REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez de febrero de dos mil diez
199º y 150º
JURISDICCIÓN CIVIL
ASUNTO : BP02-X-2010-000004
Jueza que se inhibe: Ciudadana SULEIMA PEREZ GARCIA, en su carácter de Jueza Temporal del Juzgado del Municipio Libertad de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Accionantes: Ciudadanos CRUZ ZENAIDA GONZALEZ, BIRMANIA GONZALEZ DE LEON, YAJAIRA GONZALEZ DE SARMIENTO y OSMANI GONZALEZ GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 3.238.479, 4.502.431, 4.898.177 y 4.906.225, respectivamente.
Accionado: Ciudadano GAZZMAR FABRIANI BASTARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.898.623.
Motivo: Inhibición.
II
SÍNTESIS DE LA SOLICITUD
Por auto de fecha 04 de febrero de 2.010, este Tribunal le dio entrada al expediente contentivo de las actuaciones concernientes a la Inhibición interpuesta por la abogada SULEIMA PEREZ GARCIA, en su carácter de Jueza Temporal del Juzgado del Municipio Libertad de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en la demanda de DESALOJO propuesta por los ciudadanos CRUZ ZENAIDA GONZALEZ, BIRMANIA GONZALEZ DE LEON, YAJAIRA GONZALEZ DE SARMIENTO y OSMANI GONZALEZ GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 3.238.479, 4.502.431, 4.898.177 y 4.906.225, respectivamente, en contra del ciudadano GAZZMAR FABRIANI BASTARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.898.623.
En fecha 01 de Febrero de 2.010, la abogada SULEIMA PEREZ GARCIA, en su carácter de Jueza Temporal del Juzgado del Municipio Libertad de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, consignó Resolución donde plantea su Inhibición en la demanda de DESALOJO propuesta por los ciudadanos CRUZ ZENAIDA GONZALEZ, BIRMANIA GONZALEZ DE LEON, YAJAIRA GONZALEZ DE SARMIENTO y OSMANI GONZALEZ GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 3.238.479, 4.502.431, 4.898.177 y 4.906.225, respectivamente, en contra del ciudadano GAZZMAR FABRIANI BASTARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.898.623, mediante el cual hace algunos alegatos a los fines de sustentar dicha Inhibición.
En la misma fecha indicada, la abogada SULEIMA PEREZ GARCIA, en su carácter de Jueza Temporal del Juzgado del Municipio Libertad de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, consignó mediante Oficio el Acta de Inhibición emanada del Juzgado del Municipio Libertad de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el cual manifiesta que:
“…En fecha 14 de enero de Dos Mil Diez (2010) se recibió por la Secretaría de este Juzgado el Expediente Nº 2000-386…contentivo del Juicio que por DESALOJO siguen los ciudadanos CRUZ ZENAIDA GONZALEZ, BIRMANIA GONZALEZ DE LEON, YAJAIRA GONZALEZ DE SARMIENTO y OSMANI GONZALEZ GARCIA, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 3.238.479, 4.502.431, 4.898.177 y 4.906.225, respectivamente…contra del ciudadano GAZZMAR FABRIANI BASTARDO, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.898.623…El Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui…en fecha Seis (06) de Octubre de Dos Mil Nueva (2009), conoció y sentenció el presente Juicio declarando la REPOSICIÖN de la presente causa al estado que me pronuncie sobre la admisibilidad o no de dicha demanda…sucede ciudadano Juez de Alzada, que conforme a lo establecido en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil en su ordinal 15, el cual establece: “…Los funcionarios judiciales, sean ordinarios, accidentales o especiales, incluso en asuntos de jurisdicción voluntaria, pueden ser recusados por alguna de las causas siguientes: …15.- Por haber…manifestado su opinión sobre lo principal del pleito o sobre la incidencia pendiente, antes de la sentencia correspondiente, siempre que…sea el Juez de la causa…En consecuencia, de acuerdo con lo consagrado en el Artículo transcrito parcialmente…y aunado que en fecha 10 de Junio de 2009, dicté sentencia definitiva en el juicio que por DESALOJO siguen los ciudadanos CRUZ ZENAIDA GONZALEZ, BIRMANIA GONZALEZ DE LEON, YAJAIRA GONZALEZ DE SARMIENTO y OSMANI GONZALEZ GARCIA, arriba identificados, contra del ciudadano GAZZMAR FABRIANI BASTARDO, también arriba identificado, declarando CON LUGAR LA DEMANDA; es que procedo a INHIBIRME, como en efecto me INHIBO de conocer la presente causa…”
II
MOTIVOS DE HECHO Y DE DERECHO PARA LA DECISIÓN
A los fines de decidir la presente causa este Tribunal, observa:
La inhibición es una institución procesal que se relaciona con la idoneidad relativa del Juez para decidir en forma imparcial y transparente determinada controversia. El Código de Procedimiento Civil, Ley Adjetiva, establece las causales de inhibición en el artículo 82, como motivos suficientes y fundados de incompetencia subjetiva o inhabilidad del juez o funcionario judicial para intervenir en determinado juicio, fundadas en una presunción “iuris et de iure” de incompetencia subjetiva o de inhabilidad del funcionario judicial, para intervenir en el proceso.
