO CON SALIDA" y el segundo que vestía pantalón, tipo bermuda de color negro, franelilla de color rojo y zapatos de color marrón presentó según diagnostico medico CINCO HERIDAS POR ARMA DE FUEGO DE LA SIGUIENTE MANERA: (01) EN TÓRAX DERECHO SIN SALIDA, UNA (01) EN TÓRAX LATERAL DERECHO SIN SALIDA, UNA(01)EN HIPOCONDRIO IZQUIERDO, UNA(01) EN LÍNEA AXILAR IZQUIERDA Y UNA(01)EN LÍNEA AXILAR DERECHA.
En el sitio del suceso se presentó comisión del Cuerpo dé Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub/Delegación Barcelona en la unidad Furgoneta P-054 al mando del Inspector/Jefe, FRANKLIN MORALES; quien procedió al levantamiento del cadáver del tercer sujeto y colecto las siguientes evidencias: "EN EL SITIO DONDE CAYO EL PRIMER SUJETO HERIDO FUE COLECTADA UN ARMA DE FUEGO. MARCA SMITH AND WESSON, TIPO REVOLVER, 38M.M, CAÑÓN LARGO, CON LOS SERIALES LIMADOS CONTENTIVO EN SU TABOR DE SEIS (06) BALAS ENTRE LAS CUALES HAY CUATRO (04) PERCUTIDAS Y DOS SIN PERCUTIR". “EN EL SITIO DONDE CAYO HERIDO EL SEGUNDO DE LOS SUJETOS FUE COLECTADA UN ARMA DE FUEGO, MARCA CANAIMA, TIPO ESCOPETA DE VIGILANCIA (RECORTADA), 12, CON UN CARTUCHO DEL MISMO CALIBRE PERCUTIDO” Y EN EL SITIO DONDE QUEDÓ EL CADÁVER DEL TERCER SUJETO FUE COLECTADA UN ARMA DE FUEGO, MARCA SMITH AND WESSON, TIPO 38 M.M, CAÑÓN LARGO, CON LOS SERIALES LIMADOS CONTENTIVO EN SU TAMBOR DE (06) ENTRE LAS CUALES HAY CUATRO (04) PERCUTIDAS Y DOS (02) SIN PERCUTIR". Seguidamente la comisión del Cuerpo de Investigaciones traslado el cadáver del tercer sujeto a la Morgue del Hospital Dr. Luís Razetti donde fue identificado como NELSON ANTONIO MARTÍNEZ MATA, de 18 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 19.457.933, de residencia desconocida, quien falleció a consecuencia de haber presentado según diagnostico medico “CUATRO (04)HERIDAS POR ARMA DE FUEGO DISTRIBUIDAS DE LA SIGUIENTE MANERA: DOS (02) EN LA REGIÓN CLAVICULAR IZQUIERDA SIN SALIDA Y DOS (02) EN EL HEMITORAX DERECHO CON SALIDA EN LA REGIÓN ESCAPULAR DERECHA". Las evidencias colectadas fueron trasladadas a la sede de dicho Cuerpo de Investigaciones.
Asimismo en la morgue del Hospital Dr. Luís Razetti se presentó el Sargento/10.PEDRO MIGUEL CAMPOS, adscrito a la Zona Policial N° 01 de este Instituto; quien señalo a dos de los occisos como los mismos que el día 28 del presente mes y año en curso irrumpieron en el Ambulatorio Asistencial HEVIA RUIZ ubicado en el Barrio Mesones de Barcelona, en el cual se encontraba de servicio y bajo amenaza de muerte con armas de fuego lo despojaron de su arma de reglamento la cual es "MARCA SMITH AND WESSON, TIPO 38 M.M, DE CACHA 8D22862, SERIAL DE TAMBOR 22078", La cual actualmente se encuentra solicitada por el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub/Delegación Barcelona, EXPEDIENTE N°: G-727.630. Según el señalamiento hecho por el mencionado funcionario se presume que una de las armas de fuego, tipo revólver colectada en el sitio del suceso sea la misma arriba mencionada y que igualmente la otra tipo revólver también pertenezca a esta institución. Es todo lo que tengo que exponer al respecto, "TERMINO, SE LEYÓ Y CONFORMES FIRMAN".-
ACTA DE NACIMIENTO del ciudadano; DEIBIS TEQUES PEÑA, expedida por la Prefectura del Municipio Urbano General Rafael Urdaneta Municipio Valencia, Estado Carabobo, mediante la cual se deja constancia de la inscripciones en los Libros de Nacimiento, del referido ciudadano, realizado por sus padres; CELESTINO TEQUES, y su esposa DOLORES PEÑA, y donde declaran que su hijo nació el día 21 de febrero de 1998.-
ACTA DE DEFUNCIÓN, de fecha 06 de Agosto de 2004, emanada de la Prefectura de la Parroquia San Cristóbal, mediante la cual dejan constancia de la inscripción en los Libros de Registro de Defunciones de la muerte de; DEIBIS TEQUES PEÑA, de 16 años de edad, soltero, minero, y titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.765.798, natural de Valencia Estado Carabobo, donde nació el día 21/02/1988.-
ACTA DE NACIMIENTO del ciudadano; NELSON ANTONIO MATA MARTÍNEZ, expedida por la Prefectura del Municipio El Carmen ahora Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, mediante la cual se deja constancia de la inscripciones en los Libros de Nacimiento, del referido ciudadano, realizado por sus padres; NELSON ANTONIO MATA MARCANO, y su esposa ZORAIDA DEL VALLE MARTÍNEZ, y donde declaran que su hijo nació el día 24/12/1985.-
ACTA DE DEFUNCIÓN, de fecha 06 de Agosto de 2004, emanada de la Prefectura del Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, mediante la cual dejan constancia de la inscripción en los Libros de Registro de Defunciones de la muerte de; NELSON ANTONIO MATA MARTÍNEZ, de 18 años de edad, soltero, obrero, y titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.457.933, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el día 24/12/1985.-
ACTA DE ENTREVISTA, tomada en fecha 09/08/2004, en el Despacho de la Fiscalía 19º del Ministerio Publico, al ciudadano; PLANCHART JOSÉ GREGORIO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.263.795, la cual se transcribe a continuación; “….En esta misma fecha, siendo la 2:20 de la tarde, compareció por ante este Despacho de manera espontánea el ciudadano PLANCHART JOSÉ GREGORIO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.263.795, de estado civil Soltero, nacido el 04-12-70, de 35 años de edad, natural de Barcelona Estado Anzoátegui, hijo de Tobías Balces (v), y de María Alejandrina Planchart (v), residenciado Calle 6 Barrio el Viñedo de; Barcelona Casa S/N, frente a la casilla Policial Estado Anzoátegui, Teléfono: no tiene, los fines de ser entrevistado con relación a la presente causa, y libre de toda coacción y apremio manifestó no tener ningún inconveniente en rendir entrevista ante esta, Representación Fiscal, al efecto expone: "Yo venía del trabajo como a un cuarto para las cuatro de la tarde del día viernes cuando veo que a FÉLIX DEIBY y otro muchacho que no le sé el nombre pero que se que vivía por la calle 9 del mismo sector el Viñedo, vi cuando los montaron en la Patrulla estaban vivos y no estaban ni golpeados, eso fue todo lo que vi. Es Todo SEGUIDAMENTE ES INTERROGADO DE LA SIGUIENTE MANERA: ¿Diga Usted, lugar hora y fecha de los hechos narrados? CONTESTO: Eso fue en la calle 6 del sector el viñedo como a un cuarto para las cuatro de la tarde del día viernes 30-07-04. OTRA: ¿DIGA Usted, si conocía a las tres personas que vio que los funcionarios montaron en la patrulla? CONTESTO: Solo conocía a Deiby y Félix, al otro lo conocía de vista. OTRA: ¿Diga usted, que se encontraban haciendo las personas que menciona como FÉLIX y DEIBY, cuando según lo narrado vio que los montaron a la patrulla? CONTESTO: Ellos iban caminando cuando los paró la patrulla. OTRA: ¿Diga usted, si las persona que menciona como FÉLIX y DEIBY, portaban algún tipo de arma de fuego o si en alguna oportunidad usted los vio portando arma de fuego? CONTESTO: “No yo nunca los vía portando arma de fuego. OTRA: ¿Diga usted, a que cuerpo Policial pertenecían los funcionaros que actuaron en el procedimiento? CONTESTO: Era de Poli Anzoátegui, la Unidad 150, y los funcionarios estaban vestidos de azul OTRA: ¿Diga Usted, si desea agregar a la/presente entrevista? CONTESTO: "No”. Es todo”.-
ACTA DE ENTREVISTA, tomada en fecha 09/08/2004, en el Despacho de la Fiscalía 19º del Ministerio Publico, a la ciudadana; YTRIAGO ROJAS MARÍA ISABEL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.215.201, la cual se transcribe a continuación; “….En esta misma fecha, siendo la 1:52 de la tarde, compareció por ante este Despacho de manera espontánea la ciudadana YTRIAGO ROJAS MARÍA ISABEL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.215.201, de estado civil Soltera, nacida el 07-07-62, de 42 años de edad, natural de Barcelona Estado Anzoátegui, hija de América Rojas (v), y de Alberto Ytriago (f), residenciada Calle 6 con calle Esperanza Casa N° 25, El Viñedo, Barcelona Estado Anzoátegui, Teléfono: no tiene, a los fines de ser entrevistada con relación a la presente causa, y libre de toda coacción y apremio manifestó no tener ningún inconveniente en rendir entrevista ante esta Representación Fiscal, al efecto expone: " Yo en la calle 6 con calle Esperanza donde yo vivo en esa esquina, pasó una patrulla y bajaron dos funcionarios hombres y una femenina cada uno con sus respectivas armas, apuntaron hacia la calle Esperanza y venían tres muchachos y los montaron en la patrulla, eso fue todo lo que yo vi, hasta que me dijeron que estaba fallecido los tres muchacho. Es Todo SEGUIDAMENTE ES INTERROGADO DE LA SIGUIENTE MANERA: ¿Diga Usted, lugar hora y fecha de los hechos narrados? CONTESTO: Eso fue en la calle 6 con calle Esperanza del Viñedo como a 20 para las cuatro de la tarde del día viernes 30-07-04. OTRA: ¿DIGA Usted, si conocía a las tres personas que vio que los funcionarios montaron en la patrulla? CONTESTO: Si, uno se llamaba FÉLIX, otro NELSON y otro DEIBY. OTRA:¿Diga Usted, de donde conocía a las personas que vio que los funcionarios montaron en la patrulla y que menciona como FÉLIX, NELSON y DEIBY? CONTESTO: Del sector yo vivo en la calle 6 y ellos viven en la calle 10, yo tuve un hijo que compartía mucho con FÉLIX y una hermana de FÉLIX visita la casa, yo tengo 8 años viviendo en el sector donde resido y cuando yo llegue ya la familia de FÉLIX vivía por la zona. OTRA: ¿Diga usted, como se enteró que las personas que menciona FÉLIX, NELSON y DEIBY, habían fallecido? CONTESTO: Por los comentarios del barrio. OTRA: ¿Diga usted, que se encontraban haciendo las personas que menciona como FÉLIX, NELSON y DEIBY, cuando según lo narrado vio que los montaron a la patrulla? CONTESTO: Venían caminando de la calle de donde ellos viven hacia la salida. OTRA: ¿Diga usted, si las persona que menciona como FÉLIX, NELSON y DEIBY, portaban algún tipo de arma de fuego o si en alguna oportunidad usted los vio portando arma de fuego? CONTESTO: No nunca los vi con arma de fuego y ese día cuando los montaron a la patrulla ellos iban con las manos arriba y no portaban arma. OTRA: ¿Diga usted, a que cuerpo Policial pertenecían los funcionaros que actuaron en el procedimiento? CONTESTO: Era una patrulla blanca con letras azules que decía "Policía" y los funcionarios estaban vestidos de azul como se visten los funcionarios de Lechería. OTRA: ¿Diga Usted, si desea agregar a la presente entrevista? CONTESTO: "No”. Es todo.”.-
