REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Violencia contra la Mujer en Función de Control, Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui- Barcelona

Barcelona, 20 de Mayo de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2009-000010
ASUNTO : BP01-S-2009-000010

Visto el escrito presentado por la Abg. Augusta Sofía Rincón Cedeño, Defensora Pública Segunda en Materia de Violencia Contra la Mujer de este Estado, asistiendo al imputado PEDRO PABLO MONTIEL TOLEDO, cédula de identidad Nº 11.008.528, mediante el cual solicita a este Tribunal, se acuerde a favor de su defendido las presentaciones ante este Despacho cada CUARENTA Y CINCO (45) días, en lugar de cada QUINCE (15) días como se le impuso previamente. Esto en virtud de encontrarse laborando en una empresa ubicada en la ciudad de Caripito del Estado Monagas, alegando con ello que el régimen de presentaciones impuesto causa un perjuicio a su defendido.
Por lo anteriormente expuesto, éste Tribunal Segundo de Control, Audiencia y Medidas en Materia de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de la República por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de revisión de periodicidad de la medida cautelar de presentación que viene cumpliendo el mencionado imputado, pues el mismo labora en otro Estado y el régimen de presentación impuesto pudiera acarrearle inconvenientes con su empleador. Cúmplase.

El Juez


Dr. GUSTAVO ADOLFO SANTELIZ FURZÁN

La Secretaria



Abog. YULIMAR JIMENEZ