REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS MUNICIPIOS FRANCISCO DE MIRANDA, SIMON RODRIGUEZ Y GUANIPA
En el día de hoy, Miércoles diez (10) de Febrero de dos mil diez (2010), siendo las (09:00 AM), el Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Simón Rodríguez, Guanipa y José Gregorio Monagas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, se trasladó y se constituyó por el tiempo que fuere necesario haciéndose acompañar por dos (02) funcionarios de la Policía del Estado, Zona Nº 05, dos (02) funcionarios de la Guardia Nacional, y dos (02) funcionarios del Consejo de Protección del Niño, Niña y del Adolescente, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, ABG. DORIBERT MATA, titular de la cédula de identidad Nº 14.029.100 y PEDRO RASSE titular de la cedula de identidad Nº: 18.678.350 en un inmueble, tipo casa, ubicado en la Calle Vuelvan Caras, casa sin numero del Barrio José Antonio Páez del Municipio Simón Rodríguez, del Estado Anzoátegui, en compañía de la Abogada en ejercicio YAMILA TABETE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 113.508, a los fines de practicar la presente ENTREGA MATERIAL, decretada por el Juzgado de Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con número de Expediente en su Cuaderno Separado perteneciente al Tribunal de la causa Nº BN11-X-2010-000003, la cual está relacionada con el Juicio por RESOLUCIÓN DE CONTRATO, incoado por el ciudadano: JUAN JOSE ARAY contra la ciudadana: JUANA SANDOVAL. Seguidamente el Tribunal, procede a designar como DEPOSITARIO JUDICIAL al representante de la Depositaría Judicial Anzoátegui, C.A, ciudadano: JEAN CARLOS LANZ JARAMILLO, titular de la cedula de identidad Nº: 12.014.131 y como PERITO AVALUADOR al ciudadano: EDGAR BRITO, titular de la cedula de identidad Nº: 13.258.827, quienes estando presentes en éste acto aceptaron sus respectivos cargos y prestaron el debido juramento de ley. Acto seguido el Tribunal presente en el sitio la ciudadana: JUANA SANDOVAL, titular de la cedula de identidad Nº: 10.618.957, parte demandada en la presente comisión, a quien se le notifico de la misión del Tribunal. Seguidamente intervienen los representantes del Consejo de Protección exponen: “Se oriento a los representantes de los niños presentes en este acto en relación con el articulo 30, 125 y 126 literal “H” de la LOPNNA, cuyos niños se identifican a continuación: MARILIN GABRIELA SANDOVAL de seis (06) años de edad, GENESIS NAKARI SANDOVAL de diecisiete (17) años de edad titular de la cedula de identidad Nº: 25.015.392, MIRYAN ALEJANDRA TOVAR SANDOVAL de quince (15) años de edad, titular de la cedula de identidad Nº: 22.612.197, GABRIEL SANDOVAL de cuatro (04) meses de edad, de los cuales solo se encontraban presentes la niña se seis años, la de quince años de edad y el neonatal de cuatro meses, es todo”. El Tribunal deja expresa constancia que la parte demandada procedió voluntariamente a retirar los bienes que se encuentran en la propiedad objeto de la presente medida, asimismo manifesto voluntariamente no dejar a la orden de la Depositaria Judicial los bienes muebles, en consecuencia los bienes se dejarán en el sitio manifestado por la parte demandada, es todo”. Seguidamente el Tribunal a los fines de darle cumplimiento a la presente ENTREGA MATERIAL, procede en este acto, “A ENTREGARLE A LA CIUDADANA: YAMILA TABETE EN SU CARÁCTER DE APODERADA JUDICIAL DEL CIUDADANO JUAN JOSE ARAY (DEMANDANTE) EL INMUEBLE OBJETO DE LA PRESENTE ENTREGA MATERIAL, LIBRE DE BIENES Y DE PERSONAS”, es todo”. Acto seguido interviene la ciudadana: YAMILA TABETE en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano: JUAN JOSE ARAY, quien estando presente en éste acto lo recibe conforme. El Tribunal habiendo cumplido con lo ordenado por el Tribunal de la causa, acuerda el regreso a su sede principal, siendo las dos y cero minutos de la tarde (02:00 PM), es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ TITULAR, ABG. LUISA VILCHEZ GARCIA, (FDO. ILEGIBLE)
LA ABOGADA EJECUTANTE, ABG. YAMILA TABETE (FDO. ILEGIBLE)
LOS CONSEJEROS DE PROTECCION ABG. DORIBERT MATA Y PEDRO RASSE (FDOS. ILEGIBLES)
EL DEPOSITARIO JUDICIAL Y EL PERITO AVALUADOR. (FDO. ILEGIBLE)
LA SECRETARIA TEMPORAL, ABG. DAYARIT GUERRA ROMERO (FDO. ILEGIBLE)