REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecisiete de febrero de dos mil diez
199º y 150º
ASUNTO : BP02-F-2010-000016
Vista la anterior Solicitud de Partición y Liquidación de Comunidad Conyugal, presentada por los ciudadanos FRANCISCO RAFAEL GARCIA SALAZAR y PAMELA DEL CARMEN TRIAS BETANCOURT, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-8.323.806 y V-8.251.642, respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio José Francisco Santoyo, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 111.679; désele entrada y anótese en el Libro de entrada y salida de causas llevado por este Tribunal durante el presente año y por cuanto la misma no es contraria al orden público a las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la Ley, se admite cuanto ha lugar en Derecho. En consecuencia, este Tribunal HOMOLOGA dicha Partición y Liquidación de la Comunidad Conyugal, en la misma forma, términos y condiciones establecidos por los cónyuges, de común y mutuo acuerdo, en su Escrito de Solicitud. En virtud de ello, acuerdan en materializar la misma de la siguiente manera: Primero: Se le adjudica en plena propiedad al Ciudadano FRANCISCO RAFAEL GARCIA SALAZAR, plenamente identificado, el apartamento identificado con el Nº 7-A, ubicado en el piso 7, que forma parte de Residencias El remanso, ubicada en la calle Arismendi, Lechería Municipio Licenciado Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui teniendo un área aproximada de Construcción de Ciento Tres Metros Cuadrados (103 Mts2), comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: Fachada norte del edificio; Sur: fachada sur del edificio; Este: terraza y fachada este del edificio; y Oeste: con pasillo de uso común; y consta de las siguientes dependencias: sala comedor, tres (3) habitaciones, dos y medio (2 ½) baños, cocina, lavadero y terraza, el cual se encuentra registrado por ante la oficina de registro Inmobiliario del Municipio Diego Bautista Urbaneja, anotado bajo el Nº 17, folios 114 al 119, protocolo Primero, tomo Octavo del Primer Trimestre del año 2.006, sobre el mismo no pesa gravamen alguno. Segundo: la propiedad del vehiculo con las siguientes características: Clase: Camioneta, Tipo: Sport Wagon; Marca: Toyota; Color: Gris, Modelo: 4 Runer LTD V6; Serial de Motor: 1GR5314894; Serial de Carrocería: JTEBU17R578077607; Año: 2007; Placa: AA272AA; Uso: Particular, cuya propiedad se desprende del Titulo de propiedad Nº 26783051, de fecha 15 de febrero de 2.008
El Juez Temporal,
Dr. Alfredo José Peña
La Secretaria
Abog. Judith Moreno Sabino.
AJPR/mm.-
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