REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRA
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, ocho de octubre de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO : BP02-S-2009-000974
Vista la anterior solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana: MARY FABIOLA BAUTISTA BAUTISTA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número V- 2.993.268, debidamente asistida por el Dr. JOAN M. SALAZAR M., abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 133.993, y la justificación promovida y evacuada por ante este mismo Tribunal, con las declaraciones de las ciudadanas: NORYS OFELIA ZIRITT ARCIA y ALBERTO YSAEL DIAZ SARMIENTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 4.496.715 y 14.345.320, respectivamente, a favor de la solicitante Ciudadana: MARY FABIOLA BAUTISTA BAUTISTA, quienes manifestaron que conocen de vista, trato y comunicación a la Ciudadana: MARY FABIOLA BAUTISTA BAUTISTA; e igualmente conocieron de vista, trato y comunicación al De Cujus MIGUEL IGNACIO ROJAS HERRERA; además dan fe que le prenombrado causante, era su cónyuge y ella es su única familia; les constan que la Ciudadana: MARY FABIOLA BAUTISTA BAUTISTA, es la única heredera del Pre-nombrado De Cujus y que no hay ningún otro heredero legitimo; saben y les constan que su cónyuge, murió en la Ciudad de Caracas, Municipio Libertad del Distrito Capital, en fecha 23 de Febrero de 2.006, y el Tribunal, vista la documentación acompañada a la solicitud y las declaraciones de los testigos antes nombrados e identificados considera suficientemente tales pruebas y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA a la Ciudadana: MARY FABIOLA BAUTISTA BAUTISTA, (Esposa), COMO LA ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de su causante MIGUEL IGNACIO ROJAS HERRERA, dejando a salvo los derechos de terceros.
Tómese nota de este Decreto en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año y devuélvanse originales con sus resultas las presentes actuaciones.
La Juez Suplente Especial,
Dra. HELEN PALACIO GARCIA.-
La Secretaria,
Abog. MARIEUGELYS GARCIA CAPELLA.
HPG/Gledys.-