REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, nueve de octubre de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2009-001256
ASUNTO: BP12-S-2009-001256
Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por la ciudadana GLADYS JOSEFINA RODRIGUEZ ROSALES, venezolana, mayora de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.851.308, asistida por la abogada INDIRA GUILLEN ROSALES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.237, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomentaron a expensas propias con dinero de su propiedad, en un terreno Municipal, ubicado en el Callejón Doce Sur, Nº 29, Sector Pueblo Nuevo Sur, Sector 17 Manzana 19 de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, con una superficie aproximada de 160,38 Mts2, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con casa de la familia Rodríguez, midiendo 16,20 metros; SUR: Con casa de la familia Hernández, midiendo 16,20 metros:; ESTE: Callejón Doce Sur, midiendo 9,90 metros, y, OESTE: Con casa de la familia Espinoza, midiendo 9,90 metros.- Dichas bienhechurias se encuentran conformadas por una vivienda familiar, constante de Tres (3) habitaciones, una (1) sala comedor, una cocina (1), tres (3) baños, una (1) ventana de hierro, Dos (2) puertas de hierro, techo de zinc, piso de cemento pulido, con todos los servicios.- El valor invertido es la cantidad de OCHENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bsf. 80.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos FLORENCIA AMADA MELENDEZ SALAS, JOSE ANTONIO CAÑONEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Números V-8.516.898 y V-5.995.213, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, este Tribunal declara Título Supletorio de Dominio sobre la propiedad que ejercen la ciudadana GLADYS JOSEFINA RODRIGUEZ ROSALES, plenamente identificada, en las bienchechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada
LA JUEZ,
Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ.-
| LA SECRETARIA TEMPORAL,
Abg. PATRICIA FIGUERA SILVA.-