REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 6 de Febrero de 2010
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2009-001820
ASUNTO : BP01-P-2009-001820
Visto el escrito presentado por el DR. HARRINSON RAFAEL GONZALEZ GARCIA, en su carácter de Fiscal Primero del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, solicito ante Usted, colocando a la orden de este Tribunal al imputado: DARWIN ANTONIO RAMIREZ CARRASQUEL, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 406 del Código Penal, cometido en perjuicio de quien en vida se llamara MANUEL ANTONIO PALMA, Solicito a este Tribunal de Control le sean decretada MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con el Artículo 250, 251 Parágrafo Primero y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, Solicito se califique la aprehensión como flagrante y se acuerde el Procedimiento Ordinario. Y oído como fue el imputado debidamente asistido por su Defensores de Confianza, ABOG. ANAIS NOGUERA Y ABG. HAICEL YSTURIZ, previamente designado; este Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal, para decidir, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se acuerda proseguir la presente investigación por le procedimiento ordinario, de conformidad con lo establecido en el articulo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Revisadas la presente causa, se observa que cursa en las mismas las siguientes actuaciones: TRASCRIPCIÓN DE NOVEDAD de fecha 10 de Agosto, suscrita por el Jefe de Guardia de la Sub-Delegación de Barcelona, del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas , en la cual manifestò lo siguiente: “...se recibe llamada telefónica... informando que la calle Luis Aparicio, Sector 02 del barrio el Viñedo de Barcelona, se encuentra el cuerpo sin vida de una persona del sexo masculino, quien respondía al nombre de PALMA MANUEL ANTONIO, presentando heridas punzo penetrante en varias partes del cuerpo, no aportando mas datos al respecto...”. ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 10 de Agosto de 2008, suscrita por el Funcionario MATA IRINA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas Sub-Delegación Barcelona; quien dejo constancia de la siguiente diligencia policial: “...iniciando las averiguaciones relacionadas con las actas procesales signadas con las nomenclaturas H-876-222, instruida por ante este Despacho por la comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS (HOMICIDIO), me traslade en compañía del funcionario Agentes MILLAN CARELOS, hacia la calle Luis Aparicio, Sector II, barrio el Viñedo de Barcelona, Estado Anzoátegui, a fin de realizar inspección técnica y diligencias que ayuden al esclarecimiento del hecho que se investiga, una vez en la dirección antes mencionada fuimos recibidos por una comisión de la Policía del Estado Anzoátegui, al mando del Sargento II FREDDY BRACHE, quienes nos condujeron al lugar donde se suscitaron los hechos que se investigan donde al observar el sitio, nos encontramos con el cuerpo inerte de una persona correspondiente al sexo masculino tendido en el suelo en Posic.`pon decúbito dorsal, presentando heridas punzo cortantes y portando como vestimenta un pantalón de color azul y camisa de color blanco y con rojo, de inmediato el funcionario MILLAN CARLOS, procedió a realizar la respectiva inspección técnica, la cual consigno en la presente acta, donde se colecto como evidencia de interés criminalistico una camisa marca GUESS, de color BLANCO CON ROJO, talle s, ...sostuvimos entrevista con un ciudadano quien luego de identificarnos e imponerle de nuestra presencia se identifico como PALMO JOSE RAFAEL, quien nos manifestò ser el tío del hoy occiso del mismo modo manifestò que el desconoce el motivo por el cual le dieron muerte a su sobrino, posteriormente lo identifico como PALMA MANUEL ANTONIO, titular de la cèdula de identidad Nº V-8.274.626, ...procedimos a efectuar la remoción del cadáver con la finalidad de trasladarlo a la hasta la Morgue del Hospital Universitario Dr. Luis Razetti de esta ciudad, con el fin de practicarle Inspección técnica y necropsia de ley...; una vez en el sitio el funcionario CARLOS MILLAN, procedió a realizar la respectiva inspección técnica al cadáver, la cual consigno mediante la presente acta policial, donde se le observo las siguientes heridas producidas por arma blanca, (12) heridas punzo cortantes en la región pectoral, dos (02) heridas punzo cortantes en la región del mentón, dos (02) heridas punzo cortantes en la región frontal y una herida cortante en la región orbital...”