REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
199° Y 150°
El Tigre, 22 de Enero de 2010
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2009-002061
ASUNTO: BP12-S-2009-002061
Vista la solicitud presentada por las ciudadanas ANDREINA DEL CARMEN ESCALA RIVAS Y MARIELA DE LASNIEVES ESCALA RIVAS, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nº V-18.454.248 y Nº V-12.681.669, domiciliadas en la Carrera Nacional de la Vía el Caris demarcada con el Nº 15, Sector Los Rosales en esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, asistida por la abogada LIZETTE RAYMONDI LOZADA, inscrita en el Inpreabogado bajo el numero Nº 85.212, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomento a expensa propia con dinero de su propio peculio, ubicadas en la Carrera Nacional de la Vía el Caris demarcada con el Nº 15, Sector Los Rosales, en esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, cuyos Linderos particulares son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de la Familia Meza, midiendo, Ciento Cincuenta y Tres metros (153 Mts) ; SUR: Casa que es o fue de Familia Sifontes, midiendo Ciento Cincuenta y Tres (153 Mts); ESTE: Carreta Nacional Vía El Caris y su frente, midiendo Cincuenta y Dos metros (52 Mts) y; OESTE: Terreno de la Alfarería Guanipa midiendo Cincuenta (52Mts) aproximadamente. Dichas bienhechurías consta de las siguientes características: Seis (6) Habitaciones, Dos (2) Baños, Sala Comedor, Cocina, Corredor Lateral Enrejado, Lavandero, Porche con Platabanda, Ventana con Protectores, Una (1) Entrada Principal con Protector de rejas y Una (1)Entrada Trasera; constituyendo una Superficie Total de Construcción de Doscientos Setenta y Tres metros Cuadrados (273 M2), y así mismo hemos construido Un (1) para la cría de Pollo, constante de una pared de bloque sin friso, cerca de Alfajor y Tres (3) medias paredes de bloques sin friso, techo de zinc y una puerta de entrada, midiendo su frente y fondo seis metros (6 Mts) aproximadamente cada uno y teniendo cada lado Diez metros (10 Mts) cada uno para totalizar una superficie de Sesenta metros (60 Mts2) de construcción. También en la parcela antes descrita hemos sembrado una variedad de árboles frutales: Tales como mangos, aguacates, guanábanas entre otros construida de paredes de bloques, techo de zinc, pisos de cementos. El valor invertido es la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs.F.20.000,00), lo que equivale a TRECIENTAS SESENTA Y TRES CON SESENTA Y TRES DECIMAS (363,63 U.T) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos hábiles, ciudadanos ANDRES RAFAEL ORDAZ Y JOSE ALEXANDER PADRINO CONTRERAS, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce las ciudadanas ANDREINA DEL CARMEN ESCALA RIVAS Y MARIELA DE LASNIEVES ESCALA RIVAS ya identificado, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
ABG. ARELIS MORILLO SANCHEZ
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. FLOR YESENIA CUESTA
Se devuelven constante de Trece (13) folios útiles originales con sus resultas al interesado.-
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. FLOR YESENIA CUESTA
AMS/FYC/macp