REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, seis de diciembre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: BP02-L-2010-001078
MONTO: Bs. F 15.611,03

SENTENCIA

Vista la TRANSACCION suscrita por el ciudadano JOSE ALFREDO ALCALA BERMUDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 17.237.149, debidamente asistido por la abogado CAROLINA BELLO COUSUELO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 118.271, por una parte y por la otra, la empresa MERCAVAH INSPECCIONES S.A, inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 16 de Septiembre del 2009, bajo el No. 28, Tomo 137-A, representada por el abogado EDUARDO JOSE QUINTANA GARCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 123.289, en su carácter de apoderado judicial de la misma, según documento poder que riela a los autos; este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha TRANSACCION, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 11 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y se da por terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Asimismo se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas que se soliciten. Dada, firmada, sellada y refrendada, a los seis (06) días del mes de Diciembre del dos mil diez (2010).
El Juez,


Abg. Ángel G. Parra


La Secretaria,

Abg. Maribi Yanez Nuñez.
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión. Conste.
La Secretaria,


Abg. Maribi Yanez Nuñez.