REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez de noviembre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: BP02-S-2008-004224
Vista la solicitud de Titulo Supletorio que antecede presentada por el ciudadano CARLOS JOSE RONDON MARCHAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 8.342.317, y de este domicilio, asistido por el abogado ALEXIS PEREIRA PEREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 82.713, mediante la cual solicita Título suficiente de propiedad sobre un vehículo automotor, PLACAS: BAR337, SERIAL DE CARROCERIA: AJF37W25100, MARCA: Ford, MODELO; 350, AÑO: 1.980, COLOR: VERDE; TIPO: CAMION CON PLATAFORMA; USO: CARGA.-
Visto igualmente, las resultas del oficio que le fuera remitido por éste Juzgado al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, delegación Barcelona Estado Anzoátegui, mediante el cual manifiesta que el vehículo sobre el cual se solicita título suficiente de propiedad, anteriormente descrito, no presenta solicitud alguna por ante esa institución hasta la presente fecha; y vistas asimismo, las declaraciones de los testigos ciudadanos LUIS CARLOS HERNANDEZX MENDOZA y YIRVINS LUIS GUARAMAIMA REYES, identificados en sus declaraciones de fecha 04 de Noviembre de 2.009, quienes quedaron contestes en afirmar todas y cada uno de sus partes, a lo que se refiere dicha solicitud; este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara bastantes y suficientes dichas actuaciones, para asegurarle al ciudadano CARLOS JOSE RONDON MARCHAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 8.342.317, sus derechos de propiedad sobre un vehículo automotor PLACAS: BAR337, SERIAL DE CARROCERIA: AJF37W25100, MARCA: Ford, MODELO; 350, AÑO: 1.980, COLOR: VERDE; TIPO: CAMION CON PLATAFORMA; USO: CARGA.- Se devuelven estas actuaciones en originales con sus resultas al interesado, déjese copia de la solicitud y nota libro diario.-
La Juez Provisoria,

Abg. Adamay Payares Romero.-
El Secretario Acc.,

Abg. Jairo Daniel Villarroel.-

APR/jafl