REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiséis (26) de abril de dos mil diez
200º y 151º
N° DE EXPEDIENTE: BP02-L-2010-000223
PARTE ACTORA: ALEXANDER MAITA
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIO
PARTE DEMANDADA: COMARSA DE JUEGOS, C. A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: CARMEN MUJICA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, veintiséis (26) de abril de 2010, siendo las diez (10:00 a.m.) de la mañana, día y hora fijado para que tenga lugar la Instalación de la Audiencia Preliminar, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, comparece por la demandada COMARSA DE JUEGOS, C. A., la abogado CARMEN MUJICA, inscrita en el INPREABOGADO, bajo el número 53.066, quien consignó copia certificada y copia simple de Poder para su confrontación, certificación y devolución del mismo, a los fines de ser agregado a los autos; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno. En consecuencia de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 200°.
El Juez La Secretaria.
Abg. LEONARDO BLANCO PEREZ Abg. YIRALI QUIJADA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 11.20 a. m. Conste.
La Secretaria
Abg. YIRALI QUIJADA
|