REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN JOSÉ DE GUANIPA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN JOSE DE GUANIPA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI.
El Tigre, veinticinco (25) de Enero del año (2010)
ASUNTO: BP12-S-2009-002901
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (DECRETO DE TITULO SUPLETORIO)
PROCEDIEMINTO: CIVIL - JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
MOTIVO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: JESUS RAMON LINO FERMIN, titular de la cedula de identidad No. V-5.995.620, asistido por el ciudadano ABG. PRIMO VILLARROEL SANTAELLA, titular de la cedula de identidad No. V-3.854.731, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el No. 14.278.
Vistas y analizadas las actas procesales que conforman la presente Solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano JESUS RAMON LINO FERMIN, titular de la cedula de identidad N° V-5.995.620, asistido por el ciudadano ABG. PRIMO VILLARROEL SANTAELLA, titular de la cedula de identidad No. V-3.854.731, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el No. 14.278; donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propiedad, en una parcela de terreno municipal, ubicada en la Calle San Juan, N° G-170, Sector Rufino Mendoza de San José de Guanipa Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, que posee una superficie aproximada de SEISCIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS (660 Mts2), alinderado de la siguiente manera: NORTE: Casa propiedad de Del Valle Itriago, midiendo treinta y tres metros (33Mts) aproximadamente; SUR: Casa en construcción de Pedro Palacios, midiendo treinta y tres metros (33Mts) aproximadamente; ESTE: Casa propiedad de Pedro Carvajal, midiendo veinte metros (20Mts) aproximadamente, y OESTE: Calle San Juan que es su frente, midiendo veinte metros (20 Mts) aproximadamente. Dichas bienhechurias poseen las siguientes características: Una (01) casa de paredes de bloques de cemento, techo de acerolit y pisos de concreto recubiertos con terracota, la cual actualmente consta de un porche, una sala, cinco habitaciones, una cocina, un comedor, un corredor, un garaje tachado, dos baños, un lavandero en el patio, encontrándose toda la parcela techada con acerolit y tubos de metal.
El valor que poseen las bienhechurias antes descritas es la cantidad de SESENTA MIL BOLIVARES (Bs. 60.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los ciudadanos ALEXIS DE JESUS CAMPOS FERMIN y JESUS RAFAEL FERMIN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No. V-5.467.151 y V-4.511.790 respectivamente, y en virtud de la competencia conferida a los Juzgados de Municipio mediante Resolución No. 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, Publicada en Gaceta Oficial No. 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN JOSÉ DE GUANIPA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano JESUS RAMON LINO FERMIN, plenamente identificada, sobre las bienhechurias antes descritas en el presente decreto; dejando a salvo los derechos de terceros. Déjese copia del presente Decreto para su Archivo y devuélvanse las presentes actuaciones en original constante de Nueve (09) folios útiles, a la parte interesada.
DADO, FIRMADO Y SELLADO, en el Despacho del Juzgado del Municipio San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el Palacio de Justicia de la ciudad de El Tigre, a los veinticinco (25) días del mes de Enero del año dos mil diez.- Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
LA JUEZ TEMPORAL,
ABG. DAISY MARQUEZ YANEZ
EL SECRETARIO TITULAR,
ABG. FRANCISCO GONZALEZ ACOSTA,
En ésta misma fecha se publicó y se agregó a la solicitud la decisión, dando cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO TITULAR,
ABG. FRANCISCO GONZALEZ ACOSTA
ASUNTO: BP12-S-2009-002901
DMY/FGA/cg.