REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez (10) de noviembre de dos mil nueve (2009)
199º y 150º

ASUNTO: BP02-S-2009-004510
MONTO DE LA TRANSACCIÓN: Bs. 3.213,09
Vista la solicitud de transacción recibida en fecha 09 de noviembre de 2009, la cual fue suscrita por la ciudadana SUSAN ALEXANDRA UVA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 16.054.176, debidamente asistida por el abogado en ejercicio SANCHO FIGUERA inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 106.461, por una parte y por la otra, el Abogado JESUS TAMARA, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 113.697 en su condición de Representante Judicial de la empresa AVIOR AIRLINES C.A., ahora bien, las partes plenamente facultados solicitan se homologue la presente transacción, este tribunal visto que la misma es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea, expresada por las partes y no es contraria a derecho; este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, les imparte la Homologación correspondientes, otorgándoles el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, su Reglamento y la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Asimismo, se da por terminada la presente causa. Así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada, sellada y refrendada en la sede del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a los diez (10) días del mes de noviembre de dos mil nueve (2009). Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación. Cúmplase.
El Juez,


Abg. Sergio Millán Charles

La Secretaria,

Abg. Elaine Quijada.
En esta misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo las 01:39 p.m. Conste.
La Secretaria,

Abg. Elaine Quijada.