REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiséis de enero de dos mil diez
199º y 150º

ASUNTO: BP02-V-2008-002784

Vista la diligencia suscrita en fecha 07 de diciembre de 2009, suscrita por el abogado en ejercicio Luís Rodríguez González, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 17.112, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual desiste del procedimiento; éste Tribunal, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO, en la misma forma, términos y condiciones expresados en dicha diligencia, conforme a lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Cúmplase.-
El Juez Temporal,

Abog. Alfredo José Peña Ramos
La Secretaria,

Abog. Judith Moreno Sabino







/Aura H.-