ACTA DE ENTREVISTA, tomada en fecha 16/08/2004, en el Despacho de la Fiscalía 19º del Ministerio Publico, al ciudadano: LEÓNIDES ANTONIO BASTARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.344.623, la cual se transcribe a continuación; “….En esta misma fecha, siendo las 9:05 de la mañana, compareció por ante este Despacho de manera espontánea el ciudadano LEÓNIDES ANTONIO BASTARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.344.623, de estado civil soltero, nacido el 17-09-63, de 40 años de edad, natural de Bergantín, Estado Anzoátegui, hijo de Lorenzo Verderey (f) y de Rosa Isabel Bastardo (f) y residenciado en calle 12 N° 62 El Viñedo, Barcelona, Estado Anzoátegui, a los fines de ser entrevistado con relación a la presente causa, y siendo impuesto de los hechos que se investigan, y libre de toda coacción y apremio manifestó no tener ningún inconveniente en rendir entrevista ante esta Representación Fiscal, al efecto expone: "Mi trabajo es compra y venta de aluminio y tengo una camioneta donde transporto el aluminio, ese día de los hechos, yo venía por la calle Principal de Mesones, cerca de la Camburera, que es galpón donde hay una siembra de cambur, en eso veo que viene una patrulla de Poli Anzoátegui, no le vi el numero, venían de frente y cruzaron en una callecita que esta hacia el galpón de la camburera y se medio metieron para dentro del galpón y vi cuando cinco policías sacaron a tres muchachos de la patrulla y los metieron para dentro de un matorral que está al lado del galpón, yo me quede ahí parado y escuche como quince disparos y en eso venia dos patrullas del grupo CAO y una patrulla de la PTJ y agarraron hacia donde estaba la primera patrulla donde traían a los tres muchachos, la patrulla de la PTJ dio la vuelta y quedo de retroceso hacia donde yo estaba y vi cuando sacaron a un muchacho que estaba como muerto le vi sangre por todos lados y lo montaron en la patrulla de la PTJ, luego salió un policía disparando hacia el aire tratando de que las personas que estábamos por ahí viendo todo, nos quitáramos del sitio y entonces me fui poco a poco y después en la misma tarde me entere por medio de unos vecinos de que habían matado a FÉLIX y a DEYBI TEGUES PEÑA y otro que yo conocía pero solo de vista. Es Todo. SEGUIDAMENTE FUE INTERROGADO DE LA SIGUIENTE MANERA: ¿Diga Usted, lugar, hora y fecha de los hechos antes narrados? CONTESTO:"Eso fue el viernes 30 de Julio de este año, como a las 4:00 a 4:30 de la tarde, en la vía principal de Mesones de Barcelona" OTRA: ¿Diga Usted, si cuando vio a los tres muchachos que sacaron los funcionarios policiales de la patrulla, tal como lo menciona en su exposición, se percato de que eran los ciudadanos FELIZ y DEYBI TEGUES PEÑA? CONTESTO:"No, porque los sacaron corriendo" OTRA: ¿Describa Usted, la vestimenta que portaban los tres muchachos que observo bajar de la patrulla de Poli-Anzoátegui? CONTESTO:"Uno tenía un bermuda anaranjado y camisa roja, otro tenía un bermuda negro y la guarda camisa blanca y el otro tenía un blue Jean y una camisa que creo era azul, después yo fui para la morgue y me di cuenta de que eran los mismos que yo vi cuando bajaron de la patrulla" OTRA: ¿Diga Usted, características de los funcionarios que observo sacar a los tres muchachos de la patrulla de Poli-Anzoátegui? CONTESTO:"No les vi bien la cara, pero estaban uniformados de Poli-Anzoátegui, de azul" OTRA: ¿Diga Usted, que otra persona se percato de los hechos antes narrados? CONTESTO:"Habían varias personas pero yo no los conozco? OTRA: ¿Diga Usted, si desea agregar algo más a su entrevista? CONTESTO:"No", Es Todo, terminó se leyó y conformes firman.”.-
ACTA DE ENTREVISTA, tomada en fecha 10/08/2004, en el Despacho de la Fiscalía 19º del Ministerio Publico, al ciudadano: DOMINGO ANTONIO BAZAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.241.778, la cual se transcribe a continuación “….En esta misma fecha, siendo las 9:00 AM, compareció por ante este Despacho, previa citación el funcionario DOMINGO ANTONIO BAZAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.241.778, de estado civil soltero, nacido el 27-11-66,de 38 años de edad, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, hijo de Pedro Bazán (v) y de Paulina Cacharuco (v) y residenciado en calle las flores N° 9 del barrio Menea de Leoni, Barcelona, actualmente adscrito a la Zona policial N° 1 de Guamachito, Policía del Estado Anzoátegui, desempeñando el cargo de Sargento Primero, a los fines de ser entrevistado con relación a la presente causa y al efecto expone: "Yo andaba patrullando por los sectores de La Ponderosa, en eso como a las 5:30 de la tarde, recibí llamada radiofónica desde la Central, donde me ordenaban que me trasladara al sector vía Cruz Verde, donde se suscitaba un enfrentamiento con funcionarios Policiales, al llegar al sitio nos encontramos que había dos ciudadanos heridos, es cuando procedimos a montarlos en la unidad y llevarlos al Hospital LUÍS Razetti, para prestarle los primeros auxilios. Es Todo. SEGUIDAMENTE FUE INTERROGADO DE LA SIGUIENTE MANERA:¿Diga Usted, lugar, hora y fecha de los hechos antes-narrados? CONTESTO:"Eso fue en la vía a Cruz verde, no sé cómo se llama eso ahí, cuando llegue al sitio eran como las 5:30 de la tarde, del día 30 de Julio de 2004" OTRA:¿Diga Usted, si se encontraba en ejercicio de su funciones para el momento de los hechos antes narrados? CONTESTO:"Si" OTRA:¿Diga Usted, que tipo de arma portaba para el momento de los hechos antes narrados? CONTESTO:"Un revolver, calibre 38, el cual pertenece al Parque de Armas, pero no lo utilice para el momento de los hechos, porque cuando llegue ya se había suscitado el procedimiento" OTRA:¿Diga Usted, que otras unidades se encontraban en el sitio donde estaban las personas heridas al momento de hacer acto de presencia en él? CONTESTO: "Allí estaba la Unidad P-183, mas ninguna cuando iba saliendo iban llegando unidades del Grupo CAO, motorizados" OTRA: ¿Diga Usted, que funcionarios se encontraba en el sitio donde se encontraban los dos ciudadanos heridos"1 CONTESTO:"Allí se encontraba la funcionaría PETRA ORTIZ, el Cabo Segundo DOMINGO GÓMEZ y uno de apellido MILLAN". OTRA:¿Diga Usted, cuál fue su participación en los hechos antes narrados? CONTESTO:"Llegar al sitio en calidad de apoyo recoger a los heridos y trasladarlos al Hospital" OTRA: ¿Diga Usted, en compañía de quien llegó al sitio donde estaban los ciudadanos heridos? CONTESTO:"Con el conductor Distinguido JESÚS RODRÍGUEZ" OTRA; ¿Diga Usted, características de los ciudadanos que traslado hasta el Hospital Luís Razetti a los fines de practicarles los primeros auxilios? CONTESTO."Eran unos muchachos, jóvenes, morenos unos más oscuro que otro, el más moreno era delgado, no muy alto, cabello corto el otro más fuerte de contextura, media estatura, no recuerdo sus ropas, estaban bañados en sangre y barro" OTRA: ¿Diga Usted, que le mencionaron los funcionarios PETRA ORTIZ, DOMINGO GÓMEZ y el funcionario de apellido MILÁN, cuando usted llego al sitio donde estaban los ciudadanos heridos? CONTESTO:"Que habían tenido un enfrentamiento con esos ciudadanos" OTRA: ¿Describa el sitio donde estaban los ciudadanos heridos antes de montarlos en la Unidad donde llego su persona al sitio del suceso? CONTESTO:"Estaban en el suelo tirado, en la entrada de una casa como abandona" OTRA: ¿Diga Usted, si llego a entrar a la casa abandonada que menciona en su respuesta anterior? CONTESTO:"No, solo recogimos afuera a los heridos y lo montamos en la patrulla y nos fuimos" OTRA: ¿Diga Usted, si llegó a observar a otras personas cercanas al sitio del suceso¿ CONTESTO: “No" OTRA:¿Diga Usted, si desea agregar algo más a su ENTREVISTA? contesto: “No”. Es Todo”.-
COPIA CERTIFICADA DEL LIBRO DE NOVEDADES DIARIAS, de fecha 30/07/2004, llevadas por la Zona Policial Nº 01 del Instituto Autónomo de Policía del Estado Anzoátegui, y donde consta la novedad siguiente; “….CON ESTA MISMA FECHA Y SIENDO LAS 08:00 HORAS DE LA NOCHE, YO: CABO/10 (IAPANZ)PETRA ORTIZ, ADSCRITA AL DISTRITO N° 17 DE LA ZONA POLICIAL N° 01, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 112 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL Y EL ARTICULO 14 DE LA LEY DE ÓRGANOS DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALISTICA, DEJO CONSTANCIA DE LA SIGUIENTE DILIGENCIA POLICIAL EFECTUADA EN LA PRESENTE AVERIGUACIÓN Y EN CONSECUENCIA EXPONGO: Con esta misma fecha y siendo aproximadamente las 05:15 horas de la tarde, me encontraba en la unidad P-183 en compañía del Cabo/2º DOMINGO GÓMEZ y el Agente. FRANKLIN MILLAN efectuando labores patrullaje por la Carretera Sur de Mesones-Cruz Verde, Barcelona y cuando nos desplazábamos a la altura del aserradero del Sector Cruz Verde observamos a tres sujetos que portando armas de fuego intentaban interceptar una unidad de transporte público la cual no se detuvo y prosiguió su marcha; por tal motivo aceleramos la marcha y cuando nos encontrábamos a escasos metros de los sujetos les dimos la voz de alto pero estos al darse cuenta de la presencia policial hicieron caso omiso a la advertencia efectuando varios disparos y corrían hacia una construcción abandonada de la antigua Granja de la empresa PACA dándose a la fuga; inmediatamente efectúe llamada de radio a la central de la Zona Policial N° 01 solicitando apoyo de otras unidades en el lugar y abandonamos la unidad e iniciamos la persecución a pie de los sujetos quienes se apertrecharon en el interior de la construcción efectuándonos nuevos disparos motivo por el cual nos vimos en el estado de necesidad de hacer uso de nuestras armas de reglamento para repeler el ataque y proteger nuestras vidas e integridad física de conformidad con lo establecido en el Ordinal 2° del Artículo 117 del Código Orgánico Procesal Penal, suscitándose un intercambio de disparos en el cual uno de los sujetos resultó herido cayendo al suelo en la habitación que está ubicada a la entrada de la construcción y cerca de él quedó el arma de fuego que utilizó para atacarnos. Los otros dos sujetos corrieron hacia diferentes habitaciones de la construcción a la cual con la cautela del caso penetramos pero fuimos recibidos a tiros suscitándose un nuevo intercambio de disparos en el cual resultaron heridos los dos sujetos quienes cayeron al suelo y cerca de ellos quedaron las armas de fuego con las cuales nos atacaron; en ese mismo instante se presentó en el lugar en apoyo la unidad P-150 al mando del Sargento/Mayor, DOMINGO BAZAN y con la urgencia del caso procedimos a prestarle los primeros auxilios a los heridos, pero uno de los sujetos que se había ocultado en una de las habitaciones ya no presentaba signos vitales; por lo cual solo dos de los heridos fueron trasladados al Hospital Dr. Luís Razetti de esta ciudad en la Unidad P-150 al mando del Sargento/Mayor, DOMINGO BAZAN; mientras en resguardo del sitio del suceso quede yo con la unidad P-183 de conformidad con lo establecido en los Ordinales 1° y 2° del Artículo 15 de la Ley de Los Órganos de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas. Cuando los heridos ingresaron al Hospital Dr. Luís Razetti solo uno de ellos pudo ser identificado como DEIBI TEQUEZ, de 18 años de edad, indocumentado, de residencia desconocida y el otro se encontraba totalmente indocumentado; ambos fallecieron minutos después de su ingreso a consecuencia de haber presentado según diagnostico medico el primero arriba mencionado Cuatro(04)HERIDAS POR ARMA DE FUEGO DE LA SIGUIENTE MANERA: DOS(02)EN HEMITORAX DERECHO CON SALIDA, (01) EN HIPOGASTRIO IZQUIERDO CON SALIDA Y UNA (01) EN CARA POSTERIOR DEL ANTEBRAZO IZQUIERDO CON SALIDA" y el segundo que vestía pantalón, tipo bermuda de color negro, franelilla de color rojo y zapatos de color marrón presentó según diagnostico medico CINCO HERIDAS POR ARMA DE FUEGO DE LA SIGUIENTE MANERA: (01) EN TÓRAX DERECHO SIN SALIDA, UNA (01) EN TÓRAX LATERAL DERECHO SIN SALIDA, UNA(01)EN HIPOCONDRIO IZQUIERDO, UNA(01) EN LÍNEA AXILAR IZQUIERDA Y UNA(01)EN LÍNEA AXILAR DERECHA. En el sitio del suceso se presentó comisión del Cuerpo dé Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub/Delegación Barcelona en la unidad Furgoneta P-054 al mando del Inspector/Jefe, FRANKLIN MORALES; quien procedió al levantamiento del cadáver del tercer sujeto y colecto las siguientes evidencias: "EN EL SITIO DONDE CAYO EL PRIMER SUJETO HERIDO FUE COLECTADA UN ARMA DE FUEGO. MARCA SMITH AND WESSON, TIPO REVOLVER, 38M.M, CAÑÓN LARGO, CON LOS SERIALES LIMADOS CONTENTIVO EN SU TABOR DE SEIS (06) BALAS ENTRE LAS CUALES HAY CUATRO (04) PERCUTIDAS Y DOS SIN PERCUTIR". “EN EL SITIO DONDE CAYO HERIDO EL SEGUNDO DE LOS SUJETOS FUE COLECTADA UN ARMA DE FUEGO, MARCA CANAIMA, TIPO ESCOPETA DE VIGILANCIA (RECORTADA), 12, CON UN CARTUCHO DEL MISMO CALIBRE PERCUTIDO” Y EN EL SITIO DONDE QUEDÓ EL CADÁVER DEL TERCER SUJETO FUE COLECTADA UN ARMA DE FUEGO, MARCA SMITH AND WESSON, TIPO 38 M.M, CAÑÓN LARGO, CON LOS SERIALES LIMADOS CONTENTIVO EN SU TAMBOR DE (06) ENTRE LAS CUALES HAY CUATRO (04) PERCUTIDAS Y DOS (02) SIN PERCUTIR". Seguidamente la comisión del Cuerpo de Investigaciones traslado el cadáver del tercer sujeto a la Morgue del Hospital Dr. Luís Razetti donde fue identificado como NELSON ANTONIO MARTÍNEZ MATA, de 18 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 19.457.933, de residencia desconocida, quien falleció a consecuencia de haber presentado según diagnostico medico “CUATRO (04)HERIDAS POR ARMA DE FUEGO DISTRIBUIDAS DE LA SIGUIENTE MANERA: DOS (02) EN LA REGIÓN CLAVICULAR IZQUIERDA SIN SALIDA Y DOS (02) EN EL HEMITORAX DERECHO CON SALIDA EN LA REGIÓN ESCAPULAR DERECHA". Las evidencias colectadas fueron trasladadas a la sede de dicho Cuerpo de Investigaciones. Asimismo en la morgue del Hospital Dr. Luís Razetti se presentó el Sargento/10.PEDRO MIGUEL CAMPOS, adscrito a la Zona Policial N° 01 de este Instituto; quien señalo a dos de los occisos como los mismos que el día 28 del presente mes y año en curso irrumpieron en el Ambulatorio Asistencial HEVIA RUIZ ubicado en el Barrio Mesones de Barcelona, en el cual se encontraba de servicio y bajo amenaza de muerte con armas de fuego lo despojaron de su arma de reglamento la cual es "MARCA SMITH AND WESSON, TIPO 38 M.M, DE CACHA 8D22862, SERIAL DE TAMBOR 22078", La cual actualmente se encuentra solicitada por el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub/Delegación Barcelona, EXPEDIENTE N°: G-727.630. Según el señalamiento hecho por el mencionado funcionario se presume que una de las armas de fuego, tipo revólver colectada en el sitio del suceso sea la misma arriba mencionada y que igualmente la otra tipo revólver también pertenezca a esta institución. Es todo.”.-
COPIA CERTIFICADA DEL LIBRO DE REGISTRO DE PARQUE DE ARMAS, DE FECHA 30/07/2004, emanado del Parque de Armas de la Zona Policial Nº 01, donde consta las armas que les fueron asignadas a los funcionarios involucrados en el procedimiento policial que se investiga, la cual fue remitida al Despacho de la Fiscalía Décimo Novena mediante Comunicación 4875/08, de fecha 07/08/2008.
COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE NOMBRAMIENTO, Y JURAMENTACIÓN de fecha 01 de diciembre de 1996, emanada del Departamento de Reclutamiento y Selección División de Personal de la Policía del Estado Anzoátegui, mediante la cual se designa al ciudadano; DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, con el Rango de Agente de la referida institución policial.-
COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE NOMBRAMIENTO, Y JURAMENTACIÓN de fecha 01 de diciembre de 2003, emanada de la Dirección General de la Policía del Estado Anzoátegui, mediante la cual se designa al ciudadano; FRANKLIN RAFAEL MILLAN BURIEL, con el Rango de Agente de la referida institución policial.-
COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE NOMBRAMIENTO, Y JURAMENTACIÓN de fecha 01 de diciembre de 1996, emanada del Departamento de Reclutamiento y Selección División de Personal de la Policía del Estado Anzoátegui, mediante la cual se designa al ciudadano; DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, con el Rango de Agente de la referida institución policial.-
PROTOCOLO DE AUTOPSIA, SIGNADO BAJO EL Nº 097139-528/2004, de fecha 30/07/2004, emanado de la División de Anatomía Patológica del Servicio Médico Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, realizado por la Dra. ESLEIDA BARROSO, al cuerpo sin vida del ciudadano; NELSON ANTONIO MATA.-
PROTOCOLO DE AUTOPSIA, SIGNADO BAJO EL NUMERO 09700-530/2004, de fecha 31/07/2004, emanado de la División de Anatomía Patológica del Servicio Médico Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, realizado por la Dra. ESLEIDA BARROSO, al cuerpo sin vida del ciudadano; TEQUEZ PEÑA DEIVI.-
PROTOCOLO DE AUTOPSIA, SIGNADO BAJO EL NUMERO 09700-527/2004, de fecha 31/07/2004, emanado de la División de Anatomía Patológica del Servicio Médico Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, realizado por la Dra. ESLEIDA BARROSO, al cuerpo sin vida del ciudadano; FÉLIX CELESTINO ROMERO GUAIPO.-
ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 04 de julio de 2004, emanada de la Subdelegación Barcelona del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, relacionada con las presentas actas procesales de investigación penal, la cual se transcribe a continuación; “….En esta misma fechar siendo las 08:00 horas de la Noche, compareció por ante este despacho, el Funcionario Agente DANIEL COA, adscrito al Departamento de Investigaciones de esta Sub-Delegación, quien de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código Orgánico Procesal Penal, deja constancia de la siguiente diligencia Policial efectuada en la presente averiguación; “En horas de la noche del día de hoy, iniciando las averiguaciones relacionadas con las actas procesales G-727. 679 que instruye este Despacho por uno de los delitos Contra Las Cosas Publicas, (resistencia a la Autoridad), me traslade en compañía del Inspector OSWAL FANEITTES, en la unidad P-760, hacia la Vía de Cruz Verde, Sector Invasiones de Moya Meneses de esta Ciudad, con la finalidad de realizar diligencias que ayuden al esclarecimiento del hecho que se Investiga, una vez en dicho lugar, nos entrevistamos con el Funcionario Comisario General Morel Rubio, quien nos manifestó que para el momento una comisión integrada por los funcionarios Cabo Primero Petra Ortiz, portando como arma de Un Arma de Fuego, Tipo Revolver, marca Smith & wesson, Serial 15828, Distinguido Domingo Gómez, portando como arma de reglamento Un Arma de Fuego, Tipo Revolver, marca Smith & Wesson, serial 9138, Agente Franklin Millán, portando como arma de reglamento, Un Arma de Fuego, tipo Revolver, Marca Smith & serial 06245, se encontraban haciendo un recorrido por el sector avistaron a varios sujetos en actitud sospecho los mismo al notar la presencia policial esgrimieron unas de fuego, iniciando un intercambio de disparos donde resultaron heridos dos de los sujetos siendo trasladados hasta el hospital central donde fallecieron posterior a su ingreso y un tercero, quien quedo abatido en el lugar que fungió como teatro de los hechos que se investigan, seguidamente se procedió a realizar la Inspección Ocular y remoción del cuerpo localizándose armas de fuego discriminadas de la siguiente manera: Dos Armas de Fuego Tipo Revolver, calibre .38, Marca Smith & Wesson, sin seriales, conteniendo en su nuez volcable de cuatro conchas de y balas y dos balas del mismo calibres, igualmente un arma de fuego Escopeta, calibre 12, Marca Panaima, seriales limados, contentivo en su recamara de una concha del mismo calibre, seguidamente nos trasladamos al Nosocomio Local, con la finalidad de realizar la respectiva Inspección ocular a los interfectos relacionado con él caso que nos ocupa, quienes quedaron identificados Como DEIVIS TEQUEZ PEÑA, venezolano. Natural de Valencia, de 16 años de edad, residenciado en la Calle 10, Nº55 del Barrio el Viñedo, Indocumentado, presentando heridas producidas por el paso de un proyectil disparado por un arma de fuego en el ámbito de las regiones pectoral Izquierda, hemitórax, Hiprocrondio derecho, Antebrazo Izquierdo, Infraescapular izquierdo, Dorsal Izquierdo y Dorsal Derecho, y los subsiguientes fueron identificados mediante documentación portadas por los mismos; MATA MARTINES NELSON ANTONIO, Venezolano, Natural de esta Ciudad, de 18 de edad, cédula de Identidad Nº V-19.457.933, presentando producidas por el paso de un proyectil disparado por un fuego en el ámbito de las regiones Pectoral Derecho, Epigastrio cara Exterior Escapular Izquierda, Cara Posterior Axilar Exterior Infraescapular Derecha y ROMERO GUAIPO FÉLIX CELESTINO, Venezolano, natural de esta Ciudad, de 20 años de edad, titular la Cédula de Identidad nro. V-17.536.917, presentando heridas producidas por el paso de un proyectil disparado por un arma de fuego en el ámbito de la regiones acromial izquierda cara anterior, pectoral derecho, axilar posterior derecha interescapular, escapular izquierda y supra escapular cara posterior, posteriormente regresamos al despacho, una vez en el mismo, fueron verificados los datos de los imperfectos antes referidos por el sistema de SIIPOL, logrando constatar que los mismos no aparecen registrados por el referido sistema, consigno por medio de la presente Acta de Inspección realizada, es todo”.-
INSPECCIÓN TÉCNICA AL SITIO DEL SUCESO, SIGNADA BAJO EL NÚMERO: 1125 DE FECHA 30 DE JULIO DE 2004, emanada de la Subdelegación Barcelona del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, relacionada con las presentes actas procesales, la cual se transcribe a continuación; “….En esta misma fecha, siendo las 07:30 horas de la noche del día de hoy, se constituyó una comisión del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales Y Criminalísticas, integrada por los funcionarios: OSWAL FANEITES Y DANIEL COA, adscritos a este Delegación: VÍA DE CRUZ VERDE SECTOR INVASIONES DE MOYA MENESES. BARCELONA, ESTADO ANZOÁTEGUI; lugar donde se acordó practicar Inspección Ocular, de acuerdo con lo establecido en el artículo 202 del Código Orgánico Procesal Penal, a tal efecto se procedió dejándose constancia de lo siguiente: "Trátese de un sitio de suceso denominado Abierto, correspondiente a una extensión de terreno, ubicado en la mencionada dirección, totalmente descubierto, amplio, carente de vigilancia, presentando una iluminación de poca intensidad, temperatura ambiental cálido, todo esto para el momento de practicar la presente Inspección Técnica, apreciándose escombros y gran variedad de árboles y plantas silvestres, y suelo de tierra natural, se hizo una búsqueda minuciosa, localizándose un arma de fuego tipo revolver, se colecta y se constata, que es calibre 38, marca Smith & Wesson, sin seriales visibles, contentivo en su interior de cuatro conchas y dos balas calibre 38, a una distancia de diez centímetros en relación del revolver se localiza otra arma de fuego tipo Escopeta, calibre 12, marca Panamá, seriales limados, contentivo en su recamara una concha del mismo calibre, continuando con la referida Inspección, se localiza el cuerpo sin signos vitales de una persona del sexo masculino en posición de decúbito ventral presentando sus brazos extendidos en sentido este y las piernas semi-flexionadas en sentido oeste, de esta forma se procede al levantamiento del cadáver para ser trasladado a la morgue del hospital Dr. Luís Razetti para su correspondiente necropsias de ley y las evidencias colectadas fueron trasladadas al Despacho para su correspondiente experticias. Es todo”.-
