REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintitrés (23) de abril de dos mil diez
200º y 151º

N° DE EXPEDIENTE: BP02-L-2010-000137
PARTE ACTORA: ORMARYS DEL VALLE COBA VALLENILLA.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIO
PARTE DEMANDADA: SEGUROS CARABOBO, C. A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: MARY ECHARRY MENDOZA.
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO.

Hoy, veintitrés (23) de abril de 2010, siendo las diez (10:00 a.m.) de la mañana, día y hora fijado para que tenga lugar la Instalación de la Audiencia Preliminar, por CALIFICACION DE DESPIDO, comparece por la demandada SEGUROS CARABOBO, C. A., la abogado MARY ECHARRY MENDOZA, inscrito en el INPREABOGADO, bajo el número 41.552, quien consignó copia certificada y copia simple de Sustitución de Poder; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno. En consecuencia de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 200°.
El Juez

Abg. LEONARDO BLANCO PEREZ
La Secretaria

Abg. YIRALI QUIJADA
La Parte demandada

Abg. Mary Echarry