REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ

Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, veintiuno de octubre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2009-001277
ASUNTO: BP12-S-2009-001277

Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por la ciudadana ISIDRO RAFAEL VELASQUEZ MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-10.061.752, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio JORGE ELIECER DOMINGUEZ SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 97.100, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su peculio, en un terreno Municipal, ubicado en la Calle 13 Sur, Sector Pueblo Nuevo Sur, de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, que mide aproximadamente 1.748,40 Metros Cuadrados alinderado de la siguiente manera: NORTE: JOSEFA VALERA, midiendo Setenta y Cuatro Metros con Cuarenta Centímetros (74,40 mts); SUR: JUSTINA MEDINA, midiendo Setenta y Cuatro Metros con Cuarenta Centímetros (74,40 mts); ESTE: Calle 13 Sur, que es su frente, midiendo Veintitrés Metros con Cincuenta Centímetros (20 mts); y OESTE: Calle 27 Sur cruce, que es su frente midiendo Veinte Metros (20 mts).- Dichas bienhechurias se encuentran conformadas por una casa de habitación familiar de 36 mts2 de construcción, con pisos de cemento pulido, paredes de bloques frisados, estructura de metal, techo de zinc, con siete (07) habitaciones, un (1) baño, sala-comedor y cocina.- El valor invertido es la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLIVARES FUERTES (Bsf. 25.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos Hemir José Arteaga Romero y Jean Carlos García, venezolanos, mayores de edad, por lo que este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sustentándose especialmente en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros declara TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano ISIDRO RAFAEL VELASQUEZ MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-10.061.752 de las bienchechurías antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ,

Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ.
Suplente Especial

LA SECRETARIA TEMP.,

PATRICIA FIGUERA SILVA