INSPECCIÓN TÉCNICA A LOS CADÁVERES DE LAS VICTIMAS, SIGNADA BAJO EL NÚMERO: 1126, DE FECHA 30 DE JULIO DE 2004, emanada de la Subdelegación Barcelona del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, relacionada con las presentes actas procesales, la cual se transcribe a continuación; “….En esta misma fecha siendo 11:30 Horas de la noche de hoy, se constituyó una comisión del Cuerpo de Investigaciones Científica Penales y Criminalística, integrada por los funcionarios OSWAL FANEITES Y DANIEL COA, adscritos a este Despacho, EN LA MORGUE DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DOCTOR LUÍS RAZETTI DE BARCELONA ESTADO ANZOÁTEGUI VÍA PUBLICA, lugar donde se acordó practicar la respectiva Inspección Ocular, de acuerdo con lo establecido en el artículo 202 del Código Orgánico Procesal Penal, a tal efecto se procedió a dejar constancia de los siguiente: "Una vez en precitado lugar, se observa en estado de reposo sobre una camilla metálica, tipo móvil, los cadáveres de tres personas del sexo Masculino, desprovisto de vestimenta alguna, al cual se le observa las siguientes: CARACTERÍSTICAS FÍSICAS Y FISONÓMICAS: El N° 01 DEIVI TEGUES PEÑA De tez morena, una edad aproximada a los 16 años, de contextura Delgada, de cabello lisos de color castaños corto, cara alargada, orejas regulares adosadas, cejas abundante - separada, ojos pardo oscuro, boca regular, de Un metro setenta centímetros de estatura aproximadamente, El N° 2: MATA MARTÍNEZ NELSON ANTONIO, de tez morena, edad aproximada de 18 años, de contextura regular de cabellos negros bigotes, ojos negros cortos y crespo, boca regular de un metro setenta centímetros aproximadamente EL N° 3: ROMERO GUAIPO FÉLIX CELESTINO, de tez morena, contextura delgada, cabellos cortos negros, boca grande, de un metro sesenta y cinco centímetros aproximadamente y de 20 años de edad. EXAMEN EXTERNO DEL CADÁVER: EL N° 1 una herida en forma circular región pectoral izquierda y una herida circular en la región hemitorax, una herida en forma circular en el hipocondrio derecho, una herida en el antebrazo izquierdo, una herida de forma circular en la región infraescapular izquierdo, una herida de forma circular en la región izquierdo y dorsal derecho. EL N° 2 presenta una herida de forma circular en la región pectoral derecho, una herida en el epigástrico cara exterior y una herida en escapular izquierdo, una herida cara posterior axilar y cara exterior, y una herida escapular derecha. EL N° 3 presenta las siguientes heridas en la región acronial izquierda, uno en la región cara anterior, una herida en el pectoral derecho, una herida en la región axilar posterior derecha una herida en la región interescapular izquierda y supra escapular cara posterior. IDENTIFICACIÓN DEL CADÁVER: El N° 1 fue identificado como DEIVI TEGUES PEÑA de 16 años de edad, indocumentado. El N° 2: MATA MARTÍNEZ NELSON ANTONIO, de 18 años de edad cédula de identidad V-l9.457.933 y el N° 3: ROMERO GUAIPO FÉLIX CELESTINO, de 20 años de edad, cédula de identidad V-17.536.917, caso relacionado con las causa procésales G-726.662 instruidas por ante este Despacho por uno de los delitos contra la cosa pública (resistencia a la autoridad). Es todo”.-
RECONOCIMIENTO TÉCNICO LEGAL S/N, de fecha 30/07/2004, emanada de la Subdelegación Barcelona del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, relacionada con las presentes actas procesales, la cual se transcribe a continuación; “….El suscrito: JOSÉ ABREU HERNÁNDEZ, experto al servicio del Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y criminalistas designados para realizar un peritaje relacionado con la causa G-727.679, que se instruye por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LA COSA PUBLICA; de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley de Órganos de Instigaciones Científicas Penales y criminalistas,, en concordancia con el artículo 237 del Código Orgánico Procesal penal, rendimos el siguiente informe para los fines que juzgue pertinentes. EXPOSICIÓN: A los efectos propuestos nos suministradas unas piezas las cuales resultaron ser: Un arma de fuego presentando las siguientes características individualizantes, De uso individual, portátil, corta por su manipulación, según su mecanismo de funcionamiento recibe el nombre de REVOLVER, marca SMITH & WESSON, calibre .38, de acabado superficial PAVONADO, serial LIMADO, de fabricación NORTEAMERICANA. Su CUERPO se compone de: Un cañón (de anima estriada y rayada) r cajón de los mecanismos y empuñadura, dicha arma de fuego posee una nuez que es volcable contentiva de seis alvéolos o recamaras, engastada a través de un muñón metálico a un puente, su empuñadura esta conformada por la prolongación metálica de la caja de los mecanismos protegida por dos piezas elaboradas en madera unidas entre sí por tornillos metálicos. Su cañón tiene una longitud de 104 milímetros y un diámetro interno de 8,5 milímetros. Dos bala pertenecientes a armas de fuego calibre .38, de forma cilindro truncadas, de fuego central, su cuerpo se compone de Un proyectil de forma ojival, pólvora y culote con cápsula de fulminante en su estado original. Cuatro conchas de balas pertenecientes a partes de cuerpo que originalmente conformaban BALAS, de forma cilindro truncado, de fuego central, su cuerpo se compone de Un manto del cilindro, garganta y culote con cápsula de fulminante presentando huellas de impresión directa y de fricción. Un arma de fuego presentando las siguientes características individualizantes: De uso individual, portátil, corta por su manipulación, según mecanismo de funcionamiento recibe el nombre de REVOLVER, marca SMITH and WESSON, calibre .38, de acabado superficial PAVONADO, serial limado de fabricación NORTEAMERICANA, Su CUERPO se compone de: Un cañón (de anima estriada y rayada), cajón de los mecanismos y empuñadura, dicha arma de fuego posee una nuez que es volcable contentiva de seis alvéolos o recamaras, engastada a través de un muñón metálico a un puente, su empuñadura está conformada por la prolongación metálica de la caja de los mecanismos protegida por dos piezas elaboradas en madera unidas entre sí por tornillos metálicos. Su cañón tiene una longitud de 104 milímetros y un diámetro interno de 8,5 milímetros. Dos bala pertenecientes a armas de fuego calibre .38, de forma cilindro truncadas, de fuego central, su cuerpo se compone de Un proyectil de forma ojival, pólvora y culote con cápsula de fulminante en su estado original. Cuatro conchas de balas pertenecientes al cuerpo que originalmente conformaban BALAS, cilindro truncadas de fuego central, su cuerpo se Un manto del cilindro, garganta y culote con fulminante presentando huellas de impresión directa y de fricción. Un arma de fuego presentando las siguientes características individualizantes: De uso individual, portátil, larga por su manipulación, según su mecanismo de funcionamiento recibe el nombre de ESCOPETA, marca PANAIMA, calibre 12, de acabado superficial CROMADO, serial LIMADO de fabricación VENEZOLANA. Su CUERPO se compone de: Un cañón (de anima lisa) , cajón de los mecanismos y empuñadura, dicha arma de fuego es de simple acción, es decir, para iniciar el ciclo de disparo es necesario realizar el accionamiento manual del percutor, su carga y descarga se realiza con el accionamiento manual de una pieza elaborada en material sintético color negro, ubicada en la parte delantero inferior de la caja de los mecanismos y al ser movida hacia atrás, libera el sistema de abisagrado dejando al descubierto su recamara. Su cañón tiene una longitud de 262 milímetros y un diámetro interno de 18 milímetros. Una concha de pertenecientes a partes de cuerpo que originalmente conformaban CARTUCHOS, calibre 12, de forma cilindro truncadas, de fuego central, su cuerpo se compone de un manto del cilindro elaborado en material sintético color traslucido, garganta y culote con cápsula de fulminante presentando huellas de impresión directa y de fricción. PERITACIÓN: Examinadas como fueron las piezas suministradas se aprecian en buen estado de conservación. CONCLUSIONES: Con esta pieza además de su uso original, por su aspecto semejante a un arma de fuego, puede ser utilizada como objeto para causar amenaza o constreñir y causar lesiones de mayor o menor gravedad incluso LA MUERTE por efecto de los disparos perforantes o rasantes disparados por la misma y utilizada como objeto contundente puede ocasionarse lesiones del mismo carácter, dependiendo de la zona del cuerpo comprometida y de la violencia empleada.-
OFICIO ANZ-F19-1553-09, de fecha 28/05/2009, para el COMISARIO GENERAL IAPANZ ULISES FLORES PEÑA, DIRECTOR PRESIDENTE DEL INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, mediante el cual se le Ratifica oficio N° ANZ-F19-1444-09 de fecha 20 de Mayo del 2009 en el cual se solicita su colaboración en el sentido de que se sirva remitir al Jefe del Cuerpo de Investigación Científico Penal y Criminalística de Barcelona, con Extrema Urgencia las ARMAS DE FUEGO portadas en su oportunidad por los funcionarios DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, FRANKLIN MILLÁN Y PETRA RAMONA ORTIZ, adscritos a la dependencia policial de la Zona 01 en fecha 30-07-04, distrito 17 portadas en procedimiento donde perdiera la vida los ciudadanos NELSON ANTONIO MATA, TEQUEZ PEÑA DEIVI y FÉLIX CELESTINO ROMERO GUAIPO, las cuales poseen las siguientes características:!) revolver, marca Smith Wesson, serial 15820 la cual era portada por la Cabo Primero Petra Ortiz, 2) un revolver, marca Smith Wesson, serial 9138 el cual era portado por el funcionario Distinguido Domingo Gómez y un 3) arma de fuego tipo revolver, marca Smith Wesson, serial 06245 el cual era portado por el funcionario Agente Franklin Muían, las cuales guardan relación con el expediente N° H-727.679 y ANZ-F19-399-04 nomenclatura de este despacho fiscal ya que se han solicitado en varías oportunidades no obteniendo resultado alguno.
OFICIO ANZ-F19-1554-09, de fecha 28/05/2009, para el COMISARIO JEFE RAMÓN CASANOVA, JEFE DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS CRIMINALÍSTICAS SUB DELEGACIÓN BARCELONA. Mediante el cual se le solicita su colaboración en el sentido de que se sirva remitir al Laboratorio del Cuerpo de Investigación Científico Penal y Criminalistico de Barcelona, con Extrema Urgencia las ARMAS DE FUEGO portadas en su oportunidad por los funcionarios DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, FRANKLIN MILLÁN Y PETRA RAMONA ORTIZ, adscritos a la dependencia policial de la Zona 01 en fecha 30-07-04, distrito 17 portadas en procedimiento donde perdiera la vida los ciudadanos NELSON ANTONIO MATA, TEQUEZ PEÑA DEIVI y FÉLIX CELESTINO ROMERO GUAIPO, las cuales poseen las siguientes características:!) revolver, marca Smith Wesson, serial 15820 la cual era portada por la Cabo Primero Petra Ortiz, 2) un revolver, marca Smith Wesson, serial 9138 el cual era portado por el funcionario Distinguido Domingo Gómez y un 3) arma de fuego tipo revolver, marca Smith Wesson, serial 06245 el cual era portado por el funcionario Agente Franklin Millán, las cuales guardan relación con el expediente N° H-727.679 y ANZ-F19-399-04, nomenclatura de este despacho fiscal ya que se han solicitado en varias oportunidades no obteniendo resultado alguno, y la misma tiene por finalidad que ordene lo conducente para la realización de las experticias de ley tales como Reconocimiento Legal, Comparación Balística y Mecánica y Diseño, conjuntamente con las evidencias colectadas en el sitio del suceso tales como las armas colectadas, conchas, plomos extraídos de las cuales anexo copia simple de las planillas de remisión a la sala de objetos recuperados; ya que de dichos cuerpos les fue extraído proyectiles los cuales se encuentran en la sala de objetos recuperados, según planilla de remisión N° 327 de los cuales lo exhorto a los fines de que ordene lo conducente para que se le practique reconocimiento legal a los mismos.
