REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, nueve de noviembre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: BP02-S-2005-004033
Vista la solicitud de Titulo Supletorio que antecede presentada por el ciudadano CRUZ MONTANA DIAZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.173.485, de este domicilio, asistido por la abogada ALBANGELICA CARAGUICHE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 94.608, mediante la cual solicita Título suficiente de propiedad a su favor, sobre unas bienhechurías enclavadas en una parcela de terreno Rural del Instituto Nacional de Tierras, con una superficie de aproximadamente Siete (7) metros de ancho por Ocho Metros (8 Mts) de Largo, ubicado en el Sector La Cuesta, Parroquia Bergantín, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui.-
Visto igualmente las resultas del oficio Nro G.G.A.J/C.T 0281, de fecha 07 de Septiembre de 2.009, emanado de la Coordinadora Integral de Tierras de la Procuraduría General de la Republica en el cual señalan que la tramitación de autorización para expedir y protocolizar el Titulo Supletorio quedo sin efecto por cuanto los familiares del solicitante manifestaron que el ciudadano Cruz Montana Díaz, falleció el día 11de Septiembre de 2.006, según acta de Defunción expedida por el Registro Civil del Municipio Simón Bolívar del estado Anzoátegui, anotada bajo el Nº 688 de fecha 19 de octubre de 2.006, es por lo que este Tribunal NIEGA, expedir el presente TITULO SUPLETORIO presentado por el ciudadano CRUZ MONTANA DIAZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.173.485.- Así se decide
La Juez Provisoria,


Abg. Adamay Payares Romero
El Secretario Acc.,


Abg. Jairo Daniel Villarroel.-
APR/jafl