Así mismo, destaca esta Superioridad lo establecido en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil venezolano, y por tanto, señala que: “…Los funcionarios judiciales, sean ordinarios, accidentales o especiales, incluso en asuntos de jurisdicción voluntaria, pueden ser recusados por alguna de las causas siguientes: …15.- Por haber…manifestado su opinión sobre lo principal del pleito o sobre la incidencia pendiente, antes de la sentencia correspondiente, siempre que…sea el Juez de la causa…” en concordancia con lo dispuesto en el artículo 84 ejusdem, que expresa: “…El funcionario judicial que conozca que en su persona existe alguna causa de recusación, está obligado a declararla, sin aguardar a que se le recuse, a fin de que las partes, dentro de los dos días siguientes, manifiesten su allanamiento o contradicción a que siga actuando el impedido…La declaración de que se trata este artículo, se hará en un acta en la cual se expresan las circunstancias de tiempo, lugar y demás del hecho o los hechos que sean motivo del impedimento; además deberá expresar la parte contra quien obre el impedimento…” y lo contemplado en el artículo 86 ejusdem: “…La parte o su apoderado deberán manifestar su allanamiento…dentro de los dos días siguientes a aquel en que se manifieste el impedimento…”
Por su parte el artículo 88 del precitado texto legal dispone: “El Juez a quien corresponde conocer de la inhibición la declarara con lugar si estuviere hecha en la forma legal y fundada en alguna de las causales establecidas por la ley…”
Establecido lo anterior, pasa este sentenciador a decidir la inhibición planteada con arreglo a lo argüido por la Jueza que plantea la inhibición en la resolución de fecha 26 de Enero del 2.009:
“…En fecha 14 de enero de Dos Mil Diez (2010) se recibió por la Secretaría de este Juzgado el Expediente Nº 2000-386…contentivo del Juicio que por DESALOJO siguen los ciudadanos CRUZ ZENAIDA GONZALEZ, BIRMANIA GONZALEZ DE LEON, YAJAIRA GONZALEZ DE SARMIENTO y OSMANI GONZALEZ GARCIA, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 3.238.479, 4.502.431, 4.898.177 y 4.906.225, respectivamente…contra del ciudadano GAZZMAR FABRIANI BASTARDO, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.898.623…El Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui…en fecha Seis (06) de Octubre de Dos Mil Nueva (2009), conoció y sentenció el presente Juicio declarando la REPOSICIÖN de la presente causa al estado que me pronuncie sobre la admisibilidad o no de dicha demanda…sucede ciudadano Juez de Alzada, que conforme a lo establecido en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil en su ordinal 15, el cual establece: “…Los funcionarios judiciales, sean ordinarios, accidentales o especiales, incluso en asuntos de jurisdicción voluntaria, pueden ser recusados por alguna de las causas siguientes: …15.- Por haber…manifestado su opinión sobre lo principal del pleito o sobre la incidencia pendiente, antes de la sentencia correspondiente, siempre que…sea el Juez de la causa…En consecuencia, de acuerdo con lo consagrado en el Artículo transcrito parcialmente…y aunado que en fecha 10 de Junio de 2009, dicté sentencia definitiva en el juicio que por DESALOJO siguen los ciudadanos CRUZ ZENAIDA GONZALEZ, BIRMANIA GONZALEZ DE LEON, YAJAIRA GONZALEZ DE SARMIENTO y OSMANI GONZALEZ GARCIA, arriba identificados, contra del ciudadano GAZZMAR FABRIANI BASTARDO, también arriba identificado, declarando CON LUGAR LA DEMANDA; es que procedo a INHIBIRME, como en efecto me INHIBO de conocer la presente causa…”
II