COMUNICACIÓN 9700-192-820, de fecha 09/07/2009, emanada del Departamento de Criminalística Anzoátegui, Área de Análisis y reconstrucción de Hechos, la cual se transcribe a continuación “….En atención a su oficio N° F19-1433-2009, de fecha 18-05-2009, cumplo con remitirle anexo al presente representación gráfica de la TRAYECTORIA Intraorganica, signada con el N° 820, realizado por el experto Detective José Armas, Referida en el protocolo de autopsia N° 09700-139-527-2004 realizado al cadáver de: FÉLIX CELESTINO ROME¬RO GUAIPO, protocolo de autopsia N°: 09700-139-528-04, de fecha: 30-07-2004 realizado al cadáver de: NELSON ANTONIO MATA y protocolo de autopsia N° 09/00-139-530-04, de fecha: 18-01-2004 realizado al cadáver de: TEQUEZ PEÑA DEIVI realizado en la Medicatura Forense de Barcelona, relacionado con la causa N° : 03-F-19-399-04 y G-727.679 .
INFORME RELACIONADO CON SOLICITUD DE LEVANTAMIENTO PLANIMETRICO, de fecha 10/07/2008, SIGNADO BAJO EL N° 9700-192-920, emanada del Departamento de Criminalística Anzoátegui, Área de Análisis y reconstrucción de Hechos, la cual se transcribe a continuación “….INFORME QUE PRESENTA EL DETECTIVE JOSÉ ARMAS ADSCRITOS AL DEPARTAMENTO DE CRIMINALÍSTICA ANZOÁTEGUI, CONCERNIENTE A LA SOLICITUD DE LEVANTAMIENTO PLANIMETRICO RELACIONADO CON EL EXPEDIENTE N° G-727.679 y 03-F19-399-04. De conformidad con el pedimento solicitado según oficio N° 1664-09, de fecha 09 de Junio de 2009, emanada por la citada Fiscalía, se procede el día 08-07-2009, aproximadamente a las 14:00 horas de la tarde, a realizar las diligencias pertinentes como el traslado hacia el sitio de suceso por parte de los Funcionarios Detectives José Armas (Experto Planimetría) y Decena Luís (Experto en Trayectoria Balística), hacia el lugar ubicado en la siguiente dirección: vía Cruz Verde, sector Invasiones de Moya Meneses, Barcelona, Estado Anzoátegui; una vez en la mencionado sector, se realizo una indagación con los habitantes del lugar, a fin de establecer el lugar exacto donde ocurrieron los hechos; encontrando respuestas negativas y el desconocimiento por parte de estas personas sobre el hecho acaecido el día 30-07-2009. Así mismo se constato que en la Inspección Ocular N° 1125, no refleja un punto de referencia o lugares cercanos para la ubicación exacta del sitio allí señalado, siendo esta una carretera extensa y con diversas calles, viviendas y extensiones de terreno baldíos en ambos extremos. Es por ello que se imposibilita la realización de la experticia solicitada por falta de información para así ubicar el sitio del suceso. Cabe destacar que una de las funciones del Levantamiento Planimetrico es fijar de forma gráfica todos los elementos que estén relacionados a la comisión de un hecho punible, por lo que al no existir evidencias o al ser removidas de su lugar de origen no tiene ningún sentido lógico realizar dicha fijación.
EXPERTICIA DE TRAYECTORIA BALÍSTICA N° 9700-192-902, de fecha 09/07/2009, emanada del Departamento de Criminalística Anzoátegui, Área de Análisis y reconstrucción de Hechos, la cual se transcribe a continuación; “….Informe que presenta el funcionario Detective LUÍS DECENA, designado para establecer Trayectoria Balística, en el caso relacionado con el expediente N° G- 727.679. Rindo a usted, el presente informe pericial para los fines legales que juzgue pertinentes. De conformidad con el pedimento solicitado según Oficio Nro. 1433, de fecha 18-05-09, se procede a realizar el traslado al sitio de suceso el cual es efectuado en compañía de funcionarios perteneciente a la Sub-Delegación de Barcelona, lugar ubicado en la siguiente dirección: Vía de Cruz Verde, Sector Invasiones de Moya Meneses, Barcelona, Estado Anzoátegui. ELEMENTOS DE INTERÉS CRIMINALISTICO: 1.- INSPECCIÓN TÉCNICA N° 1125. DE FECHA 30 DE JULIO DEL 2009: "Trátese de un sitio de suceso denominado Abierto, correspondiente a una extensión de terreno, ubicado en la mencionada dirección, totalmente descubierto, amplio, ... apreciándose escombros y gran variedad de árboles y plantas silvestres, y suelo natural, se hizo una búsqueda minuciosa, localizándose un arma de fuego tipo revolver...., a una distancia de diez centímetros en relación al revolver se localiza otra arma del tipo escopeta, continuando, se localiza el cuerpo sin signos vitales de una persona del sexo masculino en posición decúbito ventral presentando sus brazos extendidos en sentido Este y la piernas semi-extendidas en sentido Oeste II.- UBICACIÓN DE IMPACTOS U ORIFICIOS: Realizado un minucioso rastreo por todas las área del sitio del suceso, no se localizaron elementos físicos de juicio, tales como impactos u orificios sobre objetos fijos o móviles que presenten características de permitan inferir fueron ocasionado por el paso o choque de proyectiles disparados con arma de fuego. III.-ELEMENTOS DE CARÁCTER MEDICO LEGAL: Heridas que presenta el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: NELSON ANTONIO MATA, según protocolo de autopsia N° 528/2004, realizado por la Dra. ESLEDIA BARROSO Medico Anatomopatólogo de la Medicatura Forense del Estado Anzoátegui. 1.HERIDA POR ARMA DE FUEGO CON ORIFICIO DE ENTRADA CIRCULAR EN LA REGIÓN TORÁCICA ANTERIOR DERECHA A NIVEL DEL 5to ESPACIO INTERCOSTAL DERECHO CON LÍNEA MEDIA CLAVICULAR SIN ORIFICIO DE SALIDA. 2. HERIDA POR ARMA DE FUEGO CON ORIFICIO DE ENTRADA CIRCULAR EN LA REGIÓN TORÁCICA ANTERIOR DERECHA A NIVEL DEL 5to ESPACIO INTERCOSTAL DERECHO CON LÍNEA AXILAR ANTERIOR CON ORIFICIO DE SALIDA EN REGIÓN TORÁCICA POSTERIOR DERECHA. 3. HERIDA POR ARMA DE FUEGO CON ORIFICIO DE ENTRADA CIRCULAR EN LA REGIÓN LATERAL DERECHA 7mo ESPACIO INTERCOSTAL DERECHO CON LÍNEA AXILAR MEDIA CON ORIFICIO DE SALIDA EN REGIÓN TORÁCICA POSTERIOR DERECHA. 4. HERIDA POR ARMA DE FUEGO CON ORIFICIO DE ENTRADA A NIVEL DEL REBORDE COSTAL IZQUIERDO SIN ORIFICIO DE SALIDA. Heridas que presenta el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: TEQUEZ PEÑA DEIVI, según protocolo de autopsia N° 530/2004, realizado por la Dra. ESLEDIA BARROSO Medico Anatomopatólogo de la Medicatura Forense del Estado Anzoátegui. 1. HERIDA POR ARMA DE FUEGO CON ORIFICIO DE ENTRADA EN LA REGIÓN TORÁCICA ANTERIOR IZQUIERDA (3 ESPACIO INTERCOSTAL IZQUIERDO CON LÍNEA MEDIO CLAVICULAR) Y ORIFICIO DE SALIDA EN REGIÓN TORÁCICA POSTERIOR IZQUIERDA (ÍNTER ESCAPULAR) Trayecto Intraorganica; De Adelante hacia Atrás Ligeramente Descendente En línea Recta 2. HERIDA POR ARMA DE FUEGO CON ORIFICIO DE ENTRADA EN LA REGIÓN TORÁCICA ANTERIOR A NIVEL DEL ESTERNAL MEDIO (APÉNDICE XIFOIDES) CON ORIFICIO DE SALIDA EN LA REGIÓN TORÁCICA POSTERIOR PARA VERTEBRAL IZQUIERDA. Trayecto Intraorganica: De Adelante hacia Atrás En línea Recta 3.HERIDA POR ARMA DE FUEGO CON ORIFICIO DE ENTRADA EN REBORDE COSTAL DERECHO SIN ORIFICIO DE SALIDA (SUPERFICIAL) PASA POR PLANOS MÚSCULOS APONEURÓTICOS DEL REBORDE COSTAL DERECHO AL REBORDE COSTAL IZQUIERDO DONDE SE LOCALIZA PROYECTIL, 4. HERIDA POR ARMA DE FUEGO CON ORIFICIO DE ENTRADA A NIVEL DEL REBORDE COSTAL IZQUIERDO SIN ORIFICIO DE SALIDA. 5. HERIDA POR DISPARO DE ARMA DE FUEGO CON ORIFICIO DE ENTRADA EN CARA ANTERIOR DE ANTEBRAZO IZQUIERDO Y ORIFICIO DE SALIDA EN CARA EXTERNA DEL MISMO. Heridas que presenta el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: FÉLIX CELESTINO ROMERO GUAIPO, según protocolo de autopsia N° 527/2004, realizado por la Dra. ESLEDIA BARROSO Medico Anatomopatólogo de la Medicatura Forense del Estado Anzoátegui. 1. HERIDA POR ARMA DE FUEGO CON ORIFICIO DE ENTRADA OVALADO EN REGIÓN TORÁCICA ANTERIOR DERECHA A NIVEL DEL 5to ESPACIO INTERCOSTAL DERECHO CON ORIFICIO DE SALIDA EN REGIÓN TORÁCICA POSTERIOR IZQUIERDA. 2. HERIDA POR ARMA DE FUEGO CON ORIFICIO DE ENTRADA EN LA REGIÓN TORÁCICA ANTERIOR DERECHA OVALADA CON ZONA RASANTE (SUPERFICIAL) ORIFICIO DE SALIDA EN LA REGIÓN TORÁCICA LATERAL DERECHO. 3. HERIDA POR ARMA DE FUEGO CON ORIFICIO DE ENTRADA EN REGIÓÍ> TORÁCICA ANTERIOR A NIVEL DEL 2 ESPACIO INTERCOSTAL CON LÍNE/ DE CLAVÍCULA EXTERNA ORIFICIO DE SALIDA REGIÓN TORÁCICA POSTERIOR IZQUIERDA (SUPRAESCAPULAR). 4. HERIDA POR ARMA DE FUEGO CON ORIFICIO DE ENTRADA EN REGIÓN TORÁCICA ANTERIOR LATERAL IZQUIERDO PASANDO POR EL 4to ESPACIO INTERCOSTAL CON LÍNEA AXILAR ANTERIOR CON ORIFICIO DE SALIDA REGIÓN TORÁCICA POSTERIOR A NIVEL PARAVERTEBRAL. 5. HERIDA POR DISPARO DE ARMA DE FUEGO CON ORIFICIO DE ENTRADA EN TERCIO SUPERIOR DE LA PIERNA IZQUIERDA, SIN ORIFICIO DE SALIDA. CONCLUSIONES: Vistos y analizados los elementos físicos de juicios aunados a nuestras apreciaciones Técnicas Balísticas, podemos establecer lo siguiente: 1.- Considerando las características de las heridas y la información reflejada en el correspondiente protocolo de autopsia N" 528/04. se puede inferir que estas fueron causadas por el paso de proyectil único disparado con arma de fuego. 2.- Tomando en cuenta las características del sitio del suceso, la ubicación y trayecto intraorganica de la herida que presento el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: NELSON ANTONIO MATA, signada con el numero uno (01), descrita en el correspondiente protocolo N° 528/04, se puede inferir que la víctima, para e! momento de recibir el impacto de proyectil único, se encuentra con su región anterior derecha expuesta al tirador. 3,- El tirador para el momento de efectuar los disparos, que ocasiona la herida que presento el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: NELSON ANTONIO MATA, signada con el numero uno (01) descrita en el correspondiente protocolo de autopsia N" 528/04, se encuentra ubicado hacia la región anterior derecha de la víctima, con el cañón del amia de fuego en dirección a la zona anatómica comprometida. 4. En relación a las características del sitio del suceso, la ubicación y trayecto intraorganica de las heridas que presento el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: NELSON ANTONIO MATA, signadas con el numero dos (02), tres (03) y cuatro (04), descritas en el correspondiente protocolo N" 528/04, se puede inferir que la víctima, para el momento de recibir el impacto de proyectil único, se encuentra con su región anterior expuesta al tirador. 5. El tirador para el momento de efectuar los disparos, que ocasionan las heridas que presento leí cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: NELSON ANTONIO MATA, signada con el numero dos (02). tres (03) y cuatro (04), descritas en el correspondiente protocolo de autopsia N° 528/04. se encuentra ubicado hacia la región anterior de la víctima, con el cañón del arma de fuego en dirección a la zona anatómica comprometida. 6.- Considerando las características y ubicación de los orificios de entrada que se reflejan en el correspondiente protocolo de autopsia N° 528/04 y tomando en cuenta que para el momento de realizar el presente informe, no se contó con el resultado de la experticia Química de las prendas de vestir. No se establece un índice de proximidad alguno. 7.- Considerando las características de las heridas y la información reflejada en el correspondiente protocolo de autopsia N° 530/04, se puede inferir que estas fueron causadas por el paso de proyectil único disparado con arma de fuego. 