REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, trece de enero de dos mil diez
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-001782
ASUNTO: BP12-S-2008-001782

SOLICITANTE (S): AGUSTINA RAMONA SUAREZ MARCANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.494.189, domiciliada en la Calle Las Torres, Casa Nº 25 Sector La Pradera de la Ciudad El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
Por cuanto desde el último acto de procedimiento que se realizo en la presente causa, hasta la presente fecha ha transcurrido más de un (1) año, sin que ninguna de las partes haya instado el presente procedimiento, se declara la Perención de la Instancia, conforme a lo dispuesto en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil.-
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA, por haber ocurrido la perención en el presente asunto.- De conformidad con lo establecido en el artículo 285 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.-
DADA, FIRMADA Y SELLADA en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en la ciudad de El Tigre, a los trece días del mes de Enero del año dos mil diez.- Años 199° de la Independencia y 149° de la Federación.-
LA JUEZ TEMPORAL,

Abg. KARELLIS ROJAS TORRES
LA SECRETARIA,

LAURA PARDO DE VELASQUEZ