REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, cinco de agosto de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: BP02-S-2007-002415
La suscrita Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, Sede Barcelona, se ABOCA al conocimiento de la presente causa a los fines de su prosecución. Vista la anterior diligencia cursante al folio 90 del expediente y el contenido de la misma, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, Sede Barcelona, en uso de sus atribuciones legales y en interés superior de la joven NOREIMIS CAROLINA PARUTA MORENO de diecinueve (19) años de edad, acuerda: 1) Hacer entrega a la joven NOREIMIS CAROLINA PARUTA MORENO de diecinueve (19) años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.052.954, de la suma de (Bs. 6.999.58), por haber alcanzado la mayoría de edad, los cuales serán deducidos de la cuenta de ahorros N° 0007-0088-61-0010006454, llevada por este tribunal en el Banco Bicentenario (antes Banfoandes) de ésta ciudad, a nombre de la ciudadana YSMENIA CAROLINA MORENO, titular de la cédula de identidad N° 8.325.223, madre de los hermanos PARUTA MORENO. 2) Librar oficio a la Oficina de Control de Consignaciones adscrita a este Tribunal, quien queda comisionado para oficiar al Banco Bicentenario (antes Banfoandes) para la entrega de la cantidad de dinero a la joven NOREIMIS CAROLINA PARUTA MORENO de diecinueve (19) años de edad. Librese oficio. Quedando un activo de Bs. 6.999.58, el cual corresponde a la adolescente (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente). Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZA
Dra. ANA JACINTA DURÁN
EL SECRETARIO
Abg. JOEL PÉREZ GIL
AJD/J.R.