Ahora bien, leído y examinado detenidamente el Informe de Inhibición, observa este sentenciador que en el mismo, la Juez que plantea la Inhibición manifiesta que: “…de acuerdo con lo consagrado en el Artículo transcrito parcialmente…y aunado que en fecha 10 de Junio de 2009, dicté sentencia definitiva en el juicio que por DESALOJO siguen los ciudadanos CRUZ ZENAIDA GONZALEZ, BIRMANIA GONZALEZ DE LEON, YAJAIRA GONZALEZ DE SARMIENTO y OSMANI GONZALEZ GARCIA, arriba identificados, contra del ciudadano GAZZMAR FABRIANI BASTARDO, también arriba identificado, declarando CON LUGAR LA DEMANDA; es que procedo a INHIBIRME, como en efecto me INHIBO de conocer la presente causa…”
De lo dicho anteriormente, sin lugar a exégesis ni interpretaciones, del texto del ordinal 15 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, necesariamente se atisba que es ”…Por haber…manifestado su opinión sobre lo principal del pleito o sobre la incidencia pendiente, antes de la sentencia correspondiente, siempre que…sea el Juez de la causa…” a lo que se refiere nuestro legislador como causal de inhibición cual se desprende la obligación del juez inhibido de expresar y demostrar las circunstancias de hecho que sanamente apreciadas permitan evidenciar al sentenciador la procedencia de la inhibición planteada interpuesta, y así se declara.
De la revisión de las actas que componen el presente expediente, observa este Sentenciador que la juez inhibida manifiesta en la resolución que: “…El Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui…en fecha Seis (06) de Octubre de Dos Mil Nueva (2009), conoció y sentenció el presente Juicio declarando la REPOSICIÖN de la presente causa al estado que me pronuncie sobre la admisibilidad o no de dicha demanda…aunado que en fecha 10 de Junio de 2009, dicté sentencia definitiva en el juicio que por DESALOJO siguen los ciudadanos CRUZ ZENAIDA GONZALEZ, BIRMANIA GONZALEZ DE LEON, YAJAIRA GONZALEZ DE SARMIENTO y OSMANI GONZALEZ GARCIA, arriba identificados, contra del ciudadano GAZZMAR FABRIANI BASTARDO, también arriba identificado, declarando CON LUGAR LA DEMANDA; es que procedo a INHIBIRME, como en efecto me INHIBO de conocer la presente causa…”
Evidenciándose claramente que si estamos en presencia del supuesto contenido en la causal alegada por la Juez Inhibida, y así se declara.
En virtud de las consideraciones anteriores, existiendo en autos suficientes elementos que permiten la demostración de los hechos alegados por la juez inhibida, la inhibición propuesta es procedente. Así se declara.
III
DECISIÓN
Por los motivos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: Con Lugar la Inhibición planteada por la abogada SULEIMA PEREZ GARCIA, en su carácter de Jueza Temporal del Juzgado del Municipio Libertad de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, consignó Resolución donde plantea su Inhibición en la demanda de DESALOJO propuesta por los ciudadanos CRUZ ZENAIDA GONZALEZ, BIRMANIA GONZALEZ DE LEON, YAJAIRA GONZALEZ DE SARMIENTO y OSMANI GONZALEZ GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 3.238.479, 4.502.431, 4.898.177 y 4.906.225, respectivamente, en contra del ciudadano GAZZMAR FABRIANI BASTARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.898.623. Así se decide.
Devuélvanse en original las presentes actuaciones al Tribunal de origen.
Publíquese. Regístrese. Déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Barcelona, a los DIEZ (10) días del mes de Febrero del año dos mil diez (2010). Años: 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
El Juez Temporal,
Alfredo José Peña Ramos
El Secretario Acc.,
Julio Cesar Alvarado
En esta misma fecha, siendo las once y cincuenta minutos de la mañana (11:50 a.m.), se dictó y publicó la anterior Sentencia. Conste.
El Secretario Acc.,
Julio Cesar Alvarado
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