REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, seis (06) de noviembre de dos mil nueve (2009)
199º y 150º

ASUNTO: BP02-L-2009-000825

Visto el desistimiento del procedimiento de calificación de despido, planteado en fecha 04 del mes y año en curso, por el accionante ciudadano FRANKLIN RAFAEL PATIÑO DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. 9.274.996, que intentare contra la empresa TRANSPORTE DE VALORES VISITECA, C.A., este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, con vista a lo antes expuesto por el demandante, en nombre de la República y por autoridad de la ley da por consumado el desistimiento hecho y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables laborales, ni normas de orden público, le imparte su HOMOLOGACION en todas y cada una de sus partes, dándole efectos de cosa juzgada, de conformidad con lo dispuesto con el artículo 89 numeral 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide, siendo las 3:15 de la tarde, regístrese, publíquese y déjese copia certificada de esta decisión. Cúmplase.-
La jueza temporal

Abg. Analy Silvera
La secretaria,

Abg. María Carmona