REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticinco (25) de febrero de dos mil diez
199º y 151º

Acta de Audiencia (Desistimiento)

ASUNTO: BP02-L-2009-000519
DEMANDANTE: La ciudadana XIOMARA ELENA SANCHEZ GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 11.423.604.
ABOGADA APODERADA DEL ACTOR: La Procuradora de Trabajadores, la abogada LOLYVETTEL ROJAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 103.703.
DEMANDADA: “DEPILIGHT REGINA CWC VALENCIA, C.A.”
ABOGADOS DE LA DEMANDADA: NO PRESENTÓ.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, veinticinco (25) de febrero de 2009, siendo las diez (10:00 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES; se deja expresa constancia de que las partes no comparecieron a la realización de la Audiencia Preliminar. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151° y 199°.
El Juez,


Abg. Sergio Millán Charles

La Secretaria,

Abg. Elaine Quijada.
En esta misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo las 10:17 a.m. Conste.
La Secretaria,

Abg. Elaine Quijada.