REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Violencia contra la Mujer en Función de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui- Barcelona
Barcelona, 19 de Agosto de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2002-000303
ASUNTO : BP01-P-2002-000303

Visto el escrito presentado por la Dra. DERNIS SIFONTES, actuando en su carácter de Defensora Pública Primera en Materia de Violencia Contra la Mujer en Función de Juicio del acusado LUIS ENRIQUE VILLEGAS CARRASCO, en el cual solicita se extienda el lapso de presentaciones a su defendido, a cada 60 días, en virtud a que el mismo se encuentra laborando en la Empresa Unión Conductores Mesones-Cruz Verde A.C., desempeñando el cargo de cabillero, ya que sus presentaciones cada quince días, le entorpecen sus funciones laborales, corriendo el riesgo de perder su trabajo.
Los hechos en el presente caso ocurrieron en fecha 05 de Mayo del año 2002, los cuales fueron tipificados como VIOLACION, previsto y sancionado en el artículo 375 ordinal 4°, del Código Penal, otorgándosele Medida Cautelar Sustitutiva al señalado acusado en fecha 04-06-03, bajo presentación cada ocho (8) días, la cual fue ampliada en fecha 15-07-03 a cada quince (15) días y en fecha 10-06-2005 a cada treinta (30) días.
De igual manera revisado el Sistema Juris 2000, se constata que el mismo ha dado cumplimiento al régimen de presentaciones que le fuera impuesto, razón por la cual, considerando esta Instancia el tiempo de la ocurrencia de los hechos, asimismo el comportamiento demostrado por el acusado, no desprendiéndose de las actuaciones que haya obstaculizado de alguna manera el juicio penal que se le sigue, se declara con lugar la solicitud realizada por la Defensora.-
En consecuencia, este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en Función de Juicio, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda extender el periodo de presentaciones del acusado LUIS ENRIQUE VILLEGAS CARRASCO, quien es venezolano, natural de Caracas Distrito Capital, donde nació en fecha 23-03-1952, de 52 años de edad, estado civil Viudo, de profesión u oficio Chofer, hijo de IRENE CARRASCO DE VILLEGAS (d) y LUIS VILLEGAS (v), portador de la Cédula de Identidad Nº 3.302.979, y domiciliado en el Avenida Principal de Tronconal V, avenida 2 al final sector 7, al lado de la Bodega del señor Luís, Estado Anzoátegui, a cada SESENTA (60) DIAS, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando subsistentes las demás condiciones o requisitos impuestos por el Tribunal de la causa en su oportunidad. Notifíquese. Cúmplase.
LA JUEZA DE JUICIO,

DRA. ARIANI ROMERO HALEGIYS

LA SECRETARIA.,

ABG. ALIANNE BASTIDAS.