REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta de octubre de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO : BP02-X-2009-000025
Revisadas como han sido las actuaciones que anteceden relacionadas con la Inhibición planteada por la Dra. ANA MARISOL CAGUANA BETHELMY, en su carácter de Juez Ejecutora de Medidas de los Municipios Fernando de Peñalver, Píritu y San Juan de Capistrano de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en la Comisión conferida por el Juzgado Ordinario de Municipio de los Municipios Fernando de Peñalver y Píritu de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el juicio que por DESALOJO, propuesta por la ciudadana JANET ESPERANZA GUZMAN CARRERO, en contra de la ciudadana ZURAIMA ISABEL GONZALEZ VARGAS, observa este Tribunal que la referida Juez señala en su inhibición lo siguiente:
“...Que se inhibe de conformidad con lo establecido en el Artículo 82 Ordinal 15 del Código de Procedimiento Civil, para conocer de la orden cautelar de entrega material decretada, por haber emitido opinión ….”.
Pues bien, realiza la Juez inhibida una serie de actuaciones con respecto a Entrega material de un inmueble relacionada con el expediente C-C-1124-09 incoado por la abogado JOSE ALVAREZ en contra de la ciudadana ZURAIMA ISABEL GONZALEZ, infiriéndose efectivamente que al conocer de la medida en cuestión, previamente tuvo conocimiento de los hechos que son objeto en la causa en la cual se inhibe, considerando este Juzgado que efectivamente se estando incursa en la causal invocada por ella.-
En tal sentido, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando como Tribunal de alzada, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 88 del Código de Procedimiento Civil, declara Con Lugar la presente Inhibición por estar fundamentada en causal legal. En consecuencia, remítase las actuaciones a la Primera Instancia para que dé cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial. Todo lo cual se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.-
La Juez Suplente Especial,
La Secretaria
Abg. Helen Palacio García
Abg. Marieugelys García Capella.
HPG/lorena.-
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