REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN JOSÉ DE GUANIPA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN JOSE DE GUANIPA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, EL TIGRE.
ASUNTO: BP12-S-2009-001843
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (DECRETO DE TITULO SUPLETORIO)
PROCEDIEMINTO: CIVIL - JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
MOTIVO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTES: CRISTINA GOMEZ DE GUZMAN, venezolana, viuda, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-2.184.949, domiciliada en la Calle Yaracuy, Nro 91 de la ciudad de San José de Guanipa, Municipio Guanipa Estado Anzoátegui.
ABOGADO ASISTENTE: SIXTA VICSORIDIA ROCA GIL, venezolana, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el No. 53.483
Vistas y analizadas las actas procesales que conforman la presente Solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana CRISTINNA GOMEZ DE GUZMAN titular de la cedula de identidad No. V-2.184.949, venezolana, viuda, mayor de edad, domicilia en la Calle Yaracuy, Nro 91 de San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, asistida en este acto por la ciudadana SIXTA VICSORIDIA ROCA GIL, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el No. 53.483 donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías que fomento a expensas propias con dinero de su propiedad, en una parcela de terreno municipal, en la Calle Yaracuy Nro 91 San José de Guanipa, Municipio Guanipa, del Estado Anzoátegui; que posee una superficie total SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON DIECIOCHO CENTIMETROS CUADRADOS (644,18 Mts2); alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con terreno Municipal, midiendo Cuarenta y Tres con Seis centímetros (43,06 Mts); SUR: Casa que es o fue de la señora Morelia Neri, midiendo Cuarenta y Cuatro con Seis centímetros (44,06 Mts); ESTE: Con casa de Cristina de Guzmán, midiendo Catorce con Cincuenta centímetros (14,50 Mts) y OESTE: Con Calle Yaracuy, que es su frete, midiendo Quince con Doce centímetros (12,12 Mts). El referido inmueble tiene las siguientes características: Tres (3) Habitación, Una (1) Sala-Comedor, Una (1) Cocina, Un (1) Porche, Un (1) Baños, con paredes de bloques de cemento, piso de cemento y techo de zinc, totalmente cercado con paredones de bloques de cementos, el
porche esta totalmente enrejado con rejas de hierro y la construcción de esta casa he invertido la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ciudadanos ARAGORT CACHARUCO CARLOS JOSE Y ABDELNOUR DOMINGUEZ MARIA ELENA , venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad No. V-3.684.350 y V-4.307.634, y en virtud de la competencia conferida a los Juzgados de Municipio mediante Resolución No. 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, Publicada en Gaceta Oficial No. 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, éste JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN JOSÉ DE GUANIPA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana: CRISTINNA GOMEZ DE GUZMAN, plenamente identificada, sobre las bienhechurías antes descritas en el presente decreto; dejando a salvo los derechos de terceros. Déjese copia del presente Decreto para su Archivo y devuélvanse las presentes actuaciones en original constante de Ocho (8) folios útiles, a la parte interesada.-
DADO, FIRMADO Y SELLADO, en el Despacho del Juzgado del Municipio San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el Palacio de Justicia de la ciudad de El Tigre, a los Veintidós (22) días del mes de Septiembre del año dos mil nueve.- Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.-
LA JUEZ TITULAR,
ABG. ADRIANA MATA AGUILERA
EL SECRETARIO
ABG. FRANCISCO GONZALEZ ACOSTA