REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintisiete de octubre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO : BP02-S-2007-004016

Visto el escrito de fecha 19 de octubre de 2.009, suscrito por la ciudadana Yolimar del Valle Guacare Rodríguez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.968.683, debidamente asistida por la abogada en ejercicio Marianela Gómez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 120.558, donde solicita la “homologación de los asentimientos dados por las partes en su escrito de solicitud de separación de cuerpos y de bienes”, el Tribunal, por cuanto la sentencia definitiva dictada en fecha 13 de julio de 2.009, se encuentra definitivamente firme, es por lo que actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Homologa la Partición y Liquidación de los Bienes pertenecientes a la comunidad conyugal, acordada por los ciudadanos Luís Alexander Boutto Flores y Yolimar del Valle Guacare Rodríguez, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. 11.907.398 y 12.968.683, respectivamente, en los mismos términos y condiciones en que fue suscrita por los solicitantes. Así se decide.

El Juez Temporal,

Dr. Alfredo José Peña
La Secretaria

Abog. Judith Milena Moreno Sabino