REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, 27 de Enero de 2010
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2009-002039
ASUNTO: BP12-S-2009-002039
Vista la solicitud presentado por el ciudadano JOSE GREOGORIO SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.944.731, domiciliado en la Calle San Carlos c/c Calle Republica, de la ciudad de San José de Guanipa, Municipio San José Guanipa del Estado Anzoátegui, Teléfono 0414-8414088, 0414-8266718, asistido por el abogado JOSE GUZMAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.230.878, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 51.495, donde manifiesta se le conceda TÍTULO SUPLETORIO de dominio sobre un vehículo que posee las siguientes características: SERIAL DE MOTOR: INV350675: MARCA: CHEVROLET; MODELO: CHEVETTE; AÑO: 1992; TIPO: SEDAN; PLACA: XOJ-663, COLOR: BLANCO; SERIAL DE CARROCERIA: 5C69JNV350675; CLASE: AUTOMOVIL, USO: PARTICULAR. Y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos EMILIO JOSE CARDOZO TIRADO Y OSCAR RAMON MEDINA CORDOVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Números V-18.679.655 y V-11.727.642, respectivamente.- Asimismo, visto el resultado de la experticia practicada al referido vehículo por el cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas Sub-Delegación EL Tigre, Estado Anzoátegui, y por la Unidad de Vigilancia de Tránsito Terrestre, de la Zona Sur del Estado Anzoátegui. Éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, éste tribunal DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano CARLOS ALBERTO ZAMORA, plenamente identificado sobre el vehículo antes descrito en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
ABG. ARELIS MORILLO SANCHEZ
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. FLOR YESENIA CUESTA
Se devuelven constante de Veintitrés (23) folios útiles originales con sus resultas al interesado.-
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABG. FLOR YESENIA CUESTA,