REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 28 de Enero de 2010
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2009-006944

Corresponde a este Tribunal actuando en funciones de control dictar pronunciamiento con relación a la solicitud de la Fiscal Sexta Principal y Auxiliar del Ministerio Público de este Estado, DRAS. GLADYS AMELIA FLEITA FLORES y INGRID VARGAS MAESTRE, consistente en el pedimento de SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida a MARIA TERESA TABATA, ROSA TABATA, YAMILET POLANCO, MARIA TERESA TABATA, GRISELDA TABATA y COROMOTO TABATA, (sin mas datos de identificación), por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en al articulo 418 del Código Penal, cometido en perjuicio de YUSMARY JOSEFINA NARVAEZ, SIMON ANTONIO FERMIN BRITO, CARMEN GRACIELA FERMIN DE SUAREZ, YULAM DEL VALLE BRITO, aduciéndose como fundamento de ello lo estatuido en el artículo 108, ordinal 6º del Código Penal, en relación con el artículo 318, ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48, ordinal 8º ejusdem. A tal efecto este Tribunal de Control Nº 04, pasa a pronunciarse con respecto a la solicitud fiscal:

MOTIVA
Considerando la fecha en la cual fue interpuesta la denuncia (01/07/2007) y tratándose del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en al articulo 418 del Código Penal, el cual establece una pena de Arresto de Tres (03) a Seis (06) meses, conforme al ordinal 6º del artículo 108 del Código Penal, y en virtud de haber transcurrido hasta la presente fecha un lapso de más de Dos (02) años, sobrepasando en exceso el lapso de prescripción aplicable, se debe concluir que la petición Fiscal se encuentra ajustada a Derecho y se procede en consecuencia a decretar el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, por haber operado la prescripción de la acción penal, de acuerdo a los artículos 318, ordinal 3°, 48, ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 108, ordinal 6° del Código Penal. Y ASÍ SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Este Tribunal de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la precitada solicitud y Decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida a MARIA TERESA TABATA, ROSA TABATA, YAMILET POLANCO, MARIA TERESA TABATA, GRISELDA TABATA y COROMOTO TABATA, (sin mas datos de identificación), por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en al articulo 418 del Código Penal, cometido en perjuicio de YUSMARY JOSEFINA NARVAEZ, SIMON ANTONIO FERMIN BRITO, CARMEN GRACIELA FERMIN DE SUAREZ, YULAM DEL VALLE BRITO, por haber operado la prescripción de la acción penal, de acuerdo a los artículos 318, ordinal 3°, 48, ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 108, ordinal 6° del Código Penal. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ DE CONTROL Nº 04,

DRA. MARIA CARABALLO ESPAÑOL
LA SECRETARIA,

ABOG. MAGLEN MARIN RODRIGUEZ


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.


LA SECRETARIA,

ABOG. MAGLEN MARIN RODRIGUEZ