. ACTA DE INSPECCIÓN TECNICA POLICIAL NUMERO 3678, de fecha 10 de Agosto de 2008, Suscrita por los Funcionarios MILLAN CARLOS Y MATA IRAN, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica, Sub-Delegación de Barcelona, en la siguiente dirección: CALLE LUIS APARICIO, SECTOR II (VIA PUBLICA) BARRIO EL VIÑEDO, BARCELONA. ACTA DE INSPECCIÓN TECNICA POLICIAL NUMERO 3679, de fecha 10 de Agosto del 2008, suscrita por los Funcionarios MILLAN CARLOS Y MATA IRAN, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica, Barcelona, en la siguiente dirección: LA MORGUE DEL HOSPITAL DR. LUIS RAZETTI, UBIACDO EN BARCELONA ESTADO ANZOATEGUI, quienes dejaron constancia de lo siguiente: “ ... CARACTERISTICAS FISICAS Y FISONOMICAS: De piel morena, de contextura delgada, de cabello corto negro, frente amplia, cara ovalada, cejas pobladas separadas, ojos regulares pardo claro, nariz grande, escaso bigote, boca grande, labios granes y gruesos, de un metro sesenta y cinco centímetros de altura aproximadamente: EXAMEN EXTERNO DEL CADAVER: (…) se le observan las siguientes heridas; doce heridas punzo penetrantes de bordes lisos, con una longitud de veinte a veinticinco milímetros respectivamente, agrupadas entre si en el ámbito de la región pectoral, dos heridas punzo penetrante de bordes lisos, con una longitud de veinte a treinta milímetros respectivamente, agrupadas entre si en la región del mentón, dos heridas punzo penetrantes de bordes lisos, con una longitud de cincuenta a cien milímetros respectivamente, agrupadas entre si en el ámbito de la región pectoral, una herida punzo penetrante con bordes lisos con una longitud de cuarenta centímetros en el ámbito de la región orbital...”. IDENTIDAD DEL CADAVER la misma registra en libro de ingresos de esa morgue como: MANUEL ANTONIO PALMA.../”. ACTA DE INVESTIGACION POLICIAL, de fecha 13 de Agosto de 2008, suscrita por el funcionario AGENTE JUAN GONZALEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica, Barcelona, en la cual dejaron constancia de lo siguiente: “...me traslade en compañía del funcionario AGENTE JESUS URBINA, hacia la calle Luis Aparicio del barrio el Viñedo, lugar donde se suscitaron los hechos que nos ocupa, a fin de ubicar a posibles testigos que nos ayuden al esclarecimiento del hecho, donde una vez en el referido sector y luego de entrevistarnos con los moradores del sector, una ciudadana quien solo dijo ser llamarse NIDIA TORRES, nos manifestò haber visto al ciudadano MANUEL PALMA (occiso)e el dìa 09/08/08, aproximadamente a las 10:00 de la noche compartiendo con varias personas en la residencia de un ciudadano de nombre ADRIAN, señalándonos la residencia del mismo ubicada en la calle Armando Reveros del sector el Viñedo, ... nos trasladamos hacia la referida residencia y luego de varios llamados a la puerta fuimos recibidos por el ciudadano ADRIAN AMARICUA JOSE FRANCISCO, a quien se le hizo entrega de boleta citación...”. CURSA ACTA DE ENTREVISTA, tomada en fecha 14 de Agosto del 2008, al ciudadano ADRIAN AMARICUA JOSE FRANCISCO. CURSA ACTA DE INVESTIGACION, de fecha 15 de Agosto de 2008, suscrita por el funcionario JUAN GONZALEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica, Barcelona. CURSA ACTA DE ENTREVISTA, tomada en fecha 16 de Agosto del 2008, al ciudadano MATA MATA RAMON VICENTE. CURSA ACTA DE INVESTIGACION, de fecha 18 de Agosto de 2008, suscrita por el funcionario JUAN GONZALEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica, Barcelona. CURSA ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 16 de Agosto del 2008, tomada al ciudadano CONOPOIMA JESUS RAMON. CURSA ACTA DE INVESTIGACION, de fecha 18 de Agosto de 2008, suscrita por el funcionario JUAN GONZALEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica, Barcelona. CURSA ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 16 de Agosto del 2008, tomada al ciudadano WILLIANS JOSE PERDOMO ARELLAN. CURSA ACTA DE INVESTIGACION, de fecha 24 de Agosto de 2008, suscrita por el funcionario JUAN GONZALEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica, Barcelona. PROTOCOLO DE AUTOPSIA NRO. 09700-139-722/2008, suscrita por la Doctora YOLANDA MORA DE TOVAR, Medico Anatomapatólogo Forense, practicada al cadáver de PALMA MANUEL ANTONIO.