En horas de despacho del día de hoy Jueves (18) de Febrero de dos mil diez, siendo las ocho y treinta (8:30) de la mañana, se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro María Freites de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui por la Juez, Dra. Ilmiflor Guevara Lista, la Secretaria Abogada Maury Fuentes Fariñas y la Alguacil Tamara Torres, en compañía y por indicación de la parte actora HERNÁN JOSÉ ITRIAGO, debidamente asistido en este acto por el Abogado TONNY PITTER, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 76.842, a los fines de practicar una Medida Preventiva de Secuestro decretada por el Juzgado del Municipio Pedro María Freites de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN sigue HERNÁN JOSÉ ITRIAGO contra WLADIMIR JOSÉ SERRANO OROZCO. Constituido el Tribunal en el sitio indicado por la parte actora un inmueble en la Segunda calle Pueblo Nuevo cruce con la calle Barcelona Municipio Pedro María Freites del Estado Anzoátegui se notificó de su misión a la ciudadana Maribel Martínez, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.364.784. Quien nos dio acceso a el inmueble. Posteriormente se presentó en el sitio donde se encuentra constituido el Tribunal la parte demandada el ciudadano WLADIMIR SERRANO OROZCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.817.092 a quien el tribunal notifico de la Medida Preventiva de Secuestro decretada por el Tribunal de la Causa. Seguidamente interviene la parte actora HERNAN ITRIAGO debidamente asistido por el Abogado Tonny Pitter y expone: Solicito muy respetuosamente a este digno Tribunal Ejecutor de Medidas practique la Medida Preventiva de Secuestro decretada por el Tribunal de la causa sobre un vehiculo marca Toyota, tipo plataforma, modelo brazo hidráulico, año 2000, color blanco, placa 26TDAF, serial de la carrocería: 8XA32BUM1Y5000725, serial del motor 14B1648310. En este estado el Tribunal Ejecutor de Medidas con las facultades expresas en la presente Comisión designa en este acto Depositario Judicial y Perito Avaluador a los ciudadanos MARCOS JOSE MARCANO CASTRO y YISELLIS DEL VALLE SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros.3.407.243 y 8.273.648, respectivamente, quienes estando presente en este acto aceptaron el cargo y prestaron el juramento de ley correspondiente. En este estado este Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro María Freites de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y con la Autoridad que le confiere la ley Ejecuta Medida Preventiva de Secuestro sobre un vehiculo marca Toyota, tipo plataforma, modelo brazo hidráulico, año 2000, color blanco, placa 26TDAF, serial de la carrocería: 8XA32BUM1Y5000725, serial del motor 14B1648310. En este estado interviene la Perito Avaluador designada YISELLIS SALAZAR y expone: al un vehiculo marca Toyota, tipo plataforma, modelo brazo hidráulico, año 2000, color blanco, placa 26TDAF, serial de la carrocería: 8XA32BUM1Y5000725, serial del motor 14B1648310 presenta los siguientes condiciones : Rayones generales, golpe en el parachoques delantero, pintura quemada, abolladuras en la parte frontal, golpes en a puerta del lado derecho, golpe en la cabina, parabrisa roto, puerta izquierda presenta abolladuras generales, no tiene motor, no tiene batería, tapicería rota, tablero en mal estado, se observa en el un reproductor el cual se desconoce su funcionamiento. Es todo. En este estado el Tribunal pone en posesión del bien secuestrado a el Depositario Judicial designado Marcos Marcano plenamente identificado en la presente acta quien lo acepta de conformidad para su guarda y custodia, cumpliendo con los deberes inherentes al cargo. En este estado el Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Freites cumplida su misión declara cerrado el presente acto. Terminó, se leyó y conformes firman.



LA JUEZ EJECUTORA TEMPORAL


LA NOTIFICADA


LA PARTE DEMANDADA


LA PARTE ACTORA



EL ABOGADO ASISTENTE



EL DEPOSITARIO JUDICIAL


EL PERITO AVALUADOR



LA SECRETARIA


LA ALGUACIL