REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiseis de enero de dos mil diez
199º y 150º
ASUNTO : BP02-S-2009-004162
Vista la anterior Solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por el abogado HECTOR MORALES CAMPOS, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 67.196, actuando en este acto en su carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos MARIA TERESA FERMIN DE LONGART, FELIPE NERI LONGART FERMIN, CARMEN ROSA LONGART FERMIN, ANGEL VICENTE LONGART FERMIN, JULIO CESAR LONGART FERMIN Y MELCHOR JOSE LONGART FERMIN, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, titulares de las cedulas de identidad Nº V- 3.136.966, 5.491.799, 5.487.159, 5.491.798, 8.216.053, y 8.273.163, respectivamente, donde solicitan sean declarados, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de su común causante, el “de cujus” ANGEL MELCHOR LONGART MUÑOZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 1.461.214, fallecido Ab-Intestato en fecha venticinco (25) de mayo de dos mil nueve (2.009), en el Hospital Dr. Luis Razetti, Parroquia El Carmen de esta ciudad de Barcelona, del Estado Anzoátegui.-
Este Tribunal, vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de las testigos, ciudadanos FUENTES ROJAS OMAIRA JOSEFINA y SILVA OLGA DE JESUS, plenamente identificados en sus declaraciones hechas por ante este Juzgado en fecha siete (07) de diciembre de dos mil nueve (2.009), las cuales quedaron contestes en afirmar todas y cada uno de los particulares relativos a la solicitud, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Simón Bolívar de esta Circunscripción Judicial, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones bastantes y suficientes para asegurarles su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la “de cujus” ANGEL MELCHOR LONGART MUÑOZ, a los ciudadanos: MARIA TERESA FERMIN DE LONGART, FELIPE NERI LONGART FERMIN, CARMEN ROSA LONGART FERMIN, ANGEL VICENTE LONGART FERMIN, JULIO CESAR LONGART FERMIN Y MELCHOR JOSE LONGART FERMIN, en su condición de cónyuge e hijos del “de cujus” antes mencionado, quedando en todo caso a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.- Devuélvase estas actuaciones originales a los interesados y déjese nota en el Libro Diario que lleva este Tribunal y así de decide.-
El Juez Suplente Especial,
Abog. JOSE JESUS RAMIREZ.-
El Secretario Accidental,
Abog. OSWALDO FERNANDEZ.-
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