REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cinco de agosto de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: BP02-L-2008-001233

PARTE ACTORA: JAIME RAFAEL LÓPEZ ROSAL, de nacionalidad venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 8.216.112.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: YULEIMA MONTALBÁN y JOSÉ BALLESTEROS, Abogados, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 100.768 y 88.599.
PARTE DEMANDADA: PUBLICIDAD VEPACO C.A., persona jurídica inscrita originalmente por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda bajo el número 331, Tomo 1-C, de fecha 20 de marzo de 1950.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: DEXSY YIRMAL MAECANO MAITA y ALDO ÁNGEL GAMARRA VANEGAS, Abogados, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 56.015 y 112.104, respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE INDEMNIZACIONES PROVENIENTES DE ENFERMEDAD OCUPACIONAL.


En horas de despacho del día de hoy, cinco (05) de Agosto de dos mil diez (2010), siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.) día y hora, fijada para que tenga lugar la instalación de la audiencia de juicio en la presente causa por cobro de indemnizaciones provenientes de enfermedad de trabajo intentada por el ciudadano JAIME RAFAEL LÓPEZ ROSAL en contra de la empresa PUBLICIDAD VEPACO C.A., presidida por la Juez Temporal, Abg. ZORAIDA MEJIA CARVAJAL, la Secretaria Abg. EVELÍN LARA GARCÍA y el Alguacil TOMAS GUZMÁN, se abre la sesión y se da inicio al acto, dejándose constancia que el Tribunal se constituye a las diez y cuarto de la mañana (10:15 a.m.) puesto que la Sala de Audiencia se encontraba ocupada con la celebración de otro acto por ante el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial. La ciudadana Secretaria informa el motivo de la presente Audiencia y deja constancia de la incomparecencia a través de representante legal y judicial alguno de la parte demandante ni de la parte demandada. Seguidamente la Juez informa que la Audiencia de Juicio será grabada a través de un medio de reproducción audiovisual, con una cámara marca SONY número 702696, manipulada por el técnico audiovisual adscrito a la Coordinación Judicial de esta Circunscripción Judicial, ciudadano EULISES ESCOBAR. Acto seguido, vista la constancia dejada por la secretaria respecto a la no comparecencia de las partes intervinientes en juicio, de conformidad con la disposición contenida en el último aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: EXTINGUIDO EL PROCESO incoado por el ciudadano JAIME RAFAEL LÓPEZ ROSAL en contra de la empresa PUBLICIDAD VEPACO C.A, previamente identificados. Se declara concluida la audiencia de juicio. Se advierte que dentro de los cinco días hábiles siguientes, cualquiera de las partes intervinientes en juicio podrán ejercer los recursos que la Ley les otorga para recurrir el presente pronunciamiento. Es todo, terminó, se leyó y conforme firman.-
LA JUEZ TEMPORAL,

ABG. ZORAIDA MEJÍA CARVAJAL

LA SECRETARIA,

ABG. EVELÍN LARA GARCÍA


EL ALGUACIL,