REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN JOSÉ DE GUANIPA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN JOSE DE GUANIPA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, EL TIGRE.
ASUNTO: BP12-S-2009-001432
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (DECRETO DE TITULO SUPLETORIO)
PROCEDIEMINTO: CIVIL - JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
MOTIVO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTES: HECTOR JOSE LOPEZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-4.948.698, domiciliado en la Calle El Carmen, N° 151-39, de la ciudad de San José Guanipa Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, asistido por el ciudadano ABG. PEDRO ROSAS MENDOZA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 37.612
Vistas y analizadas las actas procesales que conforman la presente Solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano HECTOR JOSE LOPEZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-4.948.698, domiciliado en la Calle El Carmen, Nº 151-39, de la ciudad de San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, asistido por la ciudadana ABG. PEDRO ROSAS MENDOZA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 4.948.698; donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre un vehiculo que adquirió a expensas propias con dinero de su propiedad, el cual posee las siguientes características: CLASE: CAMION, TIPO: PLATAFORMA, MARCA: CHEVROLET, MODELO: C-30, AÑO: 1985, SERIAL DE CARROCERIA: CC33TFV201387, COLOR: AZUL, PLACAS: 929XAE, SERIAL DE MOTOR: MI220TRD, USO: CARGA. Asimismo, según Experticia Técnica de Seriales de fecha 07/08/2009, emanada del Cuerpo Técnico de Vigilancia de Transito Terrestre se constato que el descrito vehiculo presenta Motor con Serial No. MI220TRD, según factura No. 1191, de fecha 07/03/2001. El valor que posee el descrito vehiculo automotor es la cantidad de ONCE MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 11.500,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ciudadano WILFREDO ANTONIO MONTES y LUIS RAMOS CALLASPO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.468.876 y V-4.507.541, respectivamente; y en virtud de la competencia conferida a los Juzgados de Municipio mediante Resolución No. 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, Publicada en Gaceta Oficial
No. 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en los artículos 936
Y 937 del Código de Procedimiento Civil, éste JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN JOSÉ DE GUANIPA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano HECTOR JOSE LOPEZ RODRIGUEZ, plenamente identificado, sobre el vehiculo antes descrito en el presente decreto; dejando a salvo los derechos de terceros. Déjese copia del presente Decreto para su Archivo y devuélvanse las presentes actuaciones en original constante de Catorce (14) folios útiles, a la parte interesada.-
DADO, FIRMADO Y SELLADO, en el Despacho del Juzgado del Municipio San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el Palacio de Justicia de la ciudad de El Tigre, a los Seis (06) días del mes de Octubre del año dos mil nueve.- Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.-
LA JUEZ TITULAR,
ABG. ADRIANA MATA AGUILERA
EL SECRETARIO,
ABG. FRANCISCO GONZALEZ ACOSTA