REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ

Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, diecisiete de febrero de dos mil diez
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2010-000058
ASUNTO: BP12-S-2010-000058

Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por la ciudadana BETZAIDA DE LOS ANGELES MEZA DE FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.571.727, asistida por el abogado ALEXANDER GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 91.111, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propiedad, en un terreno Municipal, ubicado en la Vía El Caris Sector Los Rosales, de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, que mide un total de TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO (3.234 Mts2), alinderado de la siguiente manera: NORTE: Casa que es o fue del señor José Canon, midiendo Ciento Cincuenta y Cuatro Metros con Sesenta y Cuatro centímetros (154,64 Mts); SUR: Casa que es o fue del señor José Escala, midiendo Ciento Veinticinco metros con Setenta y Siete centímetros (125,77 Mts); ESTE: Con Carretera Vía El Caris, que es su frente, midiendo Veintidós metros con Trece centímetros (22,13 Mts); y OESTE: Terreno de Alfarería Guanipa, midiendo Veintiún metros con Veintinueve centímetros. Dichas bienhechurías se encuentran conformadas por una vivienda en unifamiliar, tipo casa de uso permanente, distribuida de la siguiente manera: Tres (03) habitaciones, Un (01) baño, Una (01) cocina, Un (01) Recibo-Comedor, Una (1) Sala de Star, Un (1) Garaje, Un (1) Lavadero y Un (1) porche.- El valor invertido es la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000,00); y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos: RAUL ALEJANDRO GAMBOA MARTIN y NICOLAS ORANG FERNANDEZ CONCEPCION, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números V-4.497.723 y V- 8.470.956, respectivamente; este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos de terceros, declara TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana BETZAIDA DE LOS ANGELES MEZA DE FERNANDEZ, plenamente identificada, en las bienchechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.

LA JUEZ


Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ


LA SECRETARIA



Abg. FLOR YESENIA CUESTA