REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
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PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiuno de abril de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: BP02-R-2010-000204
PARTE DEMANDANTE RECURRENTE: JESUS AMOROSO Y CARLOS NARVAEZ, Venezolanos, mayores de edad, jurídicamente hábiles, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-8.769.302 y E-80.339.062, respectivamente.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDANTE RECURRENTE: Abogado JAVIER RENE CABEZA JIMENEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro 45.562.
PARTE DEMANDADA: SKANSKA VENEZUELA, S.A., inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 25 de marzo de 1.996, anotado bajo el Nro: 34, tomo: 25-A Qto.
REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Abogados YARISMA LOZADA, MARBELIS MAESTRE, YACARY GUZMAN LOZADA, SAYURI RODRIGUEZ Y DANIEL BRICEÑO H., GERALDO SOTO inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nros: 29.610, 54.391, 71.447, 86.704, 41.004, Y 72.731, respectivamente
MOTIVO: RECURSO DE APELACIÓN EJERCIDO POR LA PARTE DEMANDANTE CONTRA SENTENCIA DE FECHA 16 DE MARZO DE 2010, PROFERIDA POR EL TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI. SEDE EL TIGRE.
En el día hábil de hoy, veintiuno de abril de 2010, siendo las 10:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia de parte en la presente causa. Se deja constancia que se encuentra presentes la Juez Temporal, Abg. Carmen Cecilia Fleming, la Secretaria del Tribunal, Abg. Isolina Vásquez Salazar, el alguacil designado. Seguidamente. Asimismo, se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante recurrente, ni por si ni por intermedio de apoderada judicial alguno. De igual manera se deja constancia de la presencia de la parte demandada a través de su apoderado judicial, Abogado GERALDO SOTO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro: 72.731. Al evidenciar la anterior circunstancia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: De conformidad con lo establecido en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la decisión dictada en fecha 16 de marzo de 2010, proferida por el Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui. Sede El Tigre y en consecuencia se CONFIRMA la sentencia recurrida. Igualmente se deja constancia, que la presente Audiencia se reprodujo en forma audiovisual de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del— Trabajo, con una cámara marca SONY DCR-HC 28, serial No. 715657 manipulada por el Técnico Audiovisual adscrito a la Coordinación Judicial de esta Circunscripción ciudadano JESUS GUEVARA, titular de la cédula de identidad N° 11.904.682. Se ordena agregar a los autos el video grabación del presente acto. Se acuerda la publicación de la presente acta así como dejarse copia certificada de la misma. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Temporal,
Abg. Carmen Cecilia Fleming H.
El Apoderado Judicial de la parte demandada
La Secretaria,
Abg. Isolina Vásquez Salazar
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