REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEPTIMO DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI
EXTENSION TERRITORIAL EL TIGRE
El Tigre, miércoles 27 de enero de 2010
199° y 150°
ACTA
N ° DE EXPEDIENTE: BP12-L-2008-000630
PARTE ACTORA: JOSE VASQUEZ, ADRIAN MARQUEZ, ROBERTO URBAEZ, JOSE PRADO, GUILLERMO SALAZAR, WILLIAM MEJIAS, JORGE QUINTANA, FREDDY VALDERRAMA y REHISERT MARCANO, Venezolanos, mayores de edad, portadores de la Cédula de Identidad N° V. 8.490.695, 12.650.520, 11.515.827, 6.849.582, 4.910.141, 4.214.484, 4.912.315, 5.470.856 y 13.789.777, respectivamente y de este domicilio.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: MODESTO GARCIA SALEH, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 89.655.
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCCIONES Y MANTENIMIENTO GERENCIA 2000,C,A, (G 2000)
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA : SANDRO MARTINEZ PERICO y RICHARD CUELLAR, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 49.098 y 125.158 respectivamente
PARTE CODEMANDADA: PDVSA PETROLEO.
APODERADO DE PDVSA PETROLEO. SALVADOR CARPIO, abogado en ejercicio, inscrito en el inptre-abogado bajo el N° 91.826
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
A las 12:00.m, del día hábil de hoy, miércoles 27 de enero de 2010, siendo la oportunidad previamente fijada para la prolongación en la presente causa, que por cobro de prestaciones sociales intentaran los ciudadanos JOSE VASQUEZ, ADRIAN MARQUEZ, ROBERTO URBAEZ, JOSE PRADO, GUILLERMO SALAZAR, WILLIAM MEJIAS, JORGE QUINTANA, FREDDY VALDERRAMA y REHISERT MARCANO, anunciado como fue el acto a la hora señalada, con las formalidades de Ley en este proceso de cobro PRESTACIONES SOCIALES, este Tribunal deja constancia que no compareció a la AUDIENCIA PRELIMINAR los Ciudadanos JOSE VASQUEZ, ADRIAN MARQUEZ, ROBERTO URBAEZ, JOSE PRADO, GUILLERMO SALAZAR, WILLIAM MEJIAS, JORGE QUINTANA, FREDDY VALDERRAMA y REHISERT MARCANO, Venezolanos, mayores de edad, portadores de la Cédula de Identidad N° V. 8.490.695, 12.650.520, 11.515.827, 6.849.582, 4.910.141, 4.214.484, 4.912.315, 5.470.856 y 13.789.777, respectivamente y de este domicilio, ni por sí ni por medio de su apoderado MODESTO GARCIA SALEH, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 89.655, Igualmente se deja constancia que compareció a la Audiencia la empresa demandada CONSTRUCCIONES Y MANTENIMIENTO GERENCIA 2000,C,A, (G.2000) y PDVSA PETROLEO, por medio de sus apoderados RICHARD CUELLAR, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 125.158 respectivamente y por PDVSA PETROLEO, MARICEL FERMIN, abogada en ejercicio, inscrita en el inptre-abogado bajo el N° 71.744, por lo que de conformidad con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 199° y 150°
EL JUEZ
Abg. DARIO NESSI BARCELIO
La Secretaria,
Por CONSTRUCCIONES Y MANTENIMIENTO GERENCIA 2000,C,A, (G.2000)
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