REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, veintidós de febrero de dos mil diez
199º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2010-000033
ASUNTO: BP12-S-2010-000033
SOLICITANTE: JUANA MARINA TRALLERO BOSCH, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.256.907, asistida por la abogada NORIS ACOSTA GALDONA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 80.880.-
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-.
Vista la solicitud presentada en fecha 09-12-2009, por la ciudadana: JUANA MARINA TRALLERO BOSCH, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.256.907, asistida por la abogada NORIS ACOSTA GALDONA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 80.880, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos No Penal El Tigre.-
En fecha 14 de Enero de 2010, se admitió la solicitud, y se acordó librar edicto emplazando a todas las personas que pudieran ver afectados sus derechos con la presente solicitud.-
En fecha 29 de enero de 2010, la ciudadana JUANA MARINA TRALLERO BOSCH, asistida por la abogada NORIS ACOSTA GALDONA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 80.880, consignó el edicto publicado. Y en esa misma fecha, se acordó agregar a los autos el ejemplar del periódico donde apareció la publicación.-
En fecha 29 enero de 2010, la Secretaria de este Tribunal, dejó constancia que en esa misma fecha fijó en la cartelera del Tribunal, el cartel librado.-
En fecha 18 de febrero de 2010, rindieron su declaración los ciudadanos SANCHEZ FIGUEROA MARIA EUGENIA y RONDON MENDOZA JORGE ELIEZER, Venezolanos, mayores de edad y de este domicilio.
Visto el orden cronológico que antecede, esta operadora de justicia, entra a analizar la presente solicitud para decidir:
Dice el solicitante que en fecha 14 de febrero del año 2009, falleció Ab Intestato en la Calle 17 Sur, Sector Pueblo Nuevo Sur, de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, su hijo MIGUEL ANGEL JAIMES TRALLERO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.630.395, lo que dice se evidencia de la copia certificada del acta de Nacimiento que acompaña a la solicitud.-
Que por cuanto su hijo falleció ab-intestato, y a los efectos de cualquier tipo de tramite con referencia al mismo, razón por la cual acuden ante este Despacho, A fin de que se le declare Única y Universal Heredera, del extinto MIGUEL ANGEL JAIMES TRALLERO.
MEDIOS PROBATORIOS
Pruebas Documentales: copia certificada del acta de Nacimiento del extinto MIGUEL ANGEL JAIMES TRALLERO, Copia certificada del Acta de defunción del mencionado ciudadano, a las cuales, al no haber sido impugnadas bajo ninguna forma de derecho, se les da pleno valor probatorio de conformidad a lo pautado en el Artículo 1.357 del Código Civil, en concordancia con los Artículos 429 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Y así se decide.
Ahora bien, el Tribunal, dejando en todo caso a salvo los derechos de terceros, declara a la ciudadana: JUANA MARINA TRALLERO BOSCH, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.256.907, como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, del extinto: MIGUEL ANGEL JAIMES TRALLERO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.630.395, y quien falleció en fecha 14 de febrero del año 2009, en la Calle 17 Sur, Sector Pueblo Nuevo Sur, El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, y así se decide.-
Expídanse por Secretaría copias certificadas de la solicitud.-
LA JUEZ
Abg. ARELIS MORILO SANCHEZ
LA SECRETARIA
Abg. FLOR YESENIA CUESTA