REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN JOSÉ DE GUANIPA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN JOSE DE GUANIPA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, EL TIGRE.
ASUNTO: BP12-S-2009-002179
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (DECRETO DE TITULO SUPLETORIO)
PROCEDIEMINTO: CIVIL - JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
MOTIVO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTES: ANIBAL JOSE VELASQUEZ VALLES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-15.128.328, domiciliada en la Calle Páez, Nº 2, Sector Malvinas II de la ciudad de San José de Guanipa, Municipio Guanipa Estado Anzoátegui. Teléfono: 0416-3853145.
ABOGADO ASISTENTE: PRIMO VILLARROEL SANTAELLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-3.854.731, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el No. 14.278.
Vistas y analizadas las actas procesales que conforman la presente Solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano ANIBAL JOSE VELASQUEZ VALLES, titular de la cedula de identidad No. V-15.128.328, venezolano, mayor de edad, domicilio en la Calle Páez, Nº 2, Sector Malvinas II de San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, asistida en este acto por el ciudadano PRIMO VILLARROEL SANTAELLA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el No14.278, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomentaron a expensas propias con dinero de su propiedad, en una parcela de terreno municipal, en la Calle Páez, Nº 2, Sector Malvinas II San José de Guanipa, Municipio Guanipa, del Estado Anzoátegui; que posee una superficie total DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS (252 Mts2); alinderado de la siguiente manera: NORTE: Casa de Leonel Cadena, midiendo veintiún metros (21 Mts) aproximadamente; SUR: Casa de José Macias, midiendo veintiún metros (21 Mts) aproximadamente; ESTE: Casa de Robinsón Boada, midiendo doce metros (12 Mts) y OESTE: Calle Páez que es su frente midiendo doce metros (12 Mts). El referido inmueble tiene las siguientes características: de paredes de bloques de cemento, techo zinc y pisos pulidos constante de: Una Sala-Comedor, Dos (2) Habitaciones, Un (1) Corredor, Un (1) Baño, contando a demás con una Cerca Perimetral de paredones de Bloques de cementos, con su fachada principal con bloques y rejas de metal de esta casa he invertido la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 40.000,00) y teniéndose presentes las
declaraciones de los testigos ciudadanos DANNELIS ESTHER ORTIZ BLANCO Y CESAR VALENTIN IRIZA LOPEZ , venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad No. V-18.228.413 y V-16.078.728, y en virtud de la competencia conferida a los Juzgados de Municipio mediante Resolución No. 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, Publicada en Gaceta Oficial No. 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, éste JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN JOSÉ DE GUANIPA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano ANIBAL JOSE VELASQUEZ VALLES, plenamente identificada, sobre las bienhechurías antes descritas en el presente decreto; dejando a salvo los derechos de terceros. Déjese copia del presente Decreto para su Archivo y devuélvanse las presentes actuaciones en original constante de Seis (6) folios útiles, a la parte interesada.-
DADO, FIRMADO Y SELLADO, en el Despacho del Juzgado del Municipio San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el Palacio de Justicia de la ciudad de El Tigre, a los Nueve (09) días del mes de Octubre del año dos mil nueve.- Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.-
LA JUEZ TITULAR,
ABG. ADRIANA MATA AGUILERA
EL SECRETARIO,
ABG. FRANCISCO GONZALEZ ACOSTA