REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN JOSÉ DE GUANIPA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN JOSE DE GUANIPA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI
El Tigre, 10 de agosto de 2010
200° y 151°
ASUNTO: BP12-S-2010-001330
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (DECRETO DE TITULO SUPLETORIO)
PROCEDIEMINTO: CIVIL - JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
MOTIVO: SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTES: ANGELA DEL VALLE YANEZ DE PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-2.746.538, domiciliada en la calle Paraguachi Nº 18-22, Sector El Mirador de la Ciudad de San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, asistido por el ciudadano Abg. PEDRO ROSAS MENDOZA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el No. 37.612, con domicilio procesal en el Ed. El Coloso, Piso 2do Local No 04.
Vistas y analizadas las actas procesales que conforman la presente SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana ANGELA DEL VALLE YANEZ DE PEREZ, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cedula de identidad No. V-2.746.538, domiciliada en las Calle Paraguichi Nº 18-22, Sector El Mirador de San José de Guanipa Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propiedad, en una parcela de Terreno Municipal que según Ficha Catastral emanada de la Dirección de Catastro Urbano del Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, posee una superficie de MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON CINCUENTA METROS CUADRADOS, (1757,50mts2), y se encuentra ubicada en la calle Paraguachi Nº 18-22, Sector El Mirador de la ciudad de San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con vivienda de Pedro Galindo, midiendo Veinticinco metros (25Mts); SUR: Con Calle Paraguachi, midiendo Veinticinco metros (25Mts); ESTE: Con vivienda de Catherine Socci Vitti, midiendo Setenta metros con Treinta centímetros (70,30Mts), y OESTE: Con Vivienda de Nicolás Arias, midiendo Setenta metros con Treinta centímetros (70,30Mts).- Dichas bienhechurías conforman un área de construcción de CIENTO CUATRO CON DIECISEIS METROS CUADRADOS (104,16 m2); que consta de paredes de bloques de cemento, piso de cemento, techo de zinc, constante de: Tres (03) habitaciones, una (01) sala comedor, una (01) cocina, y un (01) baño, un porche pequeño, cercado con paredes de bloques.- El valor que poseen las bienhechurías antes descritas es la cantidad de VEINTE MIL
BOLIVARES FUERTES (20.000,00),y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos MARIA ESPERANZA HERNADEZ HENRIQUEZ y CRISETH DEL VALLE CARABALLO HERNANDEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No. V-12.017.411 y V-12.013.303, respectivamente; la Autorización emanada de la Dirección de Catastro Urbano del Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, para tramitar el presente Titulo Supletorio sobre las descritas bienhechurías, y en virtud de la competencia conferida a los Juzgados de Municipio mediante Resolución No. 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, Publicada en Gaceta Oficial No. 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, éste JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN JOSÉ DE GUANIPA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana ANGELA DEL VALLE YANEZ DE PEREZ, plenamente identificados, sobre las bienhechurías antes descritas en el presente decreto; dejando a salvo los derechos de terceros. Déjese copia del presente Decreto para su Archivo y devuélvanse las presentes actuaciones en original constante de dieciséis (16) folios útiles, a la parte interesada.-
DADO, FIRMADO Y SELLADO, en el Despacho del Juzgado del Municipio San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el Palacio de Justicia de la ciudad de El Tigre, a los diez (10) días del mes de Agosto del año dos mil diez.- Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.-
LA JUEZ TITULAR,
EL SECRETARIO,
ABG. ADRIANA MATA AGUILERA
ABG. FRANCISCO GONZALEZ ACOSTA
AMA/FGA/ln