REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
199° Y 151°
El Tigre, 08de Abril de 2010
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2010-001396
ASUNTO: BP12-S-2010-001396
Vista la solicitud presentada por la ciudadana CARMEN CONCEPCION SOUBLETT SOUBLETT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.660.295, domiciliada en la Avenida Principal, S/N, Sector San Miguel III, en esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, asistido por la abogada RICCI RISQUEZ CALZADILLA, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomento a expensa propia con dinero de su propio peculio, ubicadas en la Avenida Principal, S/N, Sector San Miguel III, en esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, sobre un lote de terreno propiedad municipal que mide: CIENTO SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON VEINTE CENTIMETROS (174.20 MTS2), y tiene una área construcción de CUARENTA Y CINCO METROS CUARDRADO CON CINCUENTA CENTIMETRO (45.50 MTS) cuyos Linderos particulares son los siguientes: NORTE: Angélica Quiñónez, midiendo Trece metros con Treinta centímetros (13.30 Mts2) ; SUR: José Cardozo, midiendo Trece metros con Cincuenta centímetros (13.50 Mts2); ESTE: Avenida Principal, midiendo Trece metros (13.00 Mts2) y; OESTE: Dalila Rojas de Figueroa, midiendo Trece metros (13.00 Mts2) aproximadamente. Una (1) Vivienda Unifamiliar, tipo casa, de uso permanente, construidas de paredes de bloques de cemento, friso liso, techo de zinc, piso de cemento pulido, la mencionada vivienda a su vez esta subdividida de la siguiente manera: Una (1) Sala- Comedor. Una (1) Cocina, Una (1) Habitación, Un (1) Baño con sus respectivos accesorios. El valor invertido es la cantidad de QUINCE MIL BOLIVARES (Bs.F.15.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos hábiles, ciudadanos GONZALEZ PATRICIA MARGARITA Y ELIA DEL VALLE AQUIA, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana CARMEN CONCEPCION SOUBLETT SOUBLETT, ya identificado, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL,
ABG. ARELIS MORILLO SANCHEZ
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. PATRICIA FIGUERA SILVA
Se devuelven constante de Diecisiete (17) folios útiles originales con sus resultas al interesado.-
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. PATRICIA FIGUERA SILVA