REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, ocho de octubre de dos mil nueve
199º y 150º
N° DE EXPEDIENTE: BP02-L-2009-000276
PARTE ACTORA: GLEDIYS MORILLO MARTINEZ., titular de la cédula de identidad No.16.013.233.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: ABG. JESUS CASTILLEJO, OTROS. Inpreabogado No. 43.531.
DEMANDADA: DISTRIBUIDORA DORA E.G., C.A.
ABOGADO DE LA DEMANDADA: ABG. CARMEN PEÑA FERNANDEZ y LEIDA SERRANO MEZA Inpreabogado No. 119.133 Y 18.629 RESPECTIVAMENTE.
MOTIVO: DEMANDA POR COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En Barcelona, a los ocho (08) dias del mes de octubre de 2009, siendo las 9:00 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma la demandante GLEDYS MORILLO MARTINEZ, el ABG. JESUS CASTILLEJO, Inpreabogado No. 43.531, apoderado judicial de la parte demandante; También compareció la empresa demandada DISTRIBUIDORA DORA E.G., C.A., representada por su coapoderada judicial, ABG. LEIDA SERRANO MEZA, inpreabogado nro. 18.629. La ciudadana Jueza declaró abierto el acto y de seguida le concede el derecho de palabra a los comparecientes, quienes después de deliberar exponen: Hemos llegado las partes a un feliz termino en el presente asunto, y en vista de ello hemos decidido suscribir una Transacción, la cual queda redactada en el texto de esta acta, y en este sentido la empresa demandada DISTRIBUIDORA DORA E.G., C.A. representada por su coapoderada judicial, abogada LEIDA SERRANO MEZA ofrece pagar a la demandante la cantidad SEIS MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 6.800,oo) pagaderos de la siguiente manera: En este acto le hago entrega a la demandante aquí presente, un cheque por la cantidad de Bolivares 6.000,oo, girado contra el Banco de Venezuela, identificado con el nro. S-92 37001606, a favor de la demandante; el segundo pago por la cantidad de Bolivares 800,oo, me comprometo en nombre de mi representada a pagarlo dentro de los 8 días hábiles siguientes al de hoy. esto solo con el ánimo de poner fin al presente litigio y sin que bajo ninguna circunstancia mi representada reconozca a la demandante los conceptos y montos demandados a que hace referencia en su escrito libelar,. La cantidad ofrecida comprende el pago de todos y cada uno de los conceptos libelados y cualquier otro concepto que pueda derivarse de la prestación del servicio alegado por la actora. Es todo. Seguidamente interviene la parte demandante, quien se encuentra presente en este acto acompañada de su apoderado judicial y expone: Con el ánimo de dar por terminado el presente litigio, manifiesto de manera libre, espontánea y voluntaria, acepto la cantidad ofrecida por la empresa demandada en los términos señalados, es por lo que declaro expresamente que recibo en este acto el cheque ya identificado, con el acuerdo de que dentro de los 8 dias hábiles siguientes al de hoy me pague la cantidad restante de Bolivares 800,oo. Es todo. Seguidamente ambas partes de mutuo y común acuerdo, solicitan de la Jueza que preside este acto la homologación de la transacción en los términos aquí expuestos y que en vista del carácter de cosa juzgada de por terminada la presente causa y ordene el archivo del expediente respectivo, una vez que conste en autos el pago aquí ofrecido por la demandada; asimismo solicitamos nos sea expedida una copia certificada de la presente Transacción. Es todo. Oídas las exposiciones de las partes y los términos en que han establecido la transacción, producto de la mediación en la presente causa; Esta Juzgadora, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo transaccional presentado por las partes en esta audiencia y en cuanto a que de por terminada la presente causa y se ordene el archivo del expediente una vez que conste en autos el pago ofrecido, así lo acordará. Se ordena expedir las copias certificadas solicitadas. Concluida la Audiencia y habiendo finalizado a través de la Transacción que se acaba de Homologar, hace entrega a las partes de los correspondientes escritos de Promoción de Pruebas los cuales fueron presentados en su oportunidad legal. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza Temporal
Abg. Sofía Acosta Salazar.
La Secretaria
Abog. Maria Carmona.
Demandante: ____________________________
Apoderado Judicial Demandante: _______________________
Apoderada Judicial Demandada: _______________________.
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
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