-FECHA DE MUERTE; 10/08/2008; FECHA DE AUTOPSIA: 10/08/2008. CONCLUSION Heridas 17 por arma blanca ubicadas en hemotórax anterior derecho 8, hemotórax anterior izquierdo 1, abdomen 3, mentón 2, región superciliar izquierda 1, Angulo interno del ojo izquierdo, región frontal izquierda 1, marca de mordisco en el hombro derecho. CAUSA DE LA MUERTE: “Taponamiento cardiaco por hemopericardio debido herida por arma blanca. CERTIFICADO DE MUERTE: Taponamiento cardiaco por hemopericardio debido a herida por arma blanca. CURSA ACTA DE INVESTIGACION, de fecha 25 de Agosto de 2008, suscrita por el funcionario JUAN GONZALEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica, Barcelona. CURSA ACTA DE INVESTIGACION, de fecha 27 de Agosto de 2008, suscrita por el funcionario JUAN GONZALEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica, Barcelona. CURSA ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 28 de Agosto del 2008, tomada al ciudadano PEREZ EDGAR TEOBALDO. CURSA ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 28 de Agosto del 2008, tomada a la ciudadana ROSA JOSEFINA ROMERO. CURSA ACTA DE INVESTIGACION, de fecha 29 de Agosto de 2008, suscrita por el funcionario JUAN GONZALEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica, Barcelona.…Elementos de convicción que al criterio de este Tribunal son suficientes para estimar que el imputado es autor o participes en la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 406 del Código Penal, cometido en perjuicio de quien en vida se llamara MANUEL ANTONIO PALMA; hecho punible que merecen pena privativa de libertad y cuya acción penal no se halla prescrita, asimismo al existir una presunción razonable de peligro de fuga y obstaculización en la búsqueda de la verdad, en razón a la pena que se podría llegar a imponerse en el caso, la magnitud del daño causado y por ser el hecho punible un delito que en su límite máximo prevé una pena mayor a diez años de prisión por tales motivos es que este Tribunal de Control N° 04, DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del imputado DARWIN ANTONIO RAMIREZ CARRASQUEL, conforme a lo establecido en los artículos 250, numerales 1°, 2° y 3° y 251, numerales 2° y 3° Parágrafo Primero del Código Orgánico Procesal Penal. Declarándose en consecuencia sin lugar la solicitud de la defensa por las consideraciones antes señaladas. Se establece que el procedimiento a seguirse es el ORDINARIO. Remítase oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, sub. Delegación Barcelona, participando la decisión dictada por este Tribunal, fijándose como sitio de reclusión la Comandancia General de la Policía del Estado, hasta tanto cesen la huelga en el Internado Judicial José Antonio Anzoátegui, donde quedara recluido el imputado a la orden de este Tribunal. Y ASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PREVENTIVA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD al imputado DARWIN ANTONIO RAMIREZ CARRASQUEL, Venezolano, Natural de Maracay Edo Aragua, mayor de edad, soltero, nacido en fecha: 20-12-1983, de profesión Carpintero, hijo de JOSE RAMIREZ (V) y CARMEN CARRASQUEL (V), titular de la cedula de identidad V.-17.050.036, domiciliado en Maturín, Sabana Grande, Sector III, Carrera VI, Casa S/N, Estado Monagas, Telf.- 0244-3342184, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 406 del Código Penal, cometido en perjuicio de quien en vida se llamara MANUEL ANTONIO PALMA, Todo de conformidad a lo establecido en los artículos 250, numerales 1°, 2° y 3° y 251, numerales 2° y 3° Parágrafo Primero del Código Orgánico Procesal Penal. Se decreta la aplicación del Procedimiento Ordinario. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.
LA JUEZ DE CONTROL N° 04 DE GUARDIA,
DRA. MARIA CARABALLO ESPAÑOL
EL SECRETARIA DE GUARDIA,
ABG. ALI SALAVERRIA
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