REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, seis de abril de dos mil diez
199º y 151º
ASUNTO: BP02-O-2009-000090
Por auto de fecha 14 de octubre de 2009, este Juzgado admitió el Amparo Constitucional interpuesto por la ciudadana Marlene Guaregua Velásquez, suficientemente identificada en autos, en contra de la empresa Mercado de Alimentos, C.A.., en virtud de la abstención o negativa de dicha empresa de reestablecer la situación jurídica infringida relativa al derecho al trabajo y estabilidad laboral.
A los fines de la celebración de la audiencia oral y pùblica, se ordenò la notificación del representante legal de la presunta agraviante y Ministerio Pùblico. Practicadas dichas notificaciones, el acto tuvo lugar en fecha 22 de marzo de 2010.
En este orden de ideas, examinadas las actas procesales, advierte este Juzgado que, por omisiòn involuntaria, no se ordenò en el auto de admisiòn la notificación de la Procuraduría General de la Repùblica. En este sentido, tratándose de que la presunta agraviante es una empresa cuyo capital ha sido íntegramente suscrito y pagado en su totalidad por la República Bolivariana de Venezuela, es obligatoria la notificación del referido ente procuradural. En consecuencia, en aras de la tutela judicial efectiva y el derecho al debido proceso, de conformidad con el articulo 206 del Còdigo de Procedimiento Civil, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, declara:
Primero: Anula y queda sin efecto la audiencia oral y pùblica celebrada en fecha 22 de marzo de 2010.
Segundo: Ordena la notificación de la Procuraduría General de la Repùblica sobre la admisiòn del presente amparo. Acompáñese copia certificada de la solicitud de amparo y del auto de admisiòn.
Tercero: Notifíquese a la parte accionante y presunta agraviante del presente auto, a los fines de que comparezcan a la audiencia constitucional, la cual tendrá lugar el cuarto dia hábil siguiente, a las 11:00 a.m.., contados a partir de constar en autos la última de las notificaciones aquí dispuestas. Líbrense las notificaciones pertinentes.
Déjese copia certificada.
La Juez,
Dra. Mirna Mas y Rubi Spòsito
La Secretaria,
Abog. Mariela Trias Zerpa
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