REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, dieciséis de diciembre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: BH06-S-1999-000012
Vista la diligencia inserta al folio (289), suscrita por la ciudadana CLISA OMAIRA TINEO, titular de la cédula de Identidad Nº V- 8.438.809, asistida por la Abogada en ejercicio Mary Carmen Batista Morales, fiscal décimo quinto, y el contenido de la misma; En consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda hacerle entrega a la ciudadana CLISA OMAIRA TINEO, titular de la cédula de Identidad Nº V- 8.438.809, la suma de DOS MIL BOLIVARES FUERTES CON CERO CENTIMOS (Bs. F. 2.000,00), de la cuenta de ahorros signada con el N° 0007-0088-63-0010003592, Banco Bicentenario Agencia Barcelona, a nombre del Adolescente (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , por concepto para sufragar gastos Navideños, Asimismo se acuerda oficiar a la Oficina de Control de Consignaciones, a los fines arriba indicados Cúmplase. Líbrese oficio.
LA JUEZ

ABOG. ANA JACINTA DURAN
EL SECRETARIO SUPLENTE

ABOG. JOEL PEREZ GIL.

En la misma fecha del auto anterior, se dio cumplimiento a lo acordado en él. Conste.
EL SECRETARIO SUPLENTE

ABOG. JOEL PEREZ GIL.

AJD/Yz.-