En horas de despacho del día de hoy martes (19) de Enero de dos mil diez, siendo las nueve (09:00) de la mañana, se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro María Freites de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui por la Juez, Dra. Ilmiflor Guevara Lista, la Secretaria Abogada Maury Fuentes Fariñas y la Alguacil Tamara Torres, en compañía y por indicación del Apoderado Judicial del la parte actora, Abogado JORGE FELIX BRUCE , venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº106.603 , a los fines de practicar una Medida Preventiva de Embargo decretada por el Juzgado del Municipio San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el juicio que por Cobro de Bolívares (Vía Intimatoria) sigue el ciudadano CESAR AUGUSTO DIAZ contra la SOCIEDAD MERCANTIL ENGINES COMPRESOR & PARTS, ( ENCOPA) C.A.. Constituido el Tribunal en el sitio indicado por la parte actora el Departamento Jurídico de la Empresa PDVSA Petróleo S.A. ubicada en San Tomé, Municipio Pedro María Freites del Estado Anzoátegui se notificó de su misión a la ciudadana Dailyris Medina, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.940.286 de profesión Abogada e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 113.665, quien ocupa el cargo de Asesor Legal de la Empresa PDVSA Petróleo S.A. Me doy por notificada de la presente Medida Preventiva de Embargo decretada por el Tribunal de la Causa. Seguidamente interviene el Apoderado Judicial del la parte actora Abogado Jorge Félix Bruce y expone: Solicito muy respetuosamente a este digno Tribunal Ejecutor de Medidas practique la Medida Preventiva de Embargo decretada por el Tribunal de la causa sobre cualquier cantidad de dinero liquida y exigible, crédito, acreencia existentes o futuras, factura que pudiera tener a su favor la Empresa demandada ENGINES COMPRESOR & PARTS, C.A. Rif.J-31321485-0 en la Empresa PDVSA Petróleo S.A. hasta cubrir el monto de SETENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS (Bs.77.983,60) que comprende el monto del capital adeudado mas los intereses moratorios y costas procesales. Seguidamente interviene la Asesora Legal de la Empresa PDVSA Petróleo S.A. Abogada Dailyris Medina y expone: Me comuniqué vía telefónica con el Departamento de Finanzas y me informaron que la Empresa demandada ENGINES COMPRESOR & PARTS, C.A. Si posee actualmente acreencias a su favor en la Empresa P.D.V.S.A, Petróleo, S.A. y las mismas cubren la totalidad del monto demandado, igualmente me reservo el lapso establecido en el artículo 594 del Código de Procedimiento Civil para informar oportunamente al Tribunal de la causa. En este estado este Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro María Freites de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y con la Autoridad que le confiere la ley Ejecuta Medida Preventiva de Embargo sobre la cantidad de SETENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS (Bs.77.983,60 ). Una vez deducidas las cantidades de dinero debe ser remitidas lo mas pronto posible al Tribunal de la Causa Juzgado del Municipio San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, mediante Cheque de Gerencia. El Rif. G200000309 del Juzgado. Es todo. En este estado el Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Freites cumplida su misión declara cerrado el presente acto. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ EJECUTORA TEMPORAL
LA NOTIFICADA
EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
LA SECRETARIA
LA ALGUACIL
|