REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinte de noviembre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: BP02-S-2009-004581
MONTO: Bs. F 47.315,32

SENTENCIA


Vista la TRANSACCION suscrita por el ciudadano GENNIS DEL VALLE GARCIA REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 8.317.476, debidamente asistido por el abogado DENIS CUECHE, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 128.949, por una parte y por la otra, la empresa ORGAR CORPORACION C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 21 de Diciembre del 2004, bajo el No. 14, Tomo A-36, representada por la abogado MARIA EMILIA GUERRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 125.031, en su carácter de apoderada judicial de la misma, según documento poder que riela a los autos; este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha TRANSACCION, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 11 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y se da por terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Asimismo se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas que se soliciten. Dada, firmada, sellada y refrendada, a los veinte (20) días del mes de Noviembre del dos mil nueve (2009).
El Juez,


Abg. Ángel G. Parra


La Secretaria,

Abg. Romina Vacca
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión. Conste.
La Secretaria,


Abg. Romina Vacca