REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, veintiuno de abril de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: BP02-N-2009-000284

Siendo la oportunidad legal para pronunciarse con relación a las pruebas promovidas por los Abogados Luís Mitan, Daniela Sánchez y Yelitza Ricardi, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 122.515, 106.464 y 120.582 respectivamente en sus condiciones de apoderados judiciales de la parte demandada, el Tribunal procede a Inadmitirlas en virtud de su Extemporaneidad por tardías.

La Juez,

Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito
La Secretaria,

Abog. Mariela Trias Zerpa
J.M