8. Tornando en cuenta las características del sitio del suceso, la ubicación y trayecto intraorganica de la heridas que presento el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: TEQUEZ PEÑA DE1V1, signada con el numero uno (01) y dos (02), descritas en el correspondiente protocolo N° 530/04, se puede inferir que la víctima, para el momento de recibir el impacto de proyectil único, se encuentra con su región anterior expuesta al tirador. 9. El tirador para el momento de efectuar los disparos, que ocasionan las heridas que presento el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: TEQUEZ PEÑA DEIVI, signada con el numero uno (01) y dos (02), descritas en el correspondiente protocolo de Autopsia N° 530/04. se encuentra ubicado hacia la región anterior de la víctima, con el cañón del arma de fuego en dirección a la zona anatómica comprometida. 10.- En relación a la ubicación y trayecto de la herida que presento el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: TEQUEZ PEÑA DEIVI, signada con el numero tres (03), descrita en el correspondiente protocolo N° 530/04, se puede inferir que la víctima, para el momento de recibir el impacto de proyectil único, se encuentra con su región lateral derecha expuesta al tirador. 11.- El tirador para el momento de efectuar el disparo, que ocasiona la herida que presento el cadáver de la persona quien en vicia respondiera al nombre de: TEQUEZ PEÑA DEIVI, signada con el numero tres (03) descrita en el correspondiente protocolo de autopsia N° 530/04, se encuentra ubicado hacia la región lateral derecha de la víctima, con el cañón del arma de fuego en dirección a la zona anatómica comprometida. 12. En la que concierne a las características del sitio del suceso, a la ubicación y trayecto de herida que presento el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: TEQUEZ PEÑA DEIVI, signada con el numero cuatro (04) descrita en el correspondiente protocolo N 530/04, se puede inferir que la víctima, para el momento de recibir el impacto de proyectil único se encuentra con su región posterior derecha expuesta al tirador. 13. El tirador para el momento de efectuar el disparo, que ocasiona la herida que presento el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: TEQUEZ PEÑA DEIVI, signada con el numero cuatro (04) descrita en el correspondiente protocolo de autopsia N° 530/04, se encuentra ubicado hacia la región posterior derecha de la víctima, con el cañón del arma de fuego en dirección a la zona anatómica comprometida. 14. Con relación a la herida signada con el número cinco (05) debido a que la miembro involucrado es de mucha movilidad, No se puede inferir sobre ubicación y posición lógica con respecto victima-victimario. 15. Considerando las características y ubicación del orificio de entrada que se refleja en el correspondiente protocolo de autopsia N° 530/04 y tomando en cuenta que para el momento de realizar el presente informe, no se contó con el resultado de la experticia Química de las prendas de vestir. No se establece un índice de proximidad alguno. 16. Considerando las características de las heridas y la información reflejada en el correspondiente protocolo de autopsia N° 527/04, se puede inferir que estas fueron causadas por el paso de proyectil único disparado con amia de fuego. 17. Tomando en cuenta las características del sitio del suceso, la ubicación y trayecto intraorganica de las heridas que presento el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: FÉLIX CELESTINO ROMERO GUAIPO, signadas con el numero uno (01) y tres (03), descritas en el correspondiente protocolo N° 527/04, se puede inferir que la víctima, para el momento de recibir el impacto de proyectil único se encuentra con su región anterior derecha expuesta al tirador. 18. El tirador para el momento de efectuar los disparos, que ocasionan las heridas que presento v el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: FÉLIX CELESTINO ROMERO GUAIPO, signada con el numero uno (01) y tres (03), descritas en el correspondiente protocolo de autopsia N° 527/04, se encuentra ubicado hacia la región anterior derecha de la víctima, con el cañón del arma de fuego en dirección a la zona anatómica comprometida. 19. Considerando las características del sitio del suceso, la ubicación y particularidades de la herida (superficial) que presento el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre cíe: FÉLIX CELESTINO ROMERO GUAIPO, signada con el numero dos (02), descrita en el correspondiente protocolo N° 527/04, se puede inferir que la víctima, para el momento de recibir el impacto de proyectil único se encuentra con su región anterior expuesta al tirador. 20. El tirador para el momento de efectuar el disparo, que ocasiona la herida que presento el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: FÉLIX CELESTINO ROMERO GUAIPO, signada, con el numero dos (02), descrita en el correspondiente protocolo de autopsia N° 527/04, se encuentra ubicado hacia la región anterior de la víctima, con el cañón del arma de fuego en dirección a la zona anatómica comprometida. 21. En relación a las características del sitio del suceso, la ubicación y trayecto intraorganica de la herida que presento el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: FÉLIX CELESTINO ROMERO GUAIPO, signada con el numero cuatro (04), descrita en el correspondiente protocolo N° 527/04. se puede inferir que la víctima, para el momento de recibir el impacto de proyectil único se encuentra con su región anterior izquierda expuesta al tirador. 20. El tirador para el momento de efectuar los disparos, que ocasiona la herida que presento el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: FÉLIX CELESTINO ROMERO GUA1PO, signada con el numero cuatro (04), descrita en el correspondiente protocolo de autopsia N° 527/04, se encuentra ubicado hacia la región anterior izquierda de la víctima, con el cañón del anua de fuego en dirección a la zona anatómica comprometida. 23.- En relación a las características del sitio del suceso, la ubicación y trayecto de la herida que presento el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: FÉLIX CELESTINO ROMERO GUAIPO, signada con el número cinco (05) descrita en el correspondiente protocolo N° 527/04, aunado a que el miembro involucrado es de cierta movilidad, se puede inferir que la víctima, para el momento de recibir el impacto de proyectil único se encuentra con su región anterior expuesta al tirador. 24.- El tirador para el momento de efectuar el disparo, que ocasiona la herida que presento el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: FÉLIX CELESTINO ROMERO GUAIPO, signada con el numero cuatro (05), descrita en el correspondiente protocolo de autopsia N° 527/04 se encuentra ubicado hacia la región anterior de la víctima, con el cañón del arma de fuego en dirección a la zona anatómica comprometida. 25.- Considerando las características y ubicación del orificio de entrada que se refleja en el correspondiente protocolo de autopsia N° 527/04 y tomando en cuenta que para el momento de realizar el presente informe, no se contó con el resultado de la experticia Química de las prendas de vestir, No se establece un índice de proximidad alguno.-
ALCANCE A LA EXPERTICIA DE TRAYECTORIA BALÍSTICA N° 9700-192-902, de fecha 09/07/2009, emanada del Departamento de Criminalística Anzoátegui, Área de Análisis y reconstrucción de Hechos, la cual se transcribe a continuación; “….Informe que presenta el funcionario Detective LUIS DECENA, designado para establecer Trayectoria Balística, en el caso relacionado con el expediente N" G-727.679. Rindo a usted, el presente informe pericial para los fines legales que juzgue pertinentes. De conformidad con el pedimento solicitado según Oficio Nro. 1433, de fecha 18-05-09, se procede a realizar el traslado al sitio de suceso el cual es efectuado en compañía de funcionarios perteneciente a la Sub-Delegación de Barcelona, lugar ubicado en la siguiente dirección: Vía de Cruz Verde, Sector Invasiones de Moya Meneses, Barcelona, Estado Anzoátegui. I.- DE INTERÉS CRIMINALISTICO; A.- INSPECCIÓN N° 1125, DE FECHA30 DE JULIO DEL 2009: "Trátese de un sitio de suceso denominado Abierto, correspondiente a una extensión de terreno, ubicado en la mencionada dirección, totalmente descubierto, amplio. ...apreciándose escombros y variedad de árboles y plantas silvestres, y suelo natural, se hizo una búsqueda minuciosa, localizándose un arma de fuego tipo revolver, a una distancia de diez centímetros en relación al revolver se localiza otra del tipo escopeta, continuando, se localiza el cuerpo sin signos vitales de una persona del sexo masculino en posición decúbito ventral presentando sus brazos extendidos en sentido Este y la piernas semi-extendidas en sentido Oeste- B.- UBICACIÓN DE IMPACTOS U ORIFICIOS: Realizado un minucioso rastreo por todas las área del sitio del suceso, no se localizaron elementos físicos de juicio, tales como impactos u orificios sobre objetos fijos o móviles que presenten características de permitan inferir fueron ocasionado por el paso o choque de proyectiles disparados con arma de fuego. C- EXPERTICIA DE COMPARACIÓN BALÍSTICA N° 818, DE FECHA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009, ELABORADA POR EL FUNCIONARIO EXPERTO LUIGI SALCEDO: DESCRIPCIÓN DE LA EVIDENCIAS SUMINISTRADAS: 1.- Dos (02) armas de fuego, tipo revolver, marca Smith & Wesson, calibre ,38 Special, Modelo 10-5, fabricado en USA, serial: D860420". D.- EXPERTICIA DE COMPARACIÓN BALÍSTICA N° 819, DE FECHA 29 DE DEL AÑO 2009, ELABORADA POR EL FUNCIONARIO EXPERTO LUIGI SALCEDO: DE LAS EVIDENCIAS SUMINISTRADAS: 3.- UN (01) PROYECTIL,...CALIBRE .38 Special,... extraído del cadáver de FÉLIX ROMERO... CONCLUSIONES: 2.- I.- El proyectil suministrado como extraído del cadáver de FÉLIX ROMERO y descrito en el numeral "3" del presente informe fue disparado por el arma de fuego, tipo revolver, marca Smith & Wesson, calibre ,38 Special. Modelo 10-5, serial: “D360420", descrita en el numeral "1" de la experticia de comparación balística 9700-192-818, de fecha 28-09-2009.". II.-ELEMENTOS DE CARÁCTER LEGAL: Heridas que presenta el cadáver de la persona quien en vida respondiera al hombre de: NELSON ANTONIO MATA, según protocolo de autopsia N° 528/2004, realizado por la Dra. ESLEDIA BARROSO Medico Anatomopatólogo de la Medicatura Forense del Estado Anzoátegui.- 1. HERIDA POR ARMA DE FUEGO CON ORIFICIO DE ENTRADA CIRCULAR EN LA REGIÓN TORÁCICA ANTERIOR DERECHA A NIVEL DEL 5to ESPACIO INTERCOSTAL DERECHO CON LÍNEA MEDIA CLAVICULAR SIN ORIFICIO DE SALIDA, 2. HERIDA POR ARMA DE FUEGO CON ORIFICIO DE ENTRADA CIRCULAR EN LA REGIÓN TORÁCICA ANTERIOR DERECHA A NIVEL DEL 5to ESPACIO INTERCOSTAL DERECHO CON LÍNEA AXILAR ANTERIOR CON ORIFICIO DE SALIDA EN REGIÓN TORÁCICA POSTERIOR DERECHA. 3, HERIDA POR ARMA DE FUEGO CON ORIFICIO DE ENTRADA CIRCULAR EN LA REGIÓN LATERAL DERECHA 7mo ESPACIO INTERCOSTAL DERECHO CON LÍNEA AXILAR MEDIA CON ORIFICIO DE SALIDA EN REGIÓN TORÁCICA POSTERIOR DERECHA. 4. HERIDA POR ARMA DE FUEGO CON ORIFICIO DE ENTRADA A NIVEL DEL REBORDE COSTAL IZQUIERDO SIN ORIFICIO DE SALIDA. Heridas que presenta el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: TEQUEZ PEÑA, protocolo de autopsia N° 530/2004, realizado por la Dra. ESLEDIA BARROSO Medico Anatomopatólogo de la Medicatura Forense del Estado Anzoátegui. 1, HERIDA POR ARMA DE FUEGO CON ORIFICIO DE ENTRADA EN LA REGIÓN TORÁCICA ANTERIOR IZQUIERDA (3 ESPACIO INTERCOSTAL IZQUIERDO CON LÍNEA MEDIO CLAVICULAR) Y ORIFICIO DE SALIDA EN REGIÓN TORÁCICA POSTERIOR IZQUIERDA (ÍNTER ESCAPULAR. Trayecto Intraorgánico: De Adelante hacia Atrás Ligeramente Descendente En línea Recta. 2. HERIDA POR ARMA DE FUEGO CON ORIFICIO DE ENTRADA EN LA REGIÓN TORÁCICA ANTERIOR A NIVEL DEL ESTERNAL MEDIO (APÉNDICE XIFOIDES) CON ORIFICIO DE SALIDA EN LA REGIÓN TORÁCICA POSTERIOR PARA VERTEBRAL IZQUIERDA. Trayecto Intraorgánico; De Adelante hacía Atrás En línea Recta. 3. HERIDA POR ARMA DE FUEGO CON ORIFICIO DE ENTRADA EN REBORDE COSTAL DERECHO SIN ORIFICIO DE SALIDA (SUPERFICIAL) PASA POR PLANOS MÚSCULOS APONEURÓTICOS DEL REBORDE COSTAL DERECHO AL REBORDE COSTAL IZQUIERDO DONDE SE LOCALIZA PROYECTIL. 4. HERIDA POR ARMA DE FUEGO CON ORIFICIO DE ENTRADA A NIVEL DEL COSTAL IZQUIERDO SIN ORIFICIO DE SALIDA. 5. HERIDA POR DISPARO DE ARMA DE FUEGO CON ORIFICIO DE ENTRADA EN CARA ANTERIOR DE ANTEBRAZO IZQUIERDO Y ORIFICIO DE SALIDA EN CARA EXTERNA DEL MISMO. Heridas que presenta el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: FÉLIX CELESTINO ROMERO GUAIPO, según protocolo de autopsia N° 527/2004, realizado por la Dra. ESLEIDA BARROSO, Medico Anatomopatólogo de la Medicatura Forense del Estado Anzoátegui. 1. HERIDA POR ARMA DE FUEGO CON ORIFICIO DE ENTRADA OVALADO EN REGIÓN TORÁCICA ANTERIOR DERECHA A NIVEL DEL 5to ESPACIO INTERCOSTAL DERECHO CON ORIFICIO DE SALIDA EN REGIÓN TORÁCICA POSTERIOR IZQUIERDA. 2.- HERIDA POR ARMA DE FUEGO CON ORIFICIO DE ENTRADA EN LA REGIÓN TORÁCICA ANTERIOR DERECHA OVALADA CON ZONA RASANTE (SUPERFICIAL) ORIFICIO DE SALIDA EN LA REGIÓN TORÁCICA LATERAL DERECHO. 3. HERIDA POR ARMA DE FUEGO CON ORIFICIO DE ENTRADA EN REGIÓN TORÁCICA ANTERIOR A NIVEL DEL 2 ESPACIO INTERCOSTAL CON LÍNEA DE CLAVÍCULA EXTERNA ORIFICIO DE SALIDA REGIÓN TORÁCICA POSTERIOR IZQUIERDA (SUPRAESCAPULAR). 4. HERIDA POR ARMA DE FUEGO CON ORIFICIO DE ENTRADA EN REGIÓN TORÁCICA ANTERIOR LATERAL IZQUIERDO PASANDO POR EL 4to ESPACIO INTERCOSTAL CON LÍNEA AXILAR ANTERIOR CON ORIFICIO DE SALIDA REGIÓN TORÁCICA POSTERIOR A NIVEL PARA VERTEBRAL. 5. HERIDA POR DISPARO DE ARMA DE FUEGO CON ORIFICIO DE ENTRADA EN TERCIO SUPERIOR DE LA PIERNA IZQUIERDA, SIN ORIFICIO DE SALIDA. CONCLUSIONES: Vistos y analizados los elementos físicos de juicios aunados a nuestras apreciaciones Técnicas Balísticas, podemos establecer lo siguiente: 1.-Considerando las características de las heridas y la información reflejada en el correspondiente protocolo de autopsia N° 528/04 se puede inferir que estas fueron causadas por el paso de proyectil único disparado con amia de fuego. 2.- Tomando en cuenta las características del sitio del suceso, la ubicación y trayecto intra-orgánica de la herida que presento el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: NELSON ANTONIO MATA, signada con el numero uno (01). descrita en el correspondiente protocolo N° 528/04. se puede inferir que la victima, para el momento de recibir el impacto de proyectil único, se encuentra con su región anterior derecha expuesta al tirador. 3.- El tirador para el momento de efectuar los disparos, que ocasiona la herida que presento el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: NELSON ANTONIO MATA, signada con el numero uno (01) descrita en el correspondiente protocolo de autopsia N° 528/04, se encuentra ubicado hacia la región anterior derecha de la victima, con el cañón del arma de fuego en dirección a la zona anatómica comprometida. 4.- En relación a las características del sitio del suceso, la ubicación y trayecto intra-orgánica de las heridas que presento el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: NELSON ANTONIO MATA, signadas con el numero dos (02), tres (03) y cuatro (04), descritas en el correspondiente protocolo N° 528/04. se puede inferir que la victima, para el momento de recibir el impacto cíe proyectil único, se encuentra con su región anterior expuesta al tirador. 5.- El tirador para el momento de efectuar los disparos, que ocasionan las heridas que presento el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: NELSON ANTONIO MATA, signada con el numero dos (02) tres (03) y cuatro (04), descritas en el correspondiente protocolo de autopsia N° 528/04, se encuentra ubicado hacia la región anterior de la victima, con el cañón del anua de fuego en dirección a la zona anatómica comprometida. 6.- Considerando las características y ubicación de los orificios de entrada que se reflejan en el correspondiente protocolo de autopsia N° 528/04 y tomando en cuenta que para el momento de realizar el presente informe, no se contó con el resultado de la experticia Química de las prendas de vestir. No se establece un índice de proximidad alguno. 7.- Considerando las características de las heridas y la información reflejada en el correspondiente protocolo de autopsia N° 530/04, se puede inferir que estas fueron causadas por el paso de proyectil único disparado con arma de fuego. 8.- Tomando en cuenta las características del sitio del suceso, la ubicación y trayecto intra-orgánica de la heridas que presento el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: TEQUEZ PEÑA DEIVI, signada con el numero uno (01) y dos (02), descritas en el correspondiente protocolo N° 530/04, se puede inferir que la victima, para el momento de recibir el impacto de proyectil único, se encuentra con su región anterior expuesta al tirador. 9.- El tirador para el momento de efectuar los disparos, que ocasionan las heridas que presento el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: TEQUEZ PENA DEIVI, signada con el numero uno (01) y dos (02) descritas en el correspondiente protocolo de N" 530/04, se encuentra ubicado hacia la región anterior cíe la victima, con el cañón del arma de niego en dirección a la zona anatómica comprometida. 10.- En relación a la ubicación y trayecto de la herida que presento el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: TEQUEZ PEÑA DEIVI, signada con el numero tres (03), descrita en el correspondiente protocolo N° 530/04, se puede inferir la victima, para el momento de recibir el impacto de proyectil único, se encuentra con su región lateral derecha expuesta al tirador, 11.- El tirador para el momento cíe efectuar el disparo, que ocasiona la herida que presento el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: TEQUEZ PEÑA DEIVI, signada con el numero tres (03), descrita en el correspondiente protocolo de autopsia N" 530/04, se encuentra ubicado hacia la región lateral derecha de la victima, con el cañón del arma de fuego en dirección a la zona anatómica comprometida. 12.- En la que concierne a las características del sitio del suceso, a la ubicación y trayecto de la, herida que presento el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: TEQUEZ PEÑA DEIVI, signada con el numero cuatro (04), descrita en el correspondiente protocolo N° 530/04, se puede inferir que la victima, para el momento de recibir el impacto de proyectil único se encuentra con su región posterior derecha expuesta al tirador. 13.- El tirador para el momento de efectuar el disparo, que ocasiona la herida que presento el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de; TEQUEZ PEÑA DEIVI, signada con el numero cuatro (04), descrita en el correspondiente protocolo de autopsia N" 530/04, se encuentra ubicado hacia la región posterior derecha de la victima, con el cañón del arma de fuego en dirección a la zona anatómica comprometida. 14.- Con relación a la herida signada con el numero cinco (05), debido a que la miembro involucrado es de mucha movilidad. No se puede inferir sobre ubicación y posición lógica con respecto victima-victimario. 15.- Considerando las características y ubicación del orificio de entrada que se refleja en el correspondiente protocolo de autopsia N° 530/04 y tomando en cuenta que para el momento de realizar el presente informe, no se contó con el resultado de la experticia Química de las prendas de vestir. No se establece un índice de proximidad alguno. 16.- Considerando las características de las heridas y la información reflejada en el correspondiente protocolo de autopsia Nº 527/04, se puede inferir que fueron causadas por el paso de proyectil único disparado con arma cíe fuego. 17.- Tomando en cuenta las características del sitio del suceso, la ubicación y trayecto intra-orgánica de las heridas que presento el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: FÉLIX ROMERO GUAIPO, signadas con el numero uno (01) y tres (03), descritas en el correspondiente protocolo N° 527/04, se puede inferir que la victima, para el momento de recibir el impacto de proyectil único se encuentra con su región anterior derecha expuesta al tirador. 18.- El tirador para el momento de efectuar los disparos, que ocasionan las heridas que presento el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: FÉLIX CELESTINO ROMERO GUAIPO, signada con el numero uno (01) y tres (03), descritas en el correspondiente protocolo de autopsia N° 527/04, se encuentra ubicado hacia la región anterior derecha de la victima, con el cañón del arma de niego en dirección a la zona anatómica comprometida. 19.- Considerando las características del sitio del suceso, la ubicación y particularidades de la herida (superficial) que presento el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: FÉLIX CELESTINO ROMERO GUAIPO, signada con el numero dos (02), descrita en el correspondiente protocolo N° 527/04, se puede inferir que la victima, para el momento de recibir el impacto de proyectil único se encuentra con su región anterior expuesta al tirador. 20.- El tirador para el momento de efectuar el disparo, que ocasiona la herida que presento el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: FÉLIX CELESTINO ROMERO GUAIPO, signada con el numero dos (02), descrita en el correspondiente protocolo de autopsia N" 527/04, se encuentra ubicado hacia la región anterior de la victima, con el cañón del arma de niego en dirección a la zona anatómica comprometida. 21.- En relación a las características del sitio del suceso, la ubicación y trayecto intraorganico de la herida que presento el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: FÉLIX CELESTINO ROMERO GUAIPO, signada con el numero cuatro (04), descrita en el correspondiente protocolo N° 527/04, se puede inferir que la victima, para el momento de recibir el impacto de proyectil único se encuentra con su región anterior izquierda expuesta al tirador. 22.- El tirador para el momento de efectuar los disparos, que ocasiona la herida que presento el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: FÉLIX CELESTINO ROMERO GUAIPO, signada con el numero cuatro (04), descrita en el correspondiente protocolo de autopsia N° 527/04, se encuentra ubicado hacia la región anterior izquierda de la victima, con el cañón del amia de fuego en dirección a la zona anatómica comprometida. 23.- En relación a las características del sitio del suceso, la ubicación y trayecto de la herida que presento el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: FÉLIX CELESTINO ROMERO GUAIPO, signada con el numero cinco (05), descrita en el correspondiente protocolo Nº 527/04, aunado a que el miembro involucrado es de cierta movilidad, se puede inferir que la victima, para el momento de recibir el impacto de proyectil único se encuentra con su región anterior expuesta al tirador. 24.- Tomando en consideración las conclusiones de las experticias de comparación Balísticas N° 81 8 y 819 arriba citadas, se infiere que el tirador para el momento cíe efectuar el disparo, que ocasiona la herida que presento el cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de: FÉLIX CELESTINO ROMERO GUAIPO, signada con el numero cuatro (05). Descrita en el correspondiente protocolo de autopsia N° 527/04, se encuentra ubicado hacia la región anterior de la victima, con el cañón del arma de fuego tipo revolver, marca SMith & Wesson calibre .38 Special. Modelo 10-5. Serial; "D860420", en dirección a la zona anatómica comprometida. 25.- Considerando las características y ubicación del orificio de entrada que se refleja en el correspondiente protocolo de autopsia N° 527/04 y tomando en cuenta que para el momento de realizar el presente informe, no se contó con el resultado de la experticia Química de las prendas de vestir. No se establece un índice de proximidad alguno.-
EXPERTICIA DE COMPARACIÓN BALÍSTICA SIGNADA CON EL NUMERO 9700-192-81 8, de fecha 28/09/2009, emanada del Departamento de Criminalística Anzoátegui, Área de Análisis y reconstrucción de Hechos, la cual se transcribe a continuación; “….El suscrito: LUIGI SALCEDO, Credencial: 29.648, Experto en Balística, designado para practicar Experticia de Reconocimiento Técnico, a las siguientes evidencias: TRES (03) ARMAS DE FUEGO, suministradas por el instituto Autónomo de la Policía del Estado Anzoátegui , según Oficio N° 1609/09, de fecha 29/06/2.009, caso relacionado con las Actas Procesales N° 03-F19-399-04; H-727.679. DESCRIPCIÓN DE LAS EVIDENCIAS SUMINISTRADAS: 1.- Dos (02) armas de Fuego, tipo REVÓLVER, marca SMITH & WESSON, calibre .38 Special, modelo 10-5, fabricado en USA, de acabado superficial pavón negro con desgaste y signos evidentes de oxidación, poseen un cañón con una longitud de 101 milímetros, 9 milímetros de diámetro interno, con cinco (05) campos y cinco (05) estrías, dextrógiro, es decir, hacia la derecha, presentan las empuñaduras, una cubierta por dos (02) piezas elaboradas con madera, la otra cubierta por dos (02) piezas elaboradas con material sintético, ambas de color marrón unidas a través de un tornillo, sus carga se efectúan a través de una nuez volcable de seis (06) recamaras. Mecanismos de accionamiento: simple y doble acción. Conjunto de mira: alza labrada y guión fijo. Serial de orden: "251049"; "D860420", ubicados en el aro metálico de la empuñadura. Presentan en el puente móvil los dígitos "624" y "15820", respectivamente. 2.-Un (01) arma de Fuego, tipo REVÓLVER, marca SMITH & WESSON, calibre .38 Special, modelo 10-8, fabricado en USA., de acabado superficial pavón negro con desgaste, posee un cañón con una longitud de 104 milímetros, 9 milímetros de diámetro interno, con cinco (05) campos y cinco (05) estrías, dextrógiro, es decir, hacia la derecha, presenta la empuñadura, cubierta por dos (02) piezas elaboradas con madera, de color marrón unidas a través de un tornillo, su carga se efectúa a través de una nuez volcable de seis (06) recamaras. Mecanismos de accionamiento: simple y doble acción. Conjunto de mira: alza labrada y guión fijo. Serial de orden: "3D74630", ubicado en el aro metálico de la empuñadura. Presenta en el puente móvil los dígitos "138". PERITACIÓN: Examinado los mecanismos de las armas de fuego descritas en el texto de este informe, se constató que para el momento de realizar la presente Experticia, se encuentran en buen estado de funcionamiento. CONCLUSIÓN: 1.- Con las armas de fuego descritas en el texto del presente informe se realizaron disparos de prueba, los cuales quedan depositados en este Departamento para futuras comparaciones. De esta manera doy por concluidas las actuaciones periciales. Consignando el presente informe constante de dos (02) folios útiles. Las armas de fuego se devuelven al Instituto Autónomo de la Policía del Estado Anzoátegui, previo traslado de comisión de ese Instituto.-
EXPERTICIA DE COMPARACIÓN BALÍSTICA SIGNADA BAJO EL NUMERO 9700-192-819, de fecha 29/09/2009, emanada del Departamento de Criminalística Anzoátegui, Área de Análisis y reconstrucción de Hechos, la cual se transcribe a continuación; “….El suscrito: LUIGI SALCEDO, Credencial: 29.648, Experto en Balística, designado para practicar Experticia de Reconocimiento Técnico y Comparación Balística, a las siguientes evidencias: TRES (03) PROYECTILES, suministrados por la citada Fiscalía, según Oficio N° ANZ-F19-1851-2009, de fecha 29/06/2.009, caso relacionado con las Actas Procesales N° 03-F19-399-04: H-727.679. DESCRIPCIÓN DE LAS EVIDENCIAS SUMINISTRADAS: 1.- Un (01} proyectil, perteneciente a una de las partes que componen el cuerpo de bala, calibre .38 Special; de estructura raso de plomo, de forma cilindro ojival, con 10,3 gramos de masa. Es de citar que el mismo es suministrado como extraído del cadáver de DEIVI TEQUEZ PEÑA, según indica oficio de remisión. 2.- Un (01) proyectil, perteneciente a una de las partes que componen el cuerpo de bala, de estructura blindada, originalmente de forma cilindro ojival, presentando deformación y pérdida de material en su vértice, cuerpo y base, con 7,3 gramos de masa. Debido al estado en que se encuentra no se puede determinar su calibre. Es de citar que el mismo es suministrado como extraído del cadáver de DEIVI TEQUEZ PEÑA, según indica oficio de remisión. 3.- Un (01) proyectil, perteneciente a una de las partes que componen el cuerpo de bala, calibre .38 Special; de estructura blindada, originalmente de forma cilindro ojival, presentando deformación en su vértice y cuerpo, con 10,1 gramos de masa. Es de citar que el mismo es suministrado como extraído del cadáver de FÉLIX ROMERO, según indica oficio de remisión. PERITACIÓN: Examinados los proyectiles suministrados como incriminado en un minucioso y exhaustivo examen a través de un Microscopio de comparación Balística, se determinó que: Los descritos en los numerales "1" y "3° presentan características procesables tales como: cinco (05) huellas de campos y cinco (05) huellas de estrías, dextrógiro, es decir a la derecha, originadas al pasar por el ánima del cañón de las armas de fuego que los disparó, dichas características me permiten identificarlos e individualizarlos con respecto a dichas armas de fuego. El proyectil restante presenta parcialmente, dos (02) huellas de campos y dos (02) huellas de estrías, huella de estrías, con rayado terciario, dichas características NO me permiten identificarlo e individualizarlo con respecto a dicha arma de fuego. A fin de establecer si los proyectiles .38 Special, suministrados como incriminados y descritos en el presente informe, fueron o no disparados por algunas de la armas de fuego suministradas según Oficio 1609/09, de fecha 29-06-2.009, objeto de la experticia de Comparación Balísticas 9700-192-818, de fecha 28-09-2.009, se hizo necesario buscar en los archivo, los disparos de pruebas efectuados por las mismas, las cuales, junto con los descritos en e! presente informe, fueron sometidos entre sí a un minucioso y exhaustivo examen a través de un Microscopio de Comparación Balística, dando como resultado lo que indicare en las conclusiones. CONCLUSIONES: 1.- El proyectil suministrado como extraídos del cadáver de DEIVI TEQUEZ PEÑA y descrito en el numeral "1" del presente informe, fue disparado por el arma de Fuego, tipo REVÓLVER, marca SMITH & WESSON, calibre .38 Special, modelo 10-5, serial: "251049", descrita en el numeral "1" de la experticia de Comparación Balísticas 8700-192-818, de fecha 28-09-2009. 2.- El proyectil suministrado como extraído del cadáver de FÉLIX ROMERO y descrito en el numeral "3" del presente informe, fue disparado por el arma de Fuego, tipo REVÓLVER, marca SMITH & WESSON, calibre .38 Special, modelo 10-5, serial: "D86042Q", descrita en el numeral "1" de la experticia de Comparación Balísticas 9700-192-818, de fecha 28-09-2009. De esta manera doy por concluidas las actuaciones periciales. Consignando el presente informe constante de dos (02) folios útiles. Se devuelven los proyectiles descritos en este informe a esa Fiscalía previo traslado de comisión de ese-Despacho.
Por lo que resulta acreditada la existencia de un hecho punible de acción pública que merece pena privativa de libertad y cuya acción penal no está evidentemente prescrita, así como suficientes elementos de convicción para estimar que el ciudadano FRANKLIN RAFAEL MILLAN, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14-617.107; se encuentra incurso en los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO, POR HABERLO COMETIDO POR MOTIVOS INNOBLES EN GRADO DE AUTOR MATERIAL, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1ero del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de TEGUEZ PEÑA DEIVI, HOMICIDIO CALIFICADO, POR HABERLO COMETIDO POR MOTIVOS INNOBLES EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1ero, en relación con el artículo 83, ambos del Código Penal, en perjuicio de NELSON MAITA MATA MARTINEZ y FELIX CELESTINO ROMERO GUAIPO, USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 281 del Código Penal y SIMULACION DE HECHO PUNIBLE, previsto y sancionado en el articulo 239 del Código Penal, en consecuencia, considera este Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, por encontrarse de guardia DECRETA ORDEN DE APREHENSION en contra del ciudadano FRANKLIN RAFAEL MILLAN. Y ASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, por encontrarse de Guardia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del ciudadano FRANKLIN RAFAEL MILLAN, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.617.107, de estado civil soltero, residenciado en Urbanización Camino Nuevo, Vereda 07, Casa Nº 11, Barcelona, Estado Anzoátegui; por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO, POR HABERLO COMETIDO POR MOTIVOS INNOBLES EN GRADO DE AUTOR MATERIAL, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1ero del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de TEGUEZ PEÑA DEIVI, HOMICIDIO CALIFICADO, POR HABERLO COMETIDO POR MOTIVOS INNOBLES EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1ero, en relación con el artículo 83, ambos del Código Penal, en perjuicio de NELSON MAITA MATA MARTINEZ y FELIX CELESTINO ROMERO GUAIPO, USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 281 del Código Penal y SIMULACION DE HECHO PUNIBLE, previsto y sancionado en el articulo 239 del Código Penal, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese orden de captura y oficio correspondiente al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Puerto la Cruz, con el objeto de que practiquen la captura del referido ciudadano y una vez dado estricto cumplimiento y lograda la captura del mismo, se servirán dejarlo recluido en la Comandancia General de la Policía del Estado Anzoátegui, a la orden de este Tribunal, a quién se permitirá notificar con carácter URGENTE. Cúmplase.
LA JUEZ DE CONTROL Nº 04 (GUARDIA),
DRA. MARIA CARABALLO ESPAÑOL
LA SECRETARIA DE GUARDIA,
ABG. SUYIN LOPEZ DE MORILLO