REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de noviembre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: BP02-V-2006-002444

Vista la anterior diligencia, suscrita por el abogado en ejercicio JOSE ANGEL FIGUERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.499, en su carácter de Apoderado Judicial de la demandada, mediante la cual desiste de la prueba de informe, dirigida al Director de la Oficina Regional de la Energía Eléctrica; este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO, en la misma forma, términos y condiciones expresados en dicha diligencia. Cúmplase.
El Juez Temporal,

Alfredo José Peña Ramos
La secretaria,

Judith Moreno Sabino






Aura H.-