REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ

Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, veinte de octubre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2009-002385
ASUNTO: BP12-S-2009-002385


SOLICITANTE: WILLIAN RAFAEL TURMERO GUZMAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.067.223, asistido por el abogado RAFAEL LOPEZ LARA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 31.459.-

MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-.

Vista la solicitud presentada en fecha 22-09-2009, por el ciudadano: WILLIAN RAFAEL TURMERO GUZMAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.067.223, asistido por el abogado RAFAEL LOPEZ LARA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 31.459, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos No Penal El Tigre.-
En fecha 25 de Septiembre de 2009, se admitió la solicitud, y se acordó librar edicto emplazando a todas las personas que pudieran ver afectados sus derechos con la presente solicitud.-
En fecha 30 de Septiembre de 2009, el secretario de este Tribunal dejos constancia que fue fijado en la cartelera el edicto librado.-
En fecha 30 de Septiembre el ciudadano WILLIAN RAFAEL TURMERO GUZMAN, consignó el edicto publicado.-
En fecha 14 de Octubre de 2009, la Secretaria Temporal de este Tribunal, dejó constancia que no compareció persona alguna que pudiera ver afectados sus derechos.-
En fecha 12 de marzo de 2009, rindieron su declaración los ciudadanos ZONIA DELVALLE REQUENA Y YUBISAY APONTE REQUENA, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-8.485.304 y V-15.126.381, respectivamente.-
Visto el orden cronológico que antecede esta operadora de justicia, entra a analizar la presente solicitud para decidir:
Dice el solicitante que en fecha 10 de agosto del año 2009, en la Vereda 38, casa N° 16, Sector Inavi, de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez , Estado Anzoátegui, falleció ab-intestato su padre JESUS RAMON TURMERO, quien era venezolano, mayor de edad, casado, Obrero, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.648.923.- Que su padre, estaba casado con su legitima madre, ciudadana ANA MERCEDES GUZMAN DE TURMERO, lo que dice, se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio que acompaña a la solicitud.- Que procrearon un hijo, de nombre WILLIAN RAFAEL TURMERO GUZMAN.- Que por cuanto su padre falleció ab-intestato, y a los efectos cualquier tipo de tramite con referencia al mismo, razón por la cual acuden ante este Despacho fin de que se les declare Únicos y Universales Herederos, del extinto JESUS RAMON TURMERO.-

MEDIOS PROBATORIOS
Pruebas: Documentales Acta de defunción del ciudadano JESUS RAMON TURMERO, copia certificada del acta de matrimonio de los ciudadanos JESUS RAMON TURMERO y ANA MERCEDES GUZMAN DE TURMERO, copias certificada de la partida de nacimiento del ciudadano WILLIAN RAFAEL TURMERO GUZMAN, copias fotostáticas de las cédulas de identidad de los referidos ciudadanos, a las cuales, al no haber sido impugnadas bajo ninguna forma de derecho, se les da pleno valor probatorio de conformidad a lo pautado en el Artículo 1.357 del Código Civil, en concordancia con los Artículos 429 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Y así se decide.
Ahora bien, el Tribunal, dejando en todo caso a salvo los derechos de terceros, declara a los ciudadanos: ANA MERCEDES GUZMAN DE TURMERO Y WILLIAN RAFAEL TURMERO GUZMAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-5.488.576 Y V-10.067.223, respectivamente, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del extinto: JESUS RAMON TURMERO, quien era venezolano, mayor de edad, casado, Obrero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.648.923, y quien falleció en fecha 10 de agosto del año 2009, en la Vereda 38, casa N° 16, Sector Inavi de esta ciudad de El Tigre, Estado Anzoátegui, y así se decide.-
Expídanse por Secretaría copias certificadas de la solicitud.-
LA JUEZ,

Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ,

LA SECRETARIA TEMPORAL

Abg. PATRICIA FIGUERA SILVA.