REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental
Barcelona, veintiséis de octubre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: BP02-U-2005-000285

Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, recibió Recurso Contencioso Tributario interpuesto por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos URDD Civil en fecha 12 de Diciembre de 2009, por el abogado Hermes Barrios Gòmez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 8.271.06, de este domicilio, actuando en su carácter de apoderado judicial de la contribuyente Bingo Platinum, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 01 de Agosto de 2001, bajo el Nro 29, Tomo A-57, y con domicilio procesal Avenida Municipal frente al Elevado de Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui y recibido por este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental en fecha 14 de Diciembre de 2005., contra la Resolución Nº GRTI/RNO/DF/2004-1469 sin fecha, la cual impone pagar la cantidad de BOLIVARES FUERTES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE CON CINCUENTA CÈNTIMOS (BsF. 1.837,50) por concepto de multa, emanada de la División de Contribuyentes de la Región Nor-Oriental, del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) adscrito al Ministerio del Poder Popular para las Finanzas; Este Tribunal Superior observa que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente, en sus artículos 259, 260, 261, 262, y 266; a saber: Se trata de un acto administrativo de efectos particulares, recurrible en la vía Jurisdiccional, impugnado por ante la autoridad competente, dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad e interés de la recurrente; así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante de la recurrente; por tanto este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y de conformidad con los Artículos 26, 49 y 253 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela ADMITE el presente Recurso Contencioso Tributario interpuesto por el abogado Hermes Barrios Gòmez, actuando en su carácter de apoderado judicial de la contribuyente Bingo Platinum, C.A., contra la Resolución Nº GRTI/RNO/DF/2004-1469 sin fecha, la cual impone pagar la cantidad de BOLIVARES FUERTES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE CON CINCUENTA CÈNTIMOS (BsF. 1.837,50) por concepto de multa, emanada de la División de Contribuyentes de la Región Nor-Oriental, del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) adscrito al Ministerio del Poder Popular para las Finanzas; procédase a su tramitación y sustanciación, de conformidad con los Artículos 267 y siguientes del Código Orgánico Tributario, abriéndose la causa a pruebas a partir del primer (1er) día de despacho siguiente al de hoy, visto que no hubo oposición alguna por parte de la respectiva Administración Tributaria.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo de este Tribunal Superior.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de le Región Oriental. Barcelona, a los 26-10-2009. Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
El Juez Suplente Especial,

Dr. Jorge Luis Puentes Torres.
La Secretaria,

Abg. Rossana Carreño.

Nota: En esta misma fecha (26-10-2009), siendo las 2:20 p.m., se dictó y publicó la anterior decisión previa las formalidades de Ley. Conste.
La Secretaria

Abg. Rossana Carreño.