REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, diez de diciembre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: BP02-V-2005-001416
Vista la diligencia de fecha 06-12-2010, suscrita por la Fiscal Decimo Primero del Ministerio Publico del Estado Anzoategui, DRA. EGRIS LIRA ZAMBRANO, en la cual consigna el acta de la ciudadana NIURCA DEL VALLE SALAZAR, titular de la cedula de Identidad N° 15.191.249, en la cual solicita se le haga entrega de la suma de CUATRO MIL SETECIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 4.700,00) para cubrir gastos de calzados, zapatos, ropa y uniformes relacionado con su hijo el adolescente (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) del dinero depositado a la orden de este Tribunal.- En consecuencia, éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente del Estado Anzoátegui, en uso de sus atribuciones legales, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley e Interés Superior del adolescente de marras, acuerda hacer entrega a la ciudadana NIURCA DEL VALLE SALAZAR, titular de la cedula de Identidad N° 15.191.249, de la suma de CUATRO MIL SETECIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 4.700,00), de la Cuenta de Ahorros Nº 0007-0088-64-0010001218, del Banco Bicentenario, Agencia Barcelona, por concepto de bonificación especial para cubrir gastos relacionado con su hijo el adolescente (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) Asimismo se acuerda oficiar a la Oficina de Control de Consignaciones, a los fines arriba indicados. Líbrese oficio. Cúmplase.-
LA JUEZA.


Dra. ANA JACINTA DURAN.

EL SECRETARIO SUPLENTE.


Abg. JOEL PEREZ GIL.-

AJD/